Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 1901.20
1901.20.99.01: Mezclas para panadería y repostería: A base de harinas, almidones o fécula, de avena, maíz o trigo.
Mezclas para panadería y repostería
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 1901 Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula o extracto de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 40% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones alimenticias de productos de las partidas 04.01 a 04.04 que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 5% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte.
- 1901.20 Mezclas y pastas para la preparación de productos de panadería, pastelería o galletería, de la partida 19.05.
- 1901.20.99 Los demás.
- 1901.20.99.01 A base de harinas, almidones o fécula, de avena, maíz o trigo.
Lo que paga
Importación: México
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
Líneas arancelarias (México): 1901.20
- 1901.20.02.00Con un contenido de grasa butírica superior al 25%, en peso, sin acondicionar para la venta al por menor, excepto a base de harinas, almidones o fécula, de avena, maíz o trigo.
- 1901.20.99.01A base de harinas, almidones o fécula, de avena, maíz o trigo.
- 1901.20.99.99Mezclas y pastas para la preparación de productos: los demás.
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N337593 U.S. CBP
The tariff classification of Protein Mug Cake from Brazil
- N331864 U.S. CBP
The tariff classification of Oatmeal Cinnamon Cookie Mix from Canada
- N315418 U.S. CBP
The tariff classification of Corn Muffin Mix from Turkey
- N304808 U.S. CBP
The tariff classification, country of origin, marking and status under the North American Free Trade Agreement (NAFTA) of Chocolate Cake Mix from Canada, Article 509
- 600015343 HMRC
The product are frozen, uncooked gluten-free cheese dough balls that are made for human consumption. It is made from cassava flour, milk, cheddar cheese, sunflower oil, egg, water and salt. Presented as approximately 20 individual portions (approx. 20g each) in a 400g a food-grade plastic bag. The…
- 600015019 HMRC
Chocolate mousse mix used in industrial bakery to decorate or fill cakes This is a powder which is packed of into 12.5 kg bags. Ingredients: Sugar Fat reduced cocoa powder Dried glucose syrup Stabilisers Potato starch Non hydrogenated coconut oil Cream milk powder Vegetarian whey powder…
- 600014636 HMRC
A chocolate cake powder mix intended for use in in-store bakeries. The mix contains wheat flour, sugar, cocoa powder, and raising agents. The ingredients are poured into the mixing vessel, blended, and packed into a food-grade polyethene bag. To prepare a chocolate cake, simply combine the powder…
- 600011170 HMRC
Product is a dry mix used to make Dosas, a traditional Indian breakfast dish. To use, the mix is mixed with sour curd and water (not included) to form a batter and fried. The dry mix is made from rice flour, black gram flour, refined wheat flour, edible vegetable oil - interesterified (palm oil,…
27 resoluciones en total para este código
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) las preparaciones alimenticias que contengan una proporción superior al 20 % en peso de embutidos, carne, despojos, sangre, insectos, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, o de una combinación de estos productos (Capítulo 16), excepto los productos rellenos de la partida 1902;
b) los productos a base de harina, almidón o fécula (galletas, etc.) especialmente preparados para la alimentación de los animales (partida 2309);
c) los medicamentos y demás productos del Capítulo 30.
2. En la partida 1901, se entiende por:
a) grañones, los grañones de cereales del Capítulo 11;
b) harina y sémola:
3. La partida 1904 no comprende las preparaciones con un contenido de cacao superior al 6 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, ni las recubiertas totalmente de chocolate o demás preparaciones alimenticias que contengan cacao de la partida 1806 (partida 1806).
4. En la partida 1904, la expresión preparados de otro modo significa que los cereales se han sometido a un tratamiento o a una preparación más avanzados que los previstos en las partidas o en las Notas de los Capítulos 10 u 11.
Notas complementarias
1. Las mercancías de las subpartidas 190531, 190532, 190540 y 190590 que se presenten en forma de surtidos están sujetas a un elemento agrícola (EA), según el contenido medio de materias grasas procedentes de la leche, de proteínas de la leche, de sacarosa, de isoglucosa, de glucosa y de almidón o fécula, de la totalidad del surtido.
2. En la subpartida 190531, solo se consideran galletas edulcoradas a los productos de esa clase con un contenido de agua inferior o igual al 12 % en peso, y de materias grasas inferior o igual al 35 % en peso (las materias utilizadas para cubrir o recubrir las galletas no se tienen en cuenta en el cálculo de estos contenidos).
3. La subpartida 19059020 cubre únicamente productos secos y quebradizos.
4. Las preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula o extracto de malta de la partida 1901, así como los productos de las partidas 0401 a 0404 presentadas en dosis, tales como cápsulas, tabletas, pastillas y píldoras, destinadas a utilizarse como complementos alimenticios, se excluyen de su clasificación en la partida 1901. El carácter esencial de un complemento alimenticio no solo viene dado por sus ingredientes, sino también por su forma específica de presentación que revela su función de complemento alimenticio, dado que determina la dosis, el modo en que es absorbido y el lugar en el que se supone que actúa. Estas preparaciones alimenticias deben clasificarse en la partida 2106, en la medida en que no estén expresadas ni comprendidas en otra parte.
La fracción arancelaria 1901.20.99.01 es una línea de la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) dentro de la subpartida SA 1901.20 (mezclas y pastas para la preparación de productos de panadería, pastelería o…).
El impuesto general de importación (IGI) es un derecho específico o compuesto: AMX (10%+0.36 Dls por Kg de azúcar).
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 7,6 %, el derecho general en Estados Unidos va del 8,5 % al 10 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 6 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá va del 3 % al 6 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 12,6 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón va del 12 % al 25 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 20 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.
México importó mercancías de la subpartida 1901.20 por valor de 189 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Estados Unidos, y España ocupó el puesto 3 con 2 M US$.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 1901.20.99.01?
El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es de AMX (10%+0.36 Dls por Kg de azúcar); la unidad suplementaria es Kg. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa México estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 1901.20, el mayor proveedor en 2024 fue Estados Unidos (180 M US$), por delante de Canadá.
¿Qué puesto ocupa España entre los proveedores?
Para la subpartida 1901.20, España ocupó en 2024 el puesto 3 entre los proveedores de México, con 2 M US$.