Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) · fracción arancelaria · HS 9504.90
9504.90.02.00: Juegos de mesa y otros juegos: Bolas, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9504.90.01.
Juegos de mesa y otros juegos
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), en vigor desde el 14 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 9504 Videoconsolas y máquinas de videojuego, juegos de sociedad, incluidos los juegos con motor o mecanismo, billares, mesas especiales para juegos de casino y juegos de bolos automáticos (“bowlings”), juegos activados con monedas, billetes de banco, tarjetas bancarias, fichas o por cualquier otro medio de pago.
- 9504.90 Los demás.
- 9504.90.02 Bolas, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9504.90.01.
- 9504.90.02.00 Bolas, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9504.90.01.
Lo que paga
Importación: México
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
9504.90 Videoconsolas y máquinas de videojuego, juegos de sociedad: los demás
Líneas arancelarias (México): 9504.90
- 9504.90.01.00Videoconsolas y máquinas de videojuego, juegos de sociedad: los demás, pelotas de celuloide.
- 9504.90.02.00Bolas, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9504.90.01.
- 9504.90.03.00Bolos o pinos de madera; aparatos automáticos para acomodar los bolos o pinos y regresar las bolas a su lugar de lanzamiento ("bowlings"), sus partes o piezas sueltas.
- 9504.90.04.00Videoconsolas y máquinas de videojuego, juegos de sociedad: los demás, autopistas eléctricas.
- 9504.90.05.00Partes sueltas y accesorios reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 9504.90.04.
- 9504.90.99.00Videoconsolas y máquinas de videojuego, juegos de sociedad: los demás.
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N364961 U.S. CBP
The tariff classification of card, dice and board games from China
- N364829 U.S. CBP
The tariff classification of the “Erase n’ Play Tic-Tac-Toe” game from China
- N364760 U.S. CBP
The tariff classification of a playing/trading card and dice holder from Canada
- N363362 U.S. CBP
The tariff classification of “Treasure Guess” and “Full Throttle Axolotl” children’s games from China
- 600016117 HMRC
electronic dart game system comprises an electronic dartboard fitted with integrated electronic sensors, a commercial-grade touchscreen control console containing the game software, and related mounting and connectivity components includes a short-throw digital projector that projects interactive…
- 600016612 HMRC
This is a selection of fantasy role-play miniature figures, representing characters from a game style set. Each figure is highly detailed and individually designed; they are mounted on a stand, and designed to be painted and personalised by the user. Each figure is depicted to be holding a weapon…
- 600015569 HMRC
An interactive darts system kit. The electronic dart game system is designed for fixed installation in commercial, hospitality and entertainment venues and is not intended for domestic recreational use. The interactive system includes an electronic dartboard fitted with integrated electronic…
- 600014032 HMRC
A travel sized ludo board game for 2 - 4 players. The item consists of a plastic, magnetic playing board measuring 13cm x 13cm x 1cm which folds in half. Also included are 4 plastic game pieces in each of the following colours – red, blue, green and yellow, each contains a magnet enabling it to…
114 resoluciones en total para este código
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) las velas (partida 3406);
b) los artículos de pirotecnia para diversión de la partida 3604;
c) los hilados, monofilamentos, cordones, cuerdas de tripa y similares para la pesca, incluso cortados en longitudes determinadas pero sin montar en sedal (tanza) con anzuelo, del Capítulo 39, partida 4206 o Sección XI;
d) las bolsas para artículos de deporte y demás continentes, de las partidas 4202, 4303 o 4304;
e) los disfraces de materia textil, de los Capítulos 61 ó 62; las prendas de vestir de deporte y prendas especiales de materia textil de los Capítulos 61 ó 62, incluso las que incorporen accesoriamente elementos de protección, tales como placas protectoras o acolchado en las partes correspondientes a los codos, las rodillas o la ingle (por ejemplo: prendas para esgrima o suéteres (jerseys) para porteros (arqueros) de fútbol);
f) las banderas y cuerdas de gallardetes, de materia textil, así como las velas para embarcaciones, deslizadores o vehículos terrestres del Capítulo 63;
g) el calzado (excepto el fijado a patines para hielo o patines de ruedas) del Capítulo 64 y los tocados especiales para la práctica de deportes, del Capítulo 65;
h) los bastones, fustas, látigos y artículos similares (partida 6602), así como sus partes (partida 6603);
ij) los ojos de vidrio sin montar para muñecas, muñecos u otros juguetes de la partida 7018;
k) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39);
l) las campanas, campanillas, gongos y artículos similares, de la partida 8306;
m) las bombas para líquidos (partida 8413), aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases (partida 8421), motores eléctricos (partida 8501), transformadores eléctricos (partida 8504), discos, cintas, dispositivos de almacenamiento permanente de datos a base de semiconductores, tarjetas inteligentes («smart cards») y demás soportes para grabar sonido o grabaciones análogas, grabados o no (partida 8523), aparatos de radiotelemando (partida 8526) y dispositivos inalámbricos a rayos infrarrojos para mando a distancia (partida 8543);
n) los vehículos de deporte de la Sección XVII, excepto los toboganes, «bobsleighs» y similares;
o) las bicicletas para niños (partida 8712);
p) las aeronaves no tripuladas (partida 8806);
q) las embarcaciones de deporte, tales como canoas y esquifes (Capítulo 89), y sus medios de propulsión (Capítulo 44, si son de madera);
r) las gafas (anteojos) protectoras para la práctica de deportes o juegos al aire libre (partida 9004);
s) los reclamos y silbatos (partida 9208);
t) las armas y demás artículos del Capítulo 93;
u) las guirnaldas eléctricas de cualquier clase (partida 9405);
v) los monopies, bípodes, trípodes y artículos similares (partida 9620);
w) las cuerdas para raqueta, tiendas (carpas) de campaña, artículos de acampar y guantes, mitones y manoplas de cualquier materia (régimen de la materia constitutiva);
x) los artículos de mesa, utensilios de cocina, artículos de tocador y baño, alfombras y demás revestimientos para el suelo de materia textil, ropaje, ropa de cama y mesa, tocador y baño, cocina y artículos similares que tengan una función utilitaria (se clasifican según el régimen de la materia constitutiva).
