Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 0301.91
0301 91 10: De las especies Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 0301 Peces vivos:
- Los demás peces vivos:
- 0301 91 Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster):
- 0301 91 10 De las especies Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster
Lo que paga
Importación: UE
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 3
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- hasta el 31 de octubre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 2108/26
- Documentos
- Y126 Goods sold in distance sales
Requisitos de importación 7
- Prohibición o restricciónProhibición a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Corea del Norte
- Acto jurídico
- Regulation 1548/17
- Control de importaciónControl veterinario
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Andorra, Suiza, Islas Feroe, Groenlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega, San Marino
- Acto jurídico
- Regulation 0632/21
- Documentos
- C640 Documento Sanitario Común de Entrada para animales (DSCE-A) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección A, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
- N853 Documento Sanitario Común de Entrada para productos (DSCE-P) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección B, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
- Y170 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Andorra, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
- Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
- Y172 Mercancías de origen de terceros países procedentes de las Islas Feroe, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
- Y173 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Groenlandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
- Y174 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Islandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
- Y175 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Liechtenstein, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
- Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
- Y177 Mercancías de origen de terceros países procedentes de San Marino, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
- Y980 Productos que se benefician de una excepción a los controles veterinarios de acuerdo con el artículo 4 del REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2019/2126 DE LA COMISIÓN
- Control de importaciónControl de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Camerún, Camboya, Comoras, Trinidad y Tobago, San Vicente y las Granadinas
- Acto jurídico
- Regulation 1005/08
- Control de importaciónControl de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada
- Se aplica a mercancías originarias de
- Camboya, Camerún, Comoras, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago
- Vigencia
- hasta el 9 de enero de 2027
- Acto jurídico
- Regulation 1005/08
- Documentos
- Y927 A las mercancías declaradas no se les aplica el Reglamento (CE) nº 1005/2008 del Consejo
- Control de importaciónControl de las importaciones de productos ecológicos
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Suiza, Islandia, Liechtenstein, Noruega
- Acto jurídico
- Regulation 2306/21
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0692/14
- Documentos
- Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0263/22
- Documentos
- Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Medidas de exportación 2
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
| Medidas de exportación | Destino | Acto jurídico | Validez |
|---|---|---|---|
| Control de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada | ERGA OMNES (excepto Camerún, Camboya, Comoras, Trinidad y Tobago, San Vicente y las Granadinas) | Regulation 1005/08 | 10 de enero de 2026 |
| Control de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada | Camerún, Camboya, Comoras, Trinidad y Tobago, San Vicente y las Granadinas | Regulation 1005/08 | 11 de diciembre de 2013 – 9 de enero de 2027 |
Datos TARIC a 1 de noviembre de 2026
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
-
Alemania 7 % tipo reducido
-
Austria 10 % tipo reducido
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Bélgica 6 % tipo reducido
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Bulgaria 20 %
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Chequia 12 % tipo reducido
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Chipre 5 % tipo reducido
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Croacia 5 % tipo reducido
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Dinamarca 25 %
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Eslovaquia 5 % / 19 % tipo reducido
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Eslovenia 9,5 % tipo reducido
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España 10 % tipo reducido
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Estonia 24 %
-
Finlandia 13,5 % tipo reducido
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Francia 5,5 % tipo reducido
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Grecia 13 % tipo reducido
-
Hungría 5 % tipo reducido
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Irlanda 23 %
-
Italia 10 % tipo reducido
-
Letonia 21 %
-
Lituania 21 %
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Luxemburgo 3 % tipo reducido
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Malta 0 % tipo reducido
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Países Bajos 21 %
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Polonia 5 % tipo reducido
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Portugal 23 %
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Rumanía 11 % tipo reducido
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Suecia 6 % tipo reducido
TEDB · 1 de noviembre de 2026
Tipos preferenciales por país
| Acuerdo o régimen | Países | Tipo |
|---|---|---|
| derecho de terceros países (sin acuerdo) | — | 8 % |
| GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) | Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 másAfganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia | Exento |
| CARIFORUM | Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 másAntigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago | Exento |
| PTU (Países y territorios de ultramar) | Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 másAntártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna | Exento |
| GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza) | Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 másBolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán | Exento |
| América Central | Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá | Exento |
| Mercosur | Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay | Exento |
| SADC EPA | Botsuana, Esuatini, Namibia | Exento |
| Estados de África Oriental y Meridional | Mauricio, Seychelles, Zimbabue | Exento |
| acuerdo UE–Andorra | Andorra | Exento |
| acuerdo UE–Canadá | Canadá | Exento |
| acuerdo UE–Côte d’Ivoire | Côte d’Ivoire | Exento |
| acuerdo UE–Chile | Chile | Exento |
| acuerdo UE–Camerún | Camerún | Exento |
| acuerdo UE–Colombia | Colombia | Exento |
| acuerdo UE–Argelia | Argelia | Exento |
| acuerdo UE–Ecuador | Ecuador | Exento |
| acuerdo UE–Egipto | Egipto | Exento |
| Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. | Sáhara Occidental | Exento |
| acuerdo UE–Fiyi | Fiyi | Exento |
| acuerdo UE–Reino Unido | Reino Unido | Exento |
| acuerdo UE–Georgia | Georgia | Exento |
| acuerdo UE–Ghana | Ghana | Exento |
| acuerdo UE–Israel | Israel | Exento |
| acuerdo UE–Japón | Japón | Exento |
| acuerdo UE–Kenia | Kenia | Exento |
| acuerdo UE–Corea del Sur | Corea del Sur | Exento |
| acuerdo UE–Líbano | Líbano | Exento |
| acuerdo UE–Marruecos | Marruecos | Exento |
| acuerdo UE–Moldavia | Moldavia | Exento |
| acuerdo UE–México | México | Exento |
| acuerdo UE–Nueva Zelanda | Nueva Zelanda | Exento |
| acuerdo UE–Perú | Perú | Exento |
| acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea | Papúa Nueva Guinea | Exento |
| acuerdo UE–Territorios Palestinos | Territorios Palestinos | Exento |
| acuerdo UE–Singapur | Singapur | Exento |
| unión aduanera UE–San Marino | San Marino | Exento |
| acuerdo UE–Túnez | Túnez | Exento |
| acuerdo UE–Turquía | Turquía | Exento |
| acuerdo UE–Ucrania | Ucrania | Exento |
| acuerdo UE–Vietnam | Vietnam | Exento |
| acuerdo UE–Samoa | Samoa | Exento |
| acuerdo UE–KosovoContingente | Kosovo | Exento |
| acuerdo UE–Sudáfrica | Sudáfrica | Exento |
| Espacio Económico Europeo | Islandia, Liechtenstein, Noruega | 2,4 % |
| SPG - Régimen general | Congo, India, Indonesia, Islas Cook y 6 másCongo, India, Indonesia, Islas Cook, Micronesia, Nigeria, Niue, Siria, Tayikistán, Vanuatu | 4,5 % |
| acuerdo UE–Albania | Albania | 5,6 % |
| acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina | Bosnia y Herzegovina | 5,6 % |
| acuerdo UE–Montenegro | Montenegro | 5,6 % |
| acuerdo UE–Macedonia del Norte | Macedonia del Norte | 5,6 % |
| acuerdo UE–Serbia | Serbia | 5,6 % |
UE: importaciones mensuales · HS 0301.91
Principales proveedores, últimos 12 meses
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 324 mil € | 95,3 % | -22,1 % | |
| 9 mil € | 2,7 % | — | |
| 6 mil € | 1,9 % | -27 % | |
| 512 € | 0,2 % | — | |
| 7 € | 0 % | -99,1 % | |
| 5 € | 0 % | — | |
| 0 € | 0 % | -100 % |
La misma subpartida en otros aranceles
Líneas arancelarias (UE): 0301.91
Notas legales
Notas explicativas de la NC
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
Consideraciones generales del capítulo
PESCADOS Y CRUSTÁCEOS, MOLUSCOS Y DEMÁS INVERTEBRADOS ACUÁTICOS
Consideraciones generales
1. Se señala que los pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, ultracongelados siguen el régimen de los pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, congelados.
2. El simple blanqueado, que consiste en un ligero tratamiento térmico que no tenga como finalidad realizar una cocción verdadera de los productos de este capítulo no modifica la clasificación. Se practica con frecuencia antes de la congelación, principalmente con los atunes y la carne de crustáceos o de moluscos.
3. Se excluyen del capítulo 3:
a) las vejigas natatorias, crudas, secas o saladas, impropias para la alimentación humana (partida 0511);
b) los pescados ligeramente salados, secados o ahumados, conservados provisionalmente en aceite vegetal, productos llamados semiconservas (partida 1604);
c) los pescados simplemente macerados en aceite o vinagre, incluso sin preparación (partida 1604);
d) los moluscos que se hayan sometido a un tratamiento térmico suficiente para producir la coagulación de sus proteínas (partida 1605).
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union
Esta subpartida en años anteriores
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | De las especies Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster | 8 % | — |
| 2025 | sin cambios | 8 % | — |
| 2024 | sin cambios | 8 % | — |
| 2023 | sin cambios | 8 % | — |
| 2022 | sin cambios | 8 % | — |
| 2021 | sin cambios | 8 % | — |
| 2020 | sin cambios | 8 % | — |
| 2019 | Of the species Oncorhynchus apache or Oncorhynchus chrysogaster | 8 % | — |
El código NC 0301 91 10 es una línea de la nomenclatura combinada de la UE dentro de la subpartida SA 0301.91 (truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus…).
El derecho de terceros países es del 8 %, y las cantidades se declaran en —.
131 países no pagan ningún derecho en la UE gracias a acuerdos comerciales y regímenes preferenciales como GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) y CARIFORUM, frente a un derecho de terceros países del 8 %.
En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 0301.91 en la UE sumaron 339,7 mil € (−20 % respecto a los 12 meses anteriores); el Reino Unido aportó el 95 %, por delante de Estados Unidos.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 30 %, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 8 % al 12 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 15 %, el tipo de la TEC en Brasil va del 0 % al 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 0 % al 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 0 % al 3,5 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 15 %, el derecho de aduana en los países del CCG es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo y el derecho de importación en Nigeria va del 5 % al 10 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 0301.91 por valor de 96 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Noruega.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 0301 91 10?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 8 %; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 0301 91 10?
149 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 131 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 0301.91, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Noruega (2 M US$).