Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 6812.80
6812.80.01.00: Prendas y complementos (accesorios), de vestir, calzado, sombreros y demás tocados.
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 6812 Amianto (asbesto) en fibras trabajado; mezclas a base de amianto o a base de amianto y carbonato de magnesio; manufacturas de estas mezclas o de amianto (por ejemplo: hilados, tejidos, prendas de vestir, sombreros y demás tocados, calzado, juntas), incluso armadas, excepto las de las partidas 68.11 o 68.13.
- 6812.80 De crocidolita.
- 6812.80.01 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, calzado, sombreros y demás tocados.
- 6812.80.01.00 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, calzado, sombreros y demás tocados.
Lo que paga
Importación: México
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
6812.80 Amianto (asbesto) en fibras trabajado; mezclas a base: de crocidolita
Líneas arancelarias (México): 6812.80
- 6812.80.01.00Prendas y complementos (accesorios), de vestir, calzado, sombreros y demás tocados.
- 6812.80.05.00Crocidolita en fibras, trabajada; mezclas a base de crocidolita o a base de crocidolita y carbonato de magnesio.
- 6812.80.06.00Amianto (asbesto) en fibras trabajado; mezclas a base: de crocidolita, hilados.
- 6812.80.08.00Tejidos, incluso de punto.
- 6812.80.99.00Amianto (asbesto) en fibras trabajado; mezclas a base: de crocidolita, las demás.
Notas legales
La fracción arancelaria 6812.80.01.00 es una línea de la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) dentro de la subpartida SA 6812.80 (amianto (asbesto) en fibras trabajado; mezclas a base: de crocidolita).
El impuesto general de importación (IGI) es del 10 %, y las cantidades se declaran en Kg.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE va del 1,7 % al 3,7 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 1,7 % al 3,7 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 8,3 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 0 % al 2 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 12,6 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es del 2,6 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 5 % al 7,5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte va del 8 % al 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
México importó mercancías de la subpartida 6812.80 por valor de 63 mil US$ en 2024.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 6812.80.01.00?
El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es del 10 %; la unidad suplementaria es Kg. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.