2. Los artículos de este Capítulo pueden llevar simples guarniciones o accesorios de mínima importancia de metal precioso, chapado de metal precioso (plaqué), perlas finas (naturales) o cultivadas o piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas).
3. Salvo lo dispuesto en la Nota 1 anterior, las partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a los artículos de este Capítulo se clasifican con ellos.
4. Salvo lo dispuesto en la Nota 1 anterior, la partida 9503 se aplica, entre otros, a los artículos de esta partida combinados con uno o más productos que no puedan ser considerados como juegos o surtidos conforme a la regla general interpretativa 3 b) y que, por tanto, si se presentasen separadamente, serían clasificados en otras partidas, siempre que estos artículos se presenten juntos, acondicionados para la venta al por menor, y que esta combinación reúna las características esenciales de los juguetes.
5. La partida 9503 no comprende los artículos que por su concepción, forma o materia constitutiva sean reconocibles como destinados exclusivamente para animales, por ejemplo: los juguetes para animales de compañía (clasificación según su propio régimen).
6. En la partida 9508:
a) la expresión atracciones para parques de diversiones designa a un aparato o combinación de aparatos que pueden transportar, encaminar o guiar a una o más personas en rutas acordadas o restringidas, incluidas las rutas acuáticas, o dentro de un área definida principalmente para fines de entretenimiento o diversión. Estas atracciones pueden ser parte de un parque de diversiones, un parque temático, un parque acuático o una feria. Estas atracciones para parques de diversiones no comprenden los equipos de los tipos que generalmente se instalan en residencias o en patios de recreo;
b) la expresión atracciones de parques acuáticos designa a un aparato o combinación de aparatos colocados en un área definida que involucra agua, sin una ruta establecida. Las atracciones de parques acuáticos comprenden solo los equipos diseñados específicamente para su utilización en parques acuáticos;
c) la expresión atracciones de feria designa a los juegos de azar, fuerza o destreza que generalmente requieren la presencia de un operador o supervisor y pueden instalarse en edificios permanentes o en puestos independientes en concesión. Las atracciones de feria no comprenden los equipos de la partida 9504.
Esta partida no comprende los equipos clasificados más específicamente en otra parte de la Nomenclatura.
Nota de subpartida
1. La subpartida 950450 comprende:
a) las videoconsolas que permiten la reproducción de imágenes en la pantalla de un aparato receptor de televisión, un monitor u otra pantalla o superficie exterior, o
b) las máquinas de videojuego con pantalla incorporada, incluso portátiles.
Esta subpartida no comprende las videoconsolas o máquinas de videojuego activadas con monedas, billetes de banco, tarjetas bancarias, fichas o por cualquier otro medio de pago (subpartida 950430).
En la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), 9504.90.02.00 es una de las 6 líneas de la subpartida 9504.90, videoconsolas y máquinas de videojuego, juegos de sociedad: los demás.
El impuesto general de importación (IGI) es nulo (exento), y las cantidades se declaran en Pza.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es nulo, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el tipo de la TEC en Brasil va del 0 % al 18 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 0 % al 20 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
México importó mercancías de la subpartida 9504.90 por valor de 68 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue China, y España ocupó el puesto 4 con 1 M US$.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene la fracción arancelaria 9504.90.02.00?
El impuesto general de importación (IGI) en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) es nulo (exento); la unidad suplementaria es Pza. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa México estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 9504.90, el mayor proveedor en 2024 fue China (31 M US$), por delante de Estados Unidos.
¿Qué puesto ocupa España entre los proveedores?
Para la subpartida 9504.90, España ocupó en 2024 el puesto 4 entre los proveedores de México, con 1 M US$.