Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 8704.21
8704.21.04.00: Camionetas diésel (hasta 5 t): Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.21.01.
Camionetas diésel (hasta 5 t)
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 8704 Vehículos automóviles para transporte de mercancías.
- 8704.21 De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t.
- 8704.21.04 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.21.01.
- 8704.21.04.00 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.21.01.
Lo que paga
Importación: México
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
8704.21 De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t
Líneas arancelarias (México): 8704.21
- 8704.21.01.00Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
- 8704.21.04.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.21.01.
- 8704.21.99.01De peso total con carga máxima inferior o igual a 2,721 kg.
- 8704.21.99.02De peso total con carga máxima superior a 2,721 kg, pero inferior o igual a 4,536 kg.
- 8704.21.99.99De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t.: los demás.
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N362757 U.S. CBP
The tariff classification of an amphibious off-road all-terrain vehicle (ATV) from Ukraine
- N361922 U.S. CBP
The tariff classification of amphibious all-terrain vehicles (ATVs) from Canada
- N330102 U.S. CBP
The tariff classification of a 1996 Toyota HiLux from Japan
- N327973 U.S. CBP
The tariff classification of 1988 Land Rover Santana from Spain
14 resoluciones en total para este código
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende los vehículos diseñados para circular solamente sobre carriles (rieles).
2. En este Capítulo, se entiende por tractores los vehículos con motor esencialmente diseñados para tirar o empujar otros aparatos, vehículos o cargas, incluso si tienen ciertos acondicionamientos accesorios en relación con su utilización principal, que permitan el transporte de herramientas, semillas, abonos, etc.
Las máquinas e instrumentos de trabajo diseñados para equipar los tractores de la partida 8701 como material intercambiable siguen su propio régimen, aunque se presenten con el tractor, incluso si están montados sobre este.
3. Los chasis con cabina incorporada para vehículos automóviles se clasifican en las partidas 8702 a 8704 y no en la partida 8706.
4. La partida 8712 comprende todas las bicicletas para niños. Los demás velocípedos para niños se clasifican en la partida 9503.
La fracción arancelaria 8704.21.04.00 es una línea de la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) dentro de la subpartida SA 8704.21 (de peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t).
El impuesto general de importación (IGI) es del 50 %, y las cantidades se declaran en Pza.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE va del 3,5 % al 22 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 3,5 % al 22 %, el derecho general en Estados Unidos es del 25 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 2 % al 10 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá va del 0 % al 6,1 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 35 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 35 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 17,5 % al 25 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte va del 0 % al 15 % y el derecho de importación en Nigeria va del 5 % al 10 %.
México importó mercancías de la subpartida 8704.21 por valor de 780 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Alemania.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 8704.21.04.00?
El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es del 50 %; la unidad suplementaria es Pza. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa México estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 8704.21, el mayor proveedor en 2024 fue Alemania (205 M US$), por delante de Tailandia.