0709 92 10 y 0709 92 90 · Aceitunas
Se clasifican en estas subpartidas las aceitunas que se hayan sometido a un tratamiento para la extracción del aceite pero con un contenido de grasa todavía superior al 8 % en peso.
Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 0709.92
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Importación: UE
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
| Número de orden | Origen | Derecho contingentario | Período | Volumen | Saldo | Validez |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 09.1177 | Lebanon | Exento | 1 de enero de 2026 – 31 de diciembre de 2026 | 1.000.000 kg | 1.000.000 kg | Abierto |
Saldos según el informe semanal de contingentes de la Comisión con fecha 23 de octubre de 2026.
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
TEDB · 29 de octubre de 2026
| Acuerdo o régimen | Países | Tipo |
|---|---|---|
| derecho de terceros países (sin acuerdo) | — | 4,5 % |
| GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) | Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 másAfganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia | Exento |
| CARIFORUM | Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 másAntigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago | Exento |
| PTU (Países y territorios de ultramar) | Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 másAntártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna | Exento |
| SPG - Régimen general | Congo, India, Indonesia, Islas Cook y 6 másCongo, India, Indonesia, Islas Cook, Micronesia, Nigeria, Niue, Siria, Tayikistán, Vanuatu | Exento |
| GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza) | Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 másBolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán | Exento |
| América Central | Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá | Exento |
| Mercosur | Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay | Exento |
| SADC EPA | Botsuana, Esuatini, Namibia | Exento |
| Estados de África Oriental y Meridional | Mauricio, Seychelles, Zimbabue | Exento |
| acuerdo UE–Andorra | Andorra | Exento |
| acuerdo UE–Albania | Albania | Exento |
| acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina | Bosnia y Herzegovina | Exento |
| acuerdo UE–Canadá | Canadá | Exento |
| acuerdo UE–Côte d’Ivoire | Côte d’Ivoire | Exento |
| acuerdo UE–Chile | Chile | Exento |
| acuerdo UE–Camerún | Camerún | Exento |
| acuerdo UE–Colombia | Colombia | Exento |
| acuerdo UE–Argelia | Argelia | Exento |
| acuerdo UE–Ecuador | Ecuador | Exento |
| acuerdo UE–Egipto | Egipto | Exento |
| Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. | Sáhara Occidental | Exento |
| acuerdo UE–Fiyi | Fiyi | Exento |
| acuerdo UE–Reino Unido | Reino Unido | Exento |
| acuerdo UE–Georgia | Georgia | Exento |
| acuerdo UE–Ghana | Ghana | Exento |
| acuerdo UE–Israel | Israel | Exento |
| acuerdo UE–Islandia | Islandia | Exento |
| acuerdo UE–Jordania | Jordania | Exento |
| acuerdo UE–Japón | Japón | Exento |
| acuerdo UE–Kenia | Kenia | Exento |
| acuerdo UE–Corea del Sur | Corea del Sur | Exento |
| acuerdo UE–LíbanoContingente | Líbano | Exento |
| acuerdo UE–Marruecos | Marruecos | Exento |
| acuerdo UE–Moldavia | Moldavia | Exento |
| acuerdo UE–Montenegro | Montenegro | Exento |
| acuerdo UE–Macedonia del Norte | Macedonia del Norte | Exento |
| acuerdo UE–México | México | Exento |
| acuerdo UE–Nueva Zelanda | Nueva Zelanda | Exento |
| acuerdo UE–Perú | Perú | Exento |
| acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea | Papúa Nueva Guinea | Exento |
| acuerdo UE–Territorios Palestinos | Territorios Palestinos | Exento |
| acuerdo UE–Serbia | Serbia | Exento |
| acuerdo UE–Singapur | Singapur | Exento |
| unión aduanera UE–San Marino | San Marino | Exento |
| acuerdo UE–Turquía | Turquía | Exento |
| acuerdo UE–Ucrania | Ucrania | Exento |
| acuerdo UE–Vietnam | Vietnam | Exento |
| acuerdo UE–Samoa | Samoa | Exento |
| acuerdo UE–Kosovo | Kosovo | Exento |
| acuerdo UE–Sudáfrica | Sudáfrica | Exento |
La inclusión en esta subpartida se subordinará a las condiciones previstas en las disposiciones de la Unión Europea dictadas en la materia [véase el artículo 254 del Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 269 de 10.10.2013, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/952/oj)].
