Arancel de aduanas de Nueva Zelanda · código arancelario · HS 6406.20
6406.20.00.09: PLASTIC OUTER SOLES
Suelas y tacones de caucho o plástico
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel de aduanas de Nueva Zelanda, en vigor desde el 24 de octubre de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
Lo que paga
Importación: Nueva Zelanda
Solo el arancel: el IVA de importación, otros impuestos y los derechos de defensa comercial de este país no se incluyen aquí, y la calculadora solo funciona con los aranceles de la UE, Turquía, Estados Unidos y el Reino Unido.
La misma subpartida en otros aranceles
6406.20 Suelas y tacones (tacos), de caucho o plástico
Líneas arancelarias (Nueva Zelanda): 6406.20
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- N359644 U.S. CBP
The classification, country of origin, and marking of four DIY Crochet Shoe Kits
- N358854 U.S. CBP
The classification, country of origin, marking, and trade program eligibility of a DIY Crochet Shoe Kit
- N355798 U.S. CBP
The classification, country of origin, marking and trade program eligibility of a DIY Knit Shoe Kit
- N305247 U.S. CBP
The tariff classification of footwear parts from Vietnam
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) los artículos desechables para cubrir los pies o el calzado, de materiales livianos o poco resistentes (por ejemplo: papel, hojas de plástico) y sin suela aplicada (régimen de la materia constitutiva);
b) el calzado de materia textil, sin suela exterior encolada, cosida o fijada o aplicada de otro modo a la parte superior (Sección XI);
c) el calzado usado de la partida 6309;
d) los artículos de amianto (asbesto) (partida 6812);
e) el calzado y aparatos de ortopedia, y sus partes (partida 9021);
f) el calzado que tenga el carácter de juguete y el calzado con patines fijos (para hielo o de ruedas); espinilleras (canilleras) y demás artículos de protección utilizados en la práctica del deporte (Capítulo 95).
2. En la partida 6406, no se consideran partes las clavijas (estaquillas), protectores, anillos para ojetes, ganchos, hebillas, galones, borlas, cordones y demás artículos de ornamentación o de pasamanería, que siguen su propio régimen, ni los botones para el calzado (partida 9606).
3. En este Capítulo:
a) los términos caucho y plástico comprenden los tejidos y demás soportes textiles con una capa exterior de caucho o plástico perceptible a simple vista; a los efectos de esta disposición, se hará abstracción de los cambios de color producidos por las operaciones de obtención de esta capa exterior;
b) la expresión cuero natural se refiere a los productos de las partidas 4107 y 4112 a 4114.
4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota 3 de este Capítulo:
a) la materia de la parte superior será la que constituya la superficie mayor de recubrimiento exterior, sin considerar los accesorios o refuerzos, tales como ribetes, protectores de tobillos, adornos, hebillas, orejas, anillos para ojetes o dispositivos análogos;
b) la materia constitutiva de la suela será aquella cuya superficie en contacto con el suelo sea la mayor, sin considerar los accesorios o refuerzos, tales como puntas, tiras, clavos, protectores o dispositivos análogos.
El código arancelario 6406.20.00.09 es una línea del arancel de aduanas de Nueva Zelanda dentro de la subpartida SA 6406.20 (suelas y tacones (tacos), de caucho o plástico).
El tipo normal (Normal Tariff) es del 5 %, y las cantidades se declaran en NPR.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 3 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 3 %, el derecho general en Estados Unidos es del 2,7 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México va del 0 % al 5 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es del 11 %, el tipo aplicado en Japón es del 3,4 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 2 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 3 % y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.
Nueva Zelanda importó mercancías de la subpartida 6406.20 por valor de 99 mil US$ en 2024.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código arancelario 6406.20.00.09?
El tipo normal (Normal Tariff) en el arancel de aduanas de Nueva Zelanda es del 5 %; la unidad suplementaria es NPR. Esta página muestra el tipo tal como lo publica la fuente nacional y, cuando la fuente los publica, los tipos preferenciales: elija el país de origen para verlos. Los derechos de defensa comercial y el IVA no están incluidos.