Arancel de aduanas de Japón · código estadístico · HS 1806.10
1806.10.110: Containing not less than 50% by weight of sucrose
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel de aduanas de Japón, en vigor desde el 8 de agosto de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
- 1806 Chocolate and other food preparations containing cocoa
- 1806.10 Cocoa powder, containing added sugar or other sweetening matter
- 1806.10.110 Containing not less than 50% by weight of sucrose
Lo que paga
Importación: Japón
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
1806.10 Cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante
Líneas arancelarias (Japón): 1806.10
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N351636 U.S. CBP
The tariff classification, country of origin and eligibility under the United States-Mexico-Canada Agreement (USMCA) for a Sugar Lactose Cocoa Powder Blend (SLCBP) from Mexico
- N330744 U.S. CBP
The classification, country of origin, marking and eligibility of the United States-Mexico-Canada Trade Agreement (USMCA) for a “Sucrose, Lactose and Cocoa Powder Blend” (“SLCB”) from Mexico
- N322844 U.S. CBP
The Classification, Country of Origin Marking and Eligibility of the United States-Mexico-Canada Trade Agreement (USMCA) for a Sweetened Cocoa Blend from Mexico (“SCB 199 Blend”)
- N309489 U.S. CBP
The tariff classification of a sugar and cocoa blend from Brazil
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) las preparaciones alimenticias que contengan una proporción superior al 20 % en peso de embutidos, carne, despojos, sangre, insectos, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, o de una combinación de estos productos (Capítulo 16);
b) las preparaciones de las partidas 0403, 1901, 1902, 1904, 1905, 2105, 2202, 2208, 3003 o 3004.
2. La partida 1806 comprende los artículos de confitería que contengan cacao y, salvo lo dispuesto en la Nota 1 de este Capítulo, las demás preparaciones alimenticias que contengan cacao.
Notas complementarias
1. Las mercancías de las subpartidas 180620, 180631, 180632 y 180690 que se presenten en forma de surtidos están sujetas a un elemento agrícola (EA), según el contenido medio de materias grasas procedentes de la leche, de proteínas de la leche, de sacarosa, de isoglucosa, de glucosa y de almidón o fécula, de la totalidad del surtido.
2. Las subpartidas 18069011 y 18069019 no incluyen los productos constituidos exclusivamente por una sola clase de chocolate.
En el arancel de aduanas de Japón, 1806.10.110 es una de las 3 líneas de la subpartida 1806.10, cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante.
El tipo aplicado es del 29,8 %, y las cantidades se declaran en KG.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 8 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 8 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 10 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 8 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es del 6 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 156 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 2 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 12 % y el derecho de importación en Nigeria es del 35 %.
Japón importó mercancías de la subpartida 1806.10 por valor de 60 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Corea del Sur.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código estadístico 1806.10.110?
El tipo aplicado en el arancel de aduanas de Japón es del 29,8 %; la unidad suplementaria es KG. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa Japón estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 1806.10, el mayor proveedor en 2024 fue Corea del Sur (39 M US$), por delante de Tailandia.