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 221 mil € | 33,5 % | +246,7 % | |
| 171 mil € | 25,9 % | +1115 % | |
| 143 mil € | 21,7 % | -66,3 % | |
| 54 mil € | 8,1 % | -89,7 % | |
| 24 mil € | 3,6 % | +7 % | |
| 17 mil € | 2,6 % | -80,9 % | |
| 9 mil € | 1,4 % | +382,7 % | |
| 9 mil € | 1,3 % | -20,7 % |
0709.92 Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas: las demás, aceitunas
1. Este Capítulo no comprende los productos forrajeros de la partida 1214.
2. En las partidas 0709, 0710, 0711 y 0712, la expresión hortalizas alcanza también a los hongos comestibles, trufas, aceitunas, alcaparras, calabacines (zapallitos), calabazas (zapallos), berenjenas, maíz dulce (Zea mays var. saccharata), frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, hinojo y plantas como el perejil, perifollo, estragón, berro y mejorana cultivada (Majorana hortensis u Origanum majorana).
3. La partida 0712 comprende todas las hortalizas secas de las especies clasificadas en las partidas 0701 a 0711, excepto:
a) las hortalizas de vaina secas desvainadas (partida 0713);
b) el maíz dulce en las formas especificadas en las partidas 1102 a 1104;
c) la harina, sémola, polvo, copos, gránulos y pellets, de patata (papa) (partida 1105);
d) la harina, sémola y polvo de hortalizas de vaina secas de la partida 0713 (partida 1106).
4. Los frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados, sin embargo se excluyen, sin embargo, de este capítulo (partida 0904).
5. La partida 0711 comprende las hortalizas que se hayan sometido a un tratamiento con el único fin de que sean conservadas provisionalmente durante el transporte y almacenamiento antes de su utilización (por ejemplo: con gas sulfuroso o con agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para asegurar provisionalmente dicha conservación), siempre que, en este estado, sean impropias para consumo inmediato.
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
Se clasifican en estas subpartidas las aceitunas que se hayan sometido a un tratamiento para la extracción del aceite pero con un contenido de grasa todavía superior al 8 % en peso.
Consideraciones generales
1. El blanqueo no está permitido en este capítulo, con la excepción de:
2. Los brotes (de hortalizas y otras plantas) son las semillas germinadas utilizadas para el consumo humano y que se comen crudas o cocinadas. La germinación es la práctica de hacer germinar las semillas mediante su humidificación (esto aumenta el contenido de agua de las semillas y las saca de la dormancia) hasta que una planta empieza a brotar y crecen las hojas.
En general, los brotes listos para el consumo humano se pueden presentar de tres maneras:
a) como planta en germinación con cotiledones o embriones de primeras hojas y restos de semillas y raíces;
b) como planta consistente en granos de cereal germinados, por ejemplo, cebada germinada, la llamada malta verde (véase también la nota explicativa de las subpartidas 1107 10 11 a 1107 10 99), que puede utilizarse cruda en ensaladas o, después de su transformación posterior, para la producción de cerveza o whisky, principalmente;
c) como plantas jóvenes consistentes únicamente en los cotiledonres y sin restos de semillas ni raíces y tampoco sin hojas maduras (hojas verdaderas, formadas después del embrión). Estas clases de brotes se presentan normalmente en cajitas con medios de cultivo.
