Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 9006.59

9006.59.02.00

9006.59.02.00: Con visor de reflexión a través del objetivo, para películas en rollo de anchura inferior o igual a 35 mm.

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 9006 Cámaras fotográficas; aparatos y dispositivos, incluidos las lámparas y tubos, para la producción de destellos en fotografía, excepto las lámparas y tubos de descarga de la partida 85.39.
  2. 9006.59 Las demás.
  3. 9006.59.02 Con visor de reflexión a través del objetivo, para películas en rollo de anchura inferior o igual a 35 mm.
  4. 9006.59.02.00 Con visor de reflexión a través del objetivo, para películas en rollo de anchura inferior o igual a 35 mm.

Lo que paga

Importación: México

Derecho de aduana 10 % derecho de terceros países depende del país de origen

Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.

La misma subpartida en otros aranceles

9006.59 Las demás cámaras fotográficas: las demás

Líneas arancelarias (México): 9006.59

Notas legales

Notas de capítulo: Capítulo 90 →

Historial del código

Desde 2022; antes, estas mercancías se clasificaban en 9006.51, 9006.52.

En la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), 9006.59.02.00 es una de las 4 líneas de la subpartida 9006.59, las demás cámaras fotográficas: las demás.

El impuesto general de importación (IGI) es del 10 %, y las cantidades se declaran en Pza.

Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 4,2 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 4,2 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 6,8 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá va del 0 % al 5 %, el tipo de la TEC en Brasil va del 7,2 % al 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 0 % al 18 %, el derecho ad valorem en Perú va del 0 % al 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 3,3 % al 5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 5 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.

México importó mercancías de la subpartida 9006.59 por valor de 337 mil US$ en 2024.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 9006.59.02.00?

El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es del 10 %; la unidad suplementaria es Pza. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.

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