Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 0811.20
0811 20 19
0811 20 19: Frutos rojos congelados: Con adición de azúcar u otro edulcorante: las demás
Frutos rojos congelados
No declarable por sí solo: utilice una de sus 6 subdivisionesDatos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
0811 Frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante:
0811 20 Frambuesas, zarzamoras, moras, moras-frambuesa y grosellas:
Con adición de azúcar u otro edulcorante:
0811 20 19 Las demás
Lo que paga
Importación: UE
Derecho de aduana20,8 % derecho de terceros países depende del país de origen
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 5
Derecho adicionalDerechos adicionales50 % con el documento Y-155 (Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia) · en otro caso exento
Se aplica a mercancías originarias de
todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
Acto jurídico
Regulation 1227/25
Documentos
Y155 Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia
Derecho adicionalDerechos adicionales50 %
Se aplica a mercancías originarias de
Bielorrusia, Rusia
Acto jurídico
Regulation 1227/25
Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor3 EUR
Se aplica a mercancías originarias de
todos los países
Vigencia
hasta el 31 de octubre de 2026
Acto jurídico
Regulation 0382/26
Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor3 EUR
Prohibición o restricciónProhibición a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Corea del Norte
Acto jurídico
Regulation 0285/18
Control de importaciónControl de las importaciones de productos ecológicos
Se aplica a mercancías originarias de
todos los países excepto Suiza, Islandia, Liechtenstein, Noruega
Acto jurídico
Regulation 2306/21
Documentos
C644 Certificado de control por los productos ecológicos
Y929 Productos no afectados por el Reglamento (UE) n.º 2018/848 (productos ecológicos)
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Ucrania
Acto jurídico
Regulation 0692/14
Documentos
Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Subdivisiones TARIC
Declare el código TARIC de 10 dígitos que corresponda a las mercancías: las medidas pueden variar de una subdivisión a otra.
0811 20 19 10
Raspberries
0811 20 19 15
Blackberries
0811 20 19 20
Mulberries
0811 20 19 25
Loganberries
0811 20 19 30
Blackcurrants
0811 20 19 35
Whitecurrants
0811 20 19 40
Redcurrants
0811 20 19 45
Gooseberries
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
Alemania7 % tipo reducido
Austria10 % tipo reducido
Bélgica6 % tipo reducido
Bulgaria20 %
Chequia12 % tipo reducido
Chipre5 % tipo reducido
Croacia25 %
Dinamarca25 %
Eslovaquia19 % tipo reducido
Eslovenia9,5 % tipo reducido
España21 %
Estonia24 %
Finlandia13,5 % tipo reducido
Francia5,5 % tipo reducido
Grecia13 % tipo reducido
Hungría27 %
Irlanda23 %
Italia10 % tipo reducido
Letonia12 % tipo reducido
Lituania21 %
Luxemburgo3 % tipo reducido
Malta0 % tipo reducido
Países Bajos9 % tipo reducido
Polonia5 % tipo reducido
Portugal23 %
Rumanía11 % tipo reducido
Suecia6 % tipo reducido
TEDB · 28 de octubre de 2026
Tipos preferenciales por país
Acuerdo o régimen
Países
Tipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)
—
20,8 %
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra.
1. El contenido de azúcares, calculado en sacarosa (contenido de azúcares), de los productos incluidos en el presente Capítulo corresponde a la indicación numérica facilitada por el refractómetro, utilizado según el método previsto en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 974/2014 de la Comisión, a una temperatura de 20 °C y multiplicada por el factor 0,95.
2. En las subpartidas 08119011, 08119031 y 08119085, se entiende por «frutos tropicales» las guayabas, mangos, mangostanes, papayas, tamarindos, peras de marañón (merey, cajuil, anacardo, cajú), litchis, frutos del árbol del pan, sapotillos, frutos de la pasión, carambolas y pitahayas.
3. En las subpartidas 08119011, 08119031, 08119085, 08129070 y 08135031, se entiende por «nueces tropicales» los cocos, nueces de marañón (merey, cajuil, anacardo, cajú), del Brasil, de areca (o de betel), de cola y macadamia.
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
0811 · Frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante
La expresión «congelado», tal como se define en las notas explicativas del SA del presente capítulo, párrafo segundo, también debe ajustarse a los criterios establecidos en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto 120/75. Por analogía, a raíz de la interpretación del Tribunal de estos criterios en su sentencia en el asunto C-423/09, el proceso de congelación debe dar lugar a cambios sustanciales e irreversibles, de modo que el producto ya no se encuentre en su estado natural.
Por lo tanto, los productos están «congelados» cuando han sido sometidos a procesos de congelación que hacen que experimenten modificaciones irreversibles, en particular en la estructura celular, de manera que ya no se encuentran en su estado natural, ni siquiera después de ser parcial o totalmente descongelados.
En lo que respecta a la aplicación de las subpartidas que se refieren al contenido de azúcar, véase a la nota complementaria 1 de este capítulo.
Consideraciones generales del capítulo
FRUTAS Y FRUTOS COMESTIBLES; CORTEZAS DE AGRIOS (CÍTRICOS), MELONES O SANDÍAS
Consideraciones generales
1. Se clasifican en el presente capítulo los frutos destinados a la destilación que se presenten en forma de puré grosero, incluso si están en el curso de la fermentación natural.
2. La pasteurización no es admisible en este capítulo, con excepción de:
los frutos secos y frutos de cáscara de este capítulo,
los frutos y frutos de cáscara conservados provisionalmente de la partida 0812,
los frutos y frutos de cáscara congelados de la partida 0811.
Los frutos y frutos de cáscara esterilizados se excluyen de este capítulo (partida 2008 generalmente).
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
Año
Designación
Derecho de terceros países
Unidad suplementaria
2026
Las demás
20,8 %
—
2025
sin cambios
20,8 %
—
2024
sin cambios
20,8 %
—
2023
sin cambios
20,8 %
—
2022
sin cambios
20,8 %
—
2021
sin cambios
20,8 %
—
2020
sin cambios
20,8 %
—
2019
Other
20,8 %
—
En la nomenclatura combinada de la UE, 0811 20 19 es una de las 7 líneas de la subpartida 0811.20, frambuesas, zarzamoras, moras, moras-frambuesa y grosellas.
El derecho de terceros países es del 20,8 %, y las cantidades se declaran en —.
Las mercancías originarias de 136 países pueden entrar en la UE con un tipo preferencial (por ejemplo, GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), CARIFORUM) en lugar del derecho de terceros países del 20,8 %; 132 de ellos están totalmente exentos.
En la UE, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 50 %.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 0811.20 por valor de 728,5 M € (+46 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 4,20 € por kilo; Ucrania aportó el 41 %, por delante de Serbia.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 15,4 % al 37 %, el derecho general en Estados Unidos va del 4,5 % al 9 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 12 % al 20 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es del 6 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón va del 6 % al 9,6 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 20 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 20 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 0811.20 por valor de 879 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Serbia.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 0811 20 19?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 20,8 %; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 0811 20 19?
136 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 132 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
¿Se aplican derechos antidumping u otros derechos adicionales al código NC 0811 20 19?
Derecho adicional del 50 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 0811.20, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Serbia (237 M US$), por delante de Ucrania.
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