Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 3004.90
3004.90.38.00: Medicamentos dosificados (los demás): A base de octacosanol.
Medicamentos dosificados (los demás)
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 3004 Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 o 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados (incluidos los administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor.
- 3004.90 Los demás.
- 3004.90.38 A base de octacosanol.
- 3004.90.38.00 A base de octacosanol.
Lo que paga
Importación: México
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
3004.90 Medicamentos: los demás
Líneas arancelarias (México): 3004.90
- 3004.90.01.00Preparaciones a base de cal sodada.
- 3004.90.02.00Medicamentos: los demás, solución isotónica glucosada.
- 3004.90.04.00Medicamentos: los demás, tioleico RV 100.
- 3004.90.05.00Emulsión de aceite de soya al 10% o al 20%, conteniendo 1.2% de lecitina de huevo, con un pH de 5.5 a 9.0, grasa de 9.0% a 11.0% y glicerol de 19.5 mg/ml a 24.5 mg/ml.
- 3004.90.06.00Antineurítico a base de enzima proteolítica inyectable.
- 3004.90.07.00Insaponificable de aceite de germen de maíz.
- 3004.90.08.00Liofilizados a base de 5-etil-5-(1-metilbutil)-2-tiobarbiturato de sodio (Tiopental sódico).
- 3004.90.09.00Solución coloidal de polimerizado de gelatinas desintegradas, conteniendo además cloruros de sodio, de potasio y de calcio.
- 3004.90.11.00Preparación de hidroxialuminato de sodio o de magnesio y sorbitol.
- 3004.90.12.00Medicamentos a base de triyodometano, aminobenzoato de butilo, aceite esencial de menta y eugenol.
- 3004.90.13.00Medicamentos a base de fluoruro de sodio y glicerina.
- 3004.90.14.00Medicamentos en aerosol a base de clorhidrato de tetracaína y amino benzoato de etilo.
- 3004.90.15.00Preparación a base de cloruro de etilo.
- 3004.90.16.00Medicamentos a base de 1-(4-hidroxi-3-hidroximetilfenil)-2-(terbutilamino)etanol, en envase aerosol.
- 3004.90.17.00Mezcla de glucósidos de adonis, convallaria, oleander y scila.
- 3004.90.18.00Medicamentos en tabletas a base de azatioprina o de clorambucil o de melfalan o de busulfan o de 6-mercaptopurina.
- 3004.90.19.00Soluciones inyectables a base de besilato de atracurio o de acyclovir.
- 3004.90.20.00Medicamentos a base de mesilato de imatinib.
- 3004.90.21.00Trinitrato de 1,2,3 propanotriol (nitroglicerina) absorbido en lactosa.
- 3004.90.22.00Medicamentos que contengan azidotimidina (Zidovudina).
- 3004.90.23.00Solución inyectable a base de aprotinina.
- 3004.90.24.00Solución inyectable a base de nimodipina.
- 3004.90.25.00Solución inyectable a base de ciprofloxacina al 0.2%.
- 3004.90.26.00Grageas de liberación prolongada o tabletas de liberación instantánea, ambas a base de nisoldipina.
- 3004.90.27.00A base de saquinavir.
- 3004.90.28.00Tabletas a base de anastrazol.
- 3004.90.29.00Tabletas a base de bicalutamida.
- 3004.90.30.00Tabletas a base de quetiapina.
- 3004.90.31.00Anestésico a base de desflurano.
- 3004.90.32.00Tabletas a base de zafirlukast.
- 3004.90.34.00Tabletas a base de zolmitriptan.
- 3004.90.35.00A base de sulfato de indinavir, o de amprenavir.
- 3004.90.36.00A base de finasteride.
- 3004.90.37.00Tabletas de liberación prolongada, a base de nifedipina.
- 3004.90.38.00A base de octacosanol.
- 3004.90.39.00Medicamentos a base de minerales, en cápsulas de gelatina blanda, aún cuando se presenten en sobres tropicalizados.
- 3004.90.40.00A base de orlistat.
- 3004.90.41.00A base de zalcitabina, en comprimidos.
- 3004.90.43.00Soluciones oftálmicas a base de: norfloxacina; clorhidrato de dorzolamida; o de maleato de timolol con gelán.
- 3004.90.44.00A base de famotidina, en tabletas u obleas liofilizadas.
- 3004.90.45.00A base de montelukast sódico o de benzoato de rizatriptan, en tabletas.
- 3004.90.46.00A base de etofenamato, en solución inyectable.
- 3004.90.47.00Anestésico a base de 2,6-bis-(1-metiletil)-fenol (Propofol), emulsión inyectable estéril.
- 3004.90.48.00Medicamentos a base de cerivastatina, o a base de moxifloxacino.
- 3004.90.49.00Medicamentos a base de: mesilato de nelfinavir; de ganciclovir o de sal sódica de ganciclovir.
