Arancel aduanero del Reino Unido · código de mercancía · HS 1702.20
1702 20 10 10: Maple sugar in solid form, containing added flavouring: for animal feeding
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Arancel aduanero del Reino Unido · comprobados el 24 de octubre de 2026
Esta línea no tiene texto oficial en español; se muestra en el idioma de su arancel.
- 1702 Other sugars, including chemically pure lactose, maltose, glucose and fructose, in solid form; sugar syrups not containing added flavouring or colouring matter; artificial honey, whether or not mixed with natural honey; caramel
- 1702 20 00 00 Maple sugar and maple syrup
- 1702 20 10 00 Maple sugar in solid form, containing added flavouring or colouring matter
- 1702 20 10 10 For animal feeding
Lo que paga
Importación: Reino Unido
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 1
- Derecho adicionalDerechos adicionales 35 %
- Se aplica a mercancías originarias de
- Bielorrusia, Rusia
- Acto jurídico
- 2022 No. 598
- Documentos
- 9014
Requisitos de importación 2
- Control de importaciónRestricción del despacho a libre práctica
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- S.I. 2022/395
- Documentos
- 9009
- 9010
- 9017
- Control de importaciónControl de las importaciones de productos ecológicos
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Austria, Bélgica, Bulgaria, Suiza, Chipre, Chequia, Alemania, Dinamarca, Estonia, España, Finlandia, Francia, Reino Unido, Grecia, Croacia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Lituania, Luxemburgo, Letonia, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumanía, Suecia, Eslovenia, Eslovaquia
- Acto jurídico
- S.I. 2019/693
Tipos preferenciales por país
| Acuerdo o régimen | Países | Tipo |
|---|---|---|
| derecho de terceros países (sin acuerdo) | — | 0,3 GBP / 100 kg/net/%sacchar. |
| DCTS Comprehensive | Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 38 másAfganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Kiribati, Laos, Liberia, Malaui, Mali, Mauritania, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia | Exento |
| Unión Europea (incluído código "EU") | Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria y 23 másAlemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Suecia | Exento |
| CARIFORUM | Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 másAntigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago | Exento |
| PTU (Países y territorios de ultramar) | Anguila, Bermudas, Islas Caimán, Islas Georgia del Sur y Sandwich del Sur y 7 másAnguila, Bermudas, Islas Caimán, Islas Georgia del Sur y Sandwich del Sur, Islas Malvinas, Islas Pitcairn, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Montserrat, Santa Elena, Territorio Británico del Océano Índico | Exento |
| SADC EPA | Botsuana, Esuatini, Lesoto, Mozambique, Namibia | Exento |
| Estados de África Oriental y Meridional | Madagascar, Mauricio, Seychelles, Zimbabue | Exento |
| acuerdo Reino Unido–AlbaniaContingente | Albania | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Canadá | Canadá | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Côte d’Ivoire | Côte d’Ivoire | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Camerún | Camerún | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Ceuta y Melilla | Ceuta y Melilla | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Fiyi | Fiyi | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Georgia | Georgia | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Ghana | Ghana | Exento |
| acuerdo Reino Unido–India | India | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Islandia | Islandia | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Jordania | Jordania | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Japón | Japón | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Kenia | Kenia | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Corea del Sur | Corea del Sur | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Líbano | Líbano | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Moldavia | Moldavia | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Macedonia del NorteContingente | Macedonia del Norte | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Noruega | Noruega | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Nueva Zelanda | Nueva Zelanda | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Papúa Nueva Guinea | Papúa Nueva Guinea | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Territorios Palestinos | Territorios Palestinos | Exento |
| acuerdo Reino Unido–SerbiaContingente | Serbia | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Islas Salomón | Islas Salomón | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Singapur | Singapur | Exento |
| acuerdo Reino Unido–San Marino | San Marino | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Ucrania | Ucrania | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Vietnam | Vietnam | Exento |
| acuerdo Reino Unido–Samoa | Samoa | Exento |
| CPTPP | Brunéi, Chile, Malasia, México, Perú | 0,18 GBP / 100 kg / % sacchar. |
| acuerdo Reino Unido–Australia | Australia | 0,15 GBP / 100 kg / % sacchar. |
Notas a pie de página
TN701 According to the Council Regulation (EU) No 692/2014 (OJ L183, p. 9), as retained in UK La…
The prohibition shall not apply in respect of:
(a) the execution until 26 September 2014, of trade contracts concluded before 25 June 2014, or of ancillary contracts necessary for the execution of such contracts, provided that the natural or legal persons, entity or body seeking to perform the contract have notified, at least 10 working days in advance, the activity or transaction to the competent authority of the Member State in which they are established.