Al clasificar los brotes se han de aplicar los principios siguientes:
Lista no exhaustiva de brotes y sus códigos NC:
| Código NC | Denominación (nombre científico) |
| 0703 10 19 | Brotes de cebolla (Allium cepa) |
| 0703 20 00 | Brotes de ajo (Allium sativum) |
| 0703 90 00 | Brotes de puerro (Allium porrum) |
| 0704 90 90 | Brotes de brécol o brocolí (Brassica oleracea var. italica) |
| 0706 90 90 | Brotes de remolacha (Beta vulgaris ssp. vulgaris) |
| 0706 90 90 | Brotes de rábano (Raphanus sativus) |
| 0708 10 00 | Brotes de guisante (Pisum sativum) |
| 0708 20 00 | Brotes de fríjol adzuki (Phaseolus angularis) |
| 0708 20 00 | Brotes de judía de mungo (Vigna radiata) |
| 0708 20 00 | Brotes de fríjol arroz (Phaseolus pubescens) |
| 0708 90 00 | Brotes de garbanzo (Cicer arietinum) |
| 0708 90 00 | Brotes de dientes de dragón (Lotus maritimus) |
| 0708 90 00 | Brotes de lenteja (Lens culinaris) |
| 0708 90 00 | Brotes de guandú o gandul (Cajanus cajan) |
| 0709 99 10 | Brotes de rúcula (Eruca vesicaria ssp. sativa) |
| 0709 99 50 | Brotes de hinojo (Foeniculum vulgare var. azoricum) |
| 0709 99 60 | Brotes de maíz dulce (Zea mays var. saccharata) |
| 0709 99 90 | Brotes de alfalfa (Medicago sativa) |
| 0709 99 90 | Brotes de albahaca (Ocimum spp.) |
| 0709 99 90 | Brotes de mostaza negra o ajenabe [Brassica nigra, syn.: Sinapis nigra L., Sisymbrium nigrum (L.) Prantl.] |
| 0709 99 90 | Brotes de anís hisopo (Agastache foeniculum) |
| 0709 99 90 | Brotes de borraja (Borago officinalis) |
| 0709 99 90 | Brotes de caoba china (Toona sinensis) |
| 0709 99 90 | Brotes de alacranera o hierba salada (Salicornia europaea) |
| 0709 99 90 | Brotes de cilantro (Coriandrum sativum) |
| 0709 99 90 | Brotes de mastuerzo o berro hortelano (Lepidium sativum) |
| 0709 99 90 | Brotes de alholva o fenogreco (Trigonella foenum-graecum) |
| 0709 99 90 | Brotes de perilla (Perilla frutescens) |
| 0709 99 90 | Brotes de girasol (Helianthus annuus) |
| 0709 99 90 | Brotes de mostaza blanca (Sinapis alba) |
| 1107 10 19 | Malta verde de trigo (Triticum aestivum) |
| 1107 10 99 | Malta verde de cebada (Hordeum vulgare) |
| 1107 10 99 | Malta verde de mijo (Panicum miliaceum) |
| 1107 10 99 | Malta verde de avena (Avena sativa) |
| 1107 10 99 | Malta verde de arroz (Oryza sativa) |
| 1107 10 99 | Malta verde de centeno (Secale cereale) |
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | Que no se destinen a la producción de aceite | 4,5 % | — |
| 2025 | sin cambios | 4,5 % | — |
| 2024 | sin cambios | 4,5 % | — |
| 2023 | sin cambios | 4,5 % | — |
| 2022 | sin cambios | 4,5 % | — |
| 2021 | sin cambios | 4,5 % | — |
| 2020 | sin cambios | 4,5 % | — |
| 2019 | For uses other than the production of oil | 4,5 % | — |
En la nomenclatura combinada de la UE, 0709 92 10 es una de las 2 líneas de la subpartida 0709.92, las demás hortalizas, frescas o refrigeradas: las demás, aceitunas.
El derecho de terceros países es del 4,5 %, y las cantidades se declaran en —.
Las mercancías originarias de 147 países pueden entrar en la UE con un tipo preferencial (por ejemplo, GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), CARIFORUM) en lugar del derecho de terceros países del 4,5 %; 147 de ellos están totalmente exentos.
En la UE, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 50 %.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 0709.92 por valor de 659,7 mil € (−44 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 1,18 € por kilo; Siria aportó el 34 %, por delante de Egipto.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 19,5 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 10 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es del 3 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 10 %, el derecho de aduana en los países del CCG es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 30 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 0709.92 por valor de 118 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Albania.
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 4,5 %; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
147 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 147 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
Derecho adicional del 50 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
Para el conjunto de la subpartida 0709.92, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Albania (495 mil US$).