- 3004.90.50.00Medicamentos a base de: succinato de metoprolol incluso con hidroclorotiazida; de formoterol; de candesartan cilexetilo incluso con hidroclorotiazida; de omeprazol, sus derivados o sales, o su isómero.
- 3004.90.52.00A base de isotretinoina, cápsulas.
- 3004.90.99.01Preparaciones a base de proteínas hidrolizadas.
- 3004.90.99.02Medicamentos: los demás, medicamentos homeopáticos.
- 3004.90.99.99Medicamentos: los demás.
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N364941 U.S. CBP
The tariff classification of Linezolid Tablets in dosage form, from India
- N364942 U.S. CBP
The tariff classification of Diltiazem Hydrochloride Extended-Release Capsules in dosage form, from India
- N364416 U.S. CBP
The tariff classification of Ranolazine Extended-Release Tablets in dosage form, from India
- N364415 U.S. CBP
The tariff classification of Bupropion Hydrochloride Extended-Release Tablets in dosage form, from India
- 600015874 HMRC
A sterile physiological saline solution Used as an extraocular and intraocular irrigation solution in eye surgery Presented in a plastic bottle with a capacity of 15 ml, and in glass bottles or flexible plastic bags with a capacity of 250 or 500 ml
- 600016281 HMRC
A sterile inhalation saline solution intended to mobilise secretions in the respiratory tract caused by respiratory diseases. The solution contains 3% sodium chloride and is free from preservatives. It is packaged in 20 × 4 ml ampoules for use with a jet, membrane, or ultrasonic nebuliser.
- 600015890 HMRC
Formoline L112 tablets to support weight management and reduction of dietary fat absorption and lowering of LDL cholesterol active component is polyglucosamine, also contain excipients used in tablet manufacture, including binders, fillers and coating materials packed in boxes of 64 tablets, with…
- 600013517 HMRC
radiopharmaceutical containing the radioactive isotope Lutetium-177 single patient dose, administered intravenously, via the vial Physical form: liquid Use: in clinical trials for assessment of its performance as a therapeutic medicine in humans Packaging :a vial held within shielded container to…
562 resoluciones en total para este código
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) los alimentos dietéticos, alimentos enriquecidos, alimentos para diabéticos, complementos alimenticios, bebidas tónicas y el agua mineral (Sección IV), excepto las preparaciones nutritivas para administración por vía intravenosa;
b) los productos, tales como comprimidos, gomas de mascar o parches autoadhesivos (que se administran por vía transdérmica), que contengan nicotina y destinados para ayudar a dejar de fumar (partida 2404);
c) el yeso fraguable especialmente calcinado o finamente molido para uso en odontología (partida 2520);
d) los destilados acuosos aromáticos y las disoluciones acuosas de aceites esenciales, medicinales (partida 3301);
e) las preparaciones de las partidas 3303 a 3307, incluso si tienen propiedades terapéuticas o profilácticas;
f) el jabón y demás productos de la partida 3401, con adición de sustancias medicamentosas;
g) las preparaciones a base de yeso fraguable para uso en odontología (partida 3407);
h) la albúmina de la sangre sin preparar para usos terapéuticos o profilácticos (partida 3502);
ij) los reactivos de diagnóstico de la partida 3822.
2. En la partida 3002 se entiende por productos inmunológicos a los péptidos y proteínas (excepto los productos de la partida 2937) que participan directamente en la regulación de los procesos inmunológicos, tales como los anticuerpos monoclonales (MAB), los fragmentos de anticuerpos, los conjugados de anticuerpos y los conjugados de fragmentos de anticuerpos, las interleucinas, los interferones (IFN), las quimioquinas así como ciertos factores que provocan la necrosis tumoral (TNF), factores de crecimiento (GF), hematopoyetinas y factores estimulantes de colonias (CSF).
3. En las partidas 3003 y 3004 y en la Nota 4 d) de este Capítulo, se consideran:
a) productos sin mezclar:
1) las disoluciones acuosas de productos sin mezclar;
2) todos los productos de los Capítulos 28 o 29;
3) los extractos vegetales simples de la partida 1302, simplemente normalizados o disueltos en cualquier disolvente;
b) productos mezclados:
1) las disoluciones y suspensiones coloidales (excepto el azufre coloidal);
2) los extractos vegetales obtenidos por tratamiento de mezclas de sustancias vegetales;
3) las sales y aguas concentradas obtenidas por evaporación de aguas minerales naturales.