(b) goods originating in Crimea or Sevastopol which have been made available to the Ukrainian authorities for examination, for which compliance with the conditions conferring entitlement to preferential origin has been verified and for which a certificate of origin has been issued in accordance with Regulation (EU) No 978/2012 and Regulation (EU) No 374/2014, as retained in UK Law, or in accordance with the EU-Ukraine Association Agreement
Reino Unido: importaciones mensuales · HS 1702.20
Principales proveedores, últimos 12 meses
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 29,5 M GBP | 87,3 % | +12,8 % | |
| 3,6 M GBP | 10,6 % | +7,2 % | |
| 198 mil GBP | 0,6 % | -9,5 % | |
| 183 mil GBP | 0,5 % | -58,1 % | |
| 97 mil GBP | 0,3 % | -12,5 % | |
| 79 mil GBP | 0,2 % | +7227,1 % | |
| 55 mil GBP | 0,2 % | -26,7 % | |
| 49 mil GBP | 0,1 % | +28,9 % |
La misma subpartida en otros aranceles
1702.20 Azúcar y jarabe de arce (maple)
Líneas arancelarias (Reino Unido): 1702.20
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
Notas legales
Notas complementarias
1. Para la aplicación de las subpartidas 17011210, 17011290, 17011310, 17011390, 17011410 y 17011490, se consideran «azúcares en bruto» los azúcares no aromatizados y sin adición de colorantes ni de otras sustancias con un contenido de sacarosa, en estado seco, inferior al 99,5 % en peso determinado por el método polarimétrico.
2. El derecho aplicable al azúcar en bruto de las subpartidas 17011210, 17011310 y 17011410 cuyo rendimiento determinado de conformidad con el anexo III, (B), punto III, del Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671) no sea del 92 % se calculará de la manera siguiente:
el tipo del derecho indicado se multiplicará por un coeficiente corrector obtenido dividiendo por 92 el porcentaje del rendimiento determinado de conformidad con la disposición anteriormente citada.
3. Para la aplicación de la subpartida 17019910, se considerarán «azúcares blancos» los azúcares sin aromatizar y sin adición de colorantes ni otras sustancias que contengan sacarosa en estado seco en una cantidad superior o igual al 99,5 % en peso, determinado según el método polarimétrico.
4. Para los productos de las subpartidas 17022010, 17026095 y 17029071, el contenido de azúcar (sacarosa, fructosa, glucosa y maltosa, cuando la fructosa y la glucosa se convierten en equivalentes de sacarosa) se determinará aplicando el método de cromatografía de alta resolución en fase líquida («método HPLC») mediante la aplicación de la fórmula siguiente:
S + 0,95 x (F + G) + M
siendo:
«S» el contenido de sacarosa determinado por el método HPLC;
«F» el contenido de fructosa determinado por el método HPLC;
«G» el contenido de glucosa determinado por el método HPLC;
«M» el contenido de maltosa determinado por el método HPLC.
