Arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) · código AEC · HS 8704.31
8704.31.19.90: Camionetas de gasolina (hasta 5 t): Other
Camionetas de gasolina (hasta 5 t)
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria), en vigor desde el 7 de septiembre de 2023 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: Nigeria
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
8704.31 De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t
Líneas arancelarias (Nigeria): 8704.31
- 8704.31.11.10Dumpers for transport of goods, with petrol fuel engine,g.v.w.=<5tonne, CKD
- 8704.31.11.90Other
- 8704.31.19.10Vehicles for goods transport, petrol fuel eng.,g.v.w.=<5tonne, excl. dumpers, CKD
- 8704.31.19.90Other
- 8704.31.20.00Used Vehicles for goods transport, petrol fuel eng.,g.v.w.=<5tonne, excl. dumpers
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N364403 U.S. CBP
The tariff classification of a 1999 Honda Acty Van SDX 4WD, model V-HH4 from Japan
- N362226 U.S. CBP
The tariff classification of Utility Terrain Vehicles (UTVs) from Mexico
- N359221 U.S. CBP
The tariff classification of Honda Acty truck from Japan
- H304427 U.S. CBP
Revocation of HQ 965246 and HQ 964598; Tariff classification of certain vehicles for the transportation of goods
26 resoluciones en total para este código
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende los vehículos diseñados para circular solamente sobre carriles (rieles).
2. En este Capítulo, se entiende por tractores los vehículos con motor esencialmente diseñados para tirar o empujar otros aparatos, vehículos o cargas, incluso si tienen ciertos acondicionamientos accesorios en relación con su utilización principal, que permitan el transporte de herramientas, semillas, abonos, etc.
Las máquinas e instrumentos de trabajo diseñados para equipar los tractores de la partida 8701 como material intercambiable siguen su propio régimen, aunque se presenten con el tractor, incluso si están montados sobre este.
3. Los chasis con cabina incorporada para vehículos automóviles se clasifican en las partidas 8702 a 8704 y no en la partida 8706.
4. La partida 8712 comprende todas las bicicletas para niños. Los demás velocípedos para niños se clasifican en la partida 9503.
El código AEC 8704.31.19.90 es una línea del arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) dentro de la subpartida SA 8704.31 (de peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t).
El derecho de importación es del 10 %, y las cantidades se declaran en U.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE va del 3,5 % al 22 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 3,5 % al 22 %, el derecho general en Estados Unidos es del 25 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 2 % al 10 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es del 6,1 %, el impuesto general de importación (IGI) en México va del 5 % al 50 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 35 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 35 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 17,5 % al 25 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo y el derecho NMF en Macedonia del Norte va del 3 % al 15 %.
Nigeria importó mercancías de la subpartida 8704.31 por valor de 111 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Sudáfrica.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código AEC 8704.31.19.90?
El derecho de importación en el arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) es del 10 %; la unidad suplementaria es U. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.
¿De dónde importa Nigeria estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 8704.31, el mayor proveedor en 2024 fue Sudáfrica (39 M US$), por delante de Japón.