4. En la partida 3006 solo están comprendidos los productos siguientes, que se clasifican en esta partida y no en otra de la nomenclatura:
a) los catguts estériles y las ligaduras estériles similares, para suturas quirúrgicas (incluidos los hilos reabsorbibles estériles para cirugía u odontología) y los adhesivos estériles para tejidos orgánicos utilizados en cirugía para cerrar heridas;
b) las laminarias estériles;
c) los hemostáticos reabsorbibles estériles para cirugía u odontología; las barreras antiadherencias estériles para cirugía u odontología, incluso reabsorbibles;
d) las preparaciones opacificantes para exámenes radiológicos, así como los reactivos de diagnóstico concebidos para usar en el paciente, que sean productos sin mezclar dosificados o bien productos mezclados, constituidos por dos o más ingredientes, para los mismos usos;
e) los placebos y kits para ensayos clínicos ciegos (o doble ciego), destinados a ser utilizados en ensayos clínicos reconocidos, presentados en forma de dosis, incluso que contengan medicamentos activos;
f) los cementos y demás productos de obturación dental; los cementos para la refección de los huesos;
g) los botiquines equidos para primeros auxilios;
h) las preparaciones químicas anticonceptivas a base de hormonas, de otros productos de la partida 2937 o de espermicidas;
ij) las preparaciones en forma de gel concebidas para ser utilizadas en medicina o veterinaria como lubricante para ciertas partes del cuerpo en operaciones quirúrgicas o exámenes médicos o como nexo entre el cuerpo y los instrumentos médicos;
k) los desechos farmacéuticos, es decir, los productos farmacéuticos impropios para su propósito original debido, por ejemplo, a que ha sobrepasado la fecha de su caducidad;
l) los dispositivos identificables para uso en estomas, es decir, las bolsas con forma para colostomía, ileostomía y urostomía, y sus protectores cutáneos adhesivos o placas frontales.
Notas de subpartida
1. En las subpartidas 300213 y 300214, se consideran:
a) productos sin mezclar, los productos puros, aunque contengan impurezas;
b) productos mezclados :
1) las disoluciones acuosas y demás disoluciones de los productos mencionados en el apartado a);
2) los productos mencionados en los apartados a) y b) 1) con la adición de un estabilizante indispensable para su conservación o transporte; y
3) los productos mencionados en los párrafos a), b) 1) y b) 2) con adición de otros aditivos.
2. Las subpartidas 300360 y 300460 comprenden los medicamentos que contengan artemisinina (DCI) para su administración por vía oral combinada con otros ingredientes farmacéuticos activos, o que contengan alguno de los principios activos siguientes, incluso combinados con otros ingredientes farmacéuticos activos: ácido artelínico o sus sales; amodiaquina (DCI); arteméter (DCI); artemotil (DCI); artenimol (DCI); artesunato (DCI); cloroquina (DCI); dihidroartemisinina (DCI); lumefantrina (DCI); mefloquina (DCI); piperaquina (DCI); pirimetamina (DCI) o sulfadoxina (DCI).
Nota complementaria
1. La partida 3004 incluye preparaciones fitofarmacéuticas y preparaciones a base de las siguientes sustancias activas: vitaminas, minerales, aminoácidos esenciales o ácidos grasos, acondicionados para la venta al por menor. Estas preparaciones se clasifican en la partida 3004 si incorporan en la etiqueta, en el envase o en los prospectos destinados al usuario las siguientes observaciones:
a) las enfermedades o afecciones específicas, o sus síntomas, para los que se debe utilizar el producto;
b) la concentración de la sustancia o sustancias activas contenidas en el producto;
c) la dosificación, y
d) el modo de aplicación.
Esta partida incluye preparados medicinales homeopáticos cuando cumplen las condiciones citadas en las letras a), c) y d).
En el caso de las preparaciones a base de vitaminas, minerales, aminoácidos esenciales, ácidos grasos y extractos proteínicos, el nivel de una de estas sustancias por dosis diaria recomendada que se indique en la etiqueta debería ser perceptiblemente más alto que la ingesta diaria recomendada para mantener la salud y el bienestar generales.
En la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), 3004.90.38.00 es una de las 50 líneas de la subpartida 3004.90, medicamentos: los demás.
El impuesto general de importación (IGI) es nulo (exento), y las cantidades se declaran en Kg.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es nulo, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el tipo de la TEC en Brasil va del 0 % al 14 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 0 % al 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 0 % al 20 %, el derecho de aduana en los países del CCG es nulo, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 5 % y el derecho de importación en Nigeria es nulo.
México importó mercancías de la subpartida 3004.90 por valor de 3286,6 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Estados Unidos, y España ocupó el puesto 7 con 166 M US$.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 3004.90.38.00?
El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es nulo (exento); la unidad suplementaria es Kg. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa México estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 3004.90, el mayor proveedor en 2024 fue Estados Unidos (870 M US$), por delante de Alemania.
¿Qué puesto ocupa España entre los proveedores?
Para la subpartida 3004.90, España ocupó en 2024 el puesto 7 entre los proveedores de México, con 166 M US$.