Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 7225.40
7225.40.91.05: Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar: acero rápido.
Chapa acero aleado laminada en caliente, plana
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 7225 Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm.
- 7225.40 Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar.
- 7225.40.91 Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar.
- 7225.40.91.05 Acero rápido.
Lo que paga
Importación: México
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
7225.40 Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar
Líneas arancelarias (México): 7225.40
- 7225.40.91.01Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor superior a 10 mm, excepto de grado herramienta.
- 7225.40.91.02Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor superior o igual a 4.75 mm, pero inferior o igual a 10 mm, excepto de grado herramienta.
- 7225.40.91.03Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor superior o igual a 3 mm, pero inferior a 4.75 mm, excepto de grado herramienta.
- 7225.40.91.04Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor inferior a 3 mm, excepto de grado herramienta.
- 7225.40.91.05Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar: acero rápido.
- 7225.40.91.06Acero de alta resistencia.
- 7225.40.91.07Acero de grado herramienta.
- 7225.40.91.08Acero para la fabricación de tubos de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos.
- 7225.40.91.91Los demás de espesor inferior a 4.75 mm.
- 7225.40.91.99Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar: los demás.
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N315546 U.S. CBP
The tariff classification of certain flat-rolled alloy steel from China, Ukraine or Slovenia
- N308286 U.S. CBP
The tariff classification of steel plates from Sweden
- N304251 U.S. CBP
The tariff classification of steel plates from Germany
- N290183 U.S. CBP
The tariff classification of flat-rolled products from Luxembourg
5 resoluciones en total para este código
Notas legales
Nota complementaria
1. Se consideran:
«productos laminados planos llamados «magnéticos»» de las subpartidas 72091610, 72091710, 72091810, 72092610, 72092710, 72092810 y 72112320, los productos que presenten una pérdida en vatios, por kilogramo, evaluada según el método Epstein, bajo una corriente de 50 períodos y una inducción de 1 Tesla:
inferior o igual a 2,1 vatios, cuando su espesor sea inferior o igual a 0,20 m,
inferior o igual a 3,6 vatios, cuando su espesor sea inferior a 0,60 mm pero superior a 0,20 mm,
inferior o igual a 6 vatios, cuando su espesor sea inferior o igual a 1,5 mm pero superior o igual a 0,60 mm,
«hojalata» de las subpartidas 72101220, 72107010, 72121010 y 72124020, los productos laminados planos de espesor inferior a 0,5 mm, recubiertos de una capa metálica con un contenido de estaño igual o superior al 97 % en peso,
«acero para herramientas» de las subpartidas 72241010, 72249002, 72253010, 72254012, 72269120, 72283020, 72284010, 72285020 y 72286020, el acero, excepto el acero inoxidable o el acero rápido, que contenga en peso una de las siguientes composiciones, incluso con otros elementos:
inferior al 0,6 % de carbono
y
superior o igual al 0,7 % de silicio y superior o igual al 0,05 % de vanadio
o
superior o igual al 4 % de volframio (tungsteno),
superior o igual al 0,8 % de carbono
y
superior o igual al 0,05 % de vanadio,
superior o igual al 1,2 % de carbono
y
superior o igual al 11 % de cromo pero inferior o igual al 15 %,
superior o igual al 0,16 % pero inferior o igual al 0,5 % de carbono
y
superior o igual al 3,8 % pero inferior o igual al 4,3 % de níquel
y
superior o igual al 1,1 % pero inferior o igual al 1,5 % de cromo
y
superior o igual al 0,15 % pero inferior o igual al 0,5 % de molibdeno,
superior o igual al 0,3 % pero inferior o igual al 0,5 % de carbono
y
superior o igual al 1,4 % pero inferior o igual al 2,1 % de cromo
y
superior o igual al 0,15 % pero inferior o igual al 0,5 % de molibdeno
e
inferior al 1,2 % de níquel,
superior o igual al 0,3 % de carbono
e
inferior al 5,2 % de cromo
y
superior o igual al 0,65 % de molibdeno o superior al 0,4 % de volframio (tungsteno),
superior o igual al 0,5 % pero inferior o igual al 0,6 % de carbono
y
superior o igual al 1,25 % pero inferior o igual al 1,8 % de níquel
y
superior o igual al 0,5 % pero inferior o igual al 1,2 % de cromo
y
superior o igual al 0,15 % pero inferior o igual al 0,5 % de molibdeno.
En la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), 7225.40.91.05 es una de las 10 líneas de la subpartida 7225.40, los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar.
El impuesto general de importación (IGI) es del 35 %, y las cantidades se declaran en Kg.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es nulo, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 0 % al 15 %, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 50 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el tipo de la TEC en Brasil va del 0 % al 12,6 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 0 % al 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.
México importó mercancías de la subpartida 7225.40 por valor de 163 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Estados Unidos.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 7225.40.91.05?
El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es del 35 %; la unidad suplementaria es Kg. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa México estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 7225.40, el mayor proveedor en 2024 fue Estados Unidos (84 M US$), por delante de Canadá.