Para los productos de las subpartidas 17026080, 17029080 y 17029095, el contenido de sacarosa, incluido el contenido de otros azúcares convertidos en sacarosa, se determinará por el método refractométrico [expresado en grados Brix, de conformidad con lo dispuesto en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 974/2014 de la Comisión]. Para los productos de las subpartidas 17026080 y 17029080, la conversión de los resultados en equivalente de sacarosa se obtendrá aplicando el coeficiente 0,95 a los grados Brix.
5. Se considera «isoglucosa», a los efectos de las subpartidas 17023010, 17024010, 17026010 y 17029030, el producto obtenido a partir de la glucosa o de sus polímeros y con un contenido de fructosa, en estado seco, superior o igual al 10 % en peso.
Para los productos de esas subpartidas, el contenido de sacarosa, incluido el contenido de otros azúcares convertidos en sacarosa, se determinará por el método refractométrico [expresado en grados Brix, de conformidad con lo dispuesto en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 974/2014 de la Comisión].
6. Se considera «jarabe de inulina»:
a) a los efectos de la subpartida 17026080, el producto, obtenido inmediatamente después de la hidrólisis de inulina o de oligofructuosas, que contenga en peso de materia seca más del 50 % de fructosa en forma libre o en forma de sacarosa;
b) a los efectos de la subpartida 17029080, el producto, obtenido inmediatamente después de la hidrólisis de inulina o de oligofructuosas, que contenga en peso de materia seca al menos un 10 % sin exceder 50 % de fructosa en forma libre o en forma de sacarosa.
La cantidad de «fructosa en forma libre o en forma de sacarosa» se determinará mediante la fórmula siguiente: F + 0,5 S/0,95 calculada sobre materia seca, en la que «F» es el contenido de fructosa y «S» el contenido de sacarosa, determinados mediante el método de cromatografía líquida de alta resolución.
7. Las mercancías de la subpartida 170490 que se presenten en forma de surtidos están sujetas a un elemento agrícola (EA), según el contenido medio de materias grasas procedentes de la leche, de proteínas de la leche, de sacarosa, de isoglucosa, de glucosa y de almidón o fécula, de la totalidad del surtido.
8. En la nomenclatura, las mezclas de azúcar con pequeñas cantidades de otras sustancias se clasifican en el Capítulo 17, salvo que tengan el carácter de una preparación clasificada en otra parte.
El código de mercancía 1702 20 10 10 es una línea del arancel aduanero del Reino Unido dentro de la subpartida SA 1702.20 (azúcar y jarabe de arce (maple)).
El derecho de terceros países es un derecho específico o compuesto: 0.30 GBP / 100 kg/net/%sacchar..
131 países no pagan ningún derecho en el Reino Unido gracias a acuerdos comerciales y regímenes preferenciales como DCTS Comprehensive y Unión Europea, frente a un derecho de terceros países del 0,3 GBP / 100 kg/net/%sacchar..
En el Reino Unido, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 35 %.
En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 1702.20 en el Reino Unido sumaron 33,8 M GBP (+11 % respecto a los 12 meses anteriores); Canadá aportó el 87 %, por delante de Dinamarca.
Para la misma subpartida, el derecho de terceros países en la UE es del 8 %, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 135 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 6 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 14,4 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 16 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 20 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 2 % y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.
El Reino Unido importó mercancías de la subpartida 1702.20 por valor de 35 M US$ en 2024; el mayor proveedor fue Canadá.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código de mercancía 1702 20 10 10?
El derecho de terceros países en el arancel aduanero del Reino Unido es de 0.30 GBP / 100 kg/net/%sacchar.. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué países tienen un tipo reducido para el código de mercancía 1702 20 10 10?
137 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 131 de ellos del 0 %, en el marco de DCTS Comprehensive, de Unión Europea y de CARIFORUM, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
¿Se aplican derechos antidumping u otros derechos adicionales al código de mercancía 1702 20 10 10?
Derecho adicional del 35 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.
¿De dónde importa el Reino Unido estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 1702.20, el mayor proveedor en 2024 fue Canadá (29 M US$), por delante de Dinamarca.