Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 0904.21

0904 21 10

0904 21 10: Ajíes y guindillas secos enteros: Pimientos dulces (Capsicum annuum)

Ajíes y guindillas secos enteros

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 0904 Pimienta del género Piper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados:
  2. Frutos de los géneros Capsicum o Pimenta:
  3. 0904 21 Secos, sin triturar ni pulverizar:
  4. 0904 21 10 Pimientos dulces (Capsicum annuum)

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana 9,6 % derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 3 medidas adicionales Requisitos de importación: 4
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 5

  • Derecho adicionalDerechos adicionales 50 % con el documento Y-155 (Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia) · en otro caso exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 1227/25
    Documentos
    • Y155 Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia
  • Derecho adicionalDerechos adicionales 50 %
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 1227/25
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 4

  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Etiopía, India, Sri Lanka
    Acto jurídico
    Regulation 1793/19
    Documentos
    • C678 Documento Sanitario Común de Entrada para piensos y alimentos de origen no animal (DSCE-D) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección D, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
    • Y978 Exención en virtud del artículo 1, apartado 3 del Reglamento (UE) 2019/1793
    • Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y937 A las mercancías declaradas no se les aplica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1793 de la Comisión
  • Control de importaciónControl de las importaciones de productos ecológicos
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Suiza, Islandia, Liechtenstein, Noruega
    Acto jurídico
    Regulation 2306/21
    Documentos
    • C644 Certificado de control por los productos ecológicos
    • Y929 Productos no afectados por el Reglamento (UE) n.º 2018/848 (productos ecológicos)
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

IVA a la importación en los Estados miembros

El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.

  • Alemania 7 % tipo reducido
  • Austria 10 % tipo reducido
  • Bélgica 6 % tipo reducido
  • Bulgaria 20 %
  • Chequia 12 % tipo reducido
  • Chipre 5 % tipo reducido
  • Croacia 25 %
  • Dinamarca 25 %
  • Eslovaquia 19 % tipo reducido
  • Eslovenia 9,5 % tipo reducido
  • España 10 % tipo reducido
  • Estonia 24 %
  • Finlandia 13,5 % tipo reducido
  • Francia 20 %
  • Grecia 13 % tipo reducido
  • Hungría 27 %
  • Irlanda 23 %
  • Italia 10 % tipo reducido
  • Letonia 21 %
  • Lituania 21 %
  • Luxemburgo 3 % tipo reducido
  • Malta 0 % tipo reducido
  • Países Bajos 9 % tipo reducido
  • Polonia 8 % tipo reducido
  • Portugal 23 %
  • Rumanía 11 % tipo reducido
  • Suecia 6 % tipo reducido

TEDB · 4 de noviembre de 2026

Tipos preferenciales por país

Acuerdo o régimenPaísesTipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)—9,6 %
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 más

Afganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia

Exento
CARIFORUM
Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 más

Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago

Exento
PTU (Países y territorios de ultramar)
Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 más

Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna

Exento
GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza)
Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 más

Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán

Exento
América Central Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá Exento
SADC EPA Botsuana, Esuatini, Namibia Exento
Estados de África Oriental y Meridional Mauricio, Seychelles, Zimbabue Exento
acuerdo UE–Andorra Andorra Exento
acuerdo UE–Albania Albania Exento
acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina Bosnia y Herzegovina Exento
acuerdo UE–Canadá Canadá Exento
acuerdo UE–Côte d’Ivoire Côte d’Ivoire Exento
acuerdo UE–Chile Chile Exento
acuerdo UE–Camerún Camerún Exento
acuerdo UE–Colombia Colombia Exento
acuerdo UE–Ecuador Ecuador Exento
acuerdo UE–Egipto Egipto Exento
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. Sáhara Occidental Exento
acuerdo UE–Fiyi Fiyi Exento
acuerdo UE–Reino Unido Reino Unido Exento
acuerdo UE–Georgia Georgia Exento
acuerdo UE–Ghana Ghana Exento
acuerdo UE–Israel Israel Exento
acuerdo UE–Islandia Islandia Exento
acuerdo UE–Jordania Jordania Exento
acuerdo UE–Japón Japón Exento
acuerdo UE–Kenia Kenia Exento
acuerdo UE–Corea del Sur Corea del Sur Exento
acuerdo UE–Líbano Líbano Exento
acuerdo UE–Marruecos Marruecos Exento
acuerdo UE–Moldavia Moldavia Exento
acuerdo UE–Montenegro Montenegro Exento
acuerdo UE–Macedonia del Norte Macedonia del Norte Exento
acuerdo UE–México México Exento
acuerdo UE–Noruega Noruega Exento
acuerdo UE–Nueva Zelanda Nueva Zelanda Exento
acuerdo UE–Perú Perú Exento
acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea Papúa Nueva Guinea Exento
acuerdo UE–Territorios Palestinos Territorios Palestinos Exento
acuerdo UE–Serbia Serbia Exento
acuerdo UE–Singapur Singapur Exento
unión aduanera UE–San Marino San Marino Exento
acuerdo UE–Turquía Turquía Exento
acuerdo UE–Ucrania Ucrania Exento
acuerdo UE–Vietnam Vietnam Exento
acuerdo UE–Samoa Samoa Exento
acuerdo UE–Kosovo Kosovo Exento
acuerdo UE–Sudáfrica Sudáfrica Exento
SPG - Régimen general
Congo, India, Indonesia, Islas Cook y 6 más

Congo, India, Indonesia, Islas Cook, Micronesia, Nigeria, Niue, Siria, Tayikistán, Vanuatu

6,1 %
Mercosur Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay 7,6 %

UE: importaciones mensuales · HS 0904.21

últimos 12 meses143,2 M €-20,4 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación2,17 € por kg
Tipo preferencial4 %
ene 2024: 21,2 M €feb 2024: 16,7 M €mar 2024: 15,1 M €abr 2024: 13,2 M €may 2024: 18,4 M €jun 2024: 16,2 M €jul 2024: 17,6 M €ago 2024: 17,2 M €sept 2024: 17,2 M €oct 2024: 11,5 M €nov 2024: 11,8 M €dic 2024: 18,4 M €ene 2025: 21,2 M €feb 2025: 19,4 M €mar 2025: 17,3 M €abr 2025: 16,3 M €may 2025: 13,1 M €jun 2025: 15,4 M €jul 2025: 10,7 M €ago 2025: 7,6 M €sept 2025: 8,8 M €oct 2025: 7,9 M €nov 2025: 12,2 M €dic 2025: 11,2 M €ene 2026: 12,6 M €feb 2026: 14,9 M €mar 2026: 13,3 M €abr 2026: 13,2 M €may 2026: 13,1 M €jun 2026: 11,6 M €jul 2026: 14,4 M €ago 2026: 10 M € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
China 91,2 M € 63,7 % -17,2 %
México 14,2 M € 9,9 % -34,8 %
Perú 6,5 M € 4,6 % -47,9 %
Zambia 4,2 M € 3 % -67,4 %
Brasil 3,9 M € 2,7 % +18,9 %
Uganda 3,6 M € 2,5 % +114,5 %
Honduras 2,6 M € 1,8 % +13,4 %
India 2,1 M € 1,5 % +52,4 %

La misma subpartida en otros aranceles

0904.21 Secos, sin triturar ni pulverizar

Líneas arancelarias (UE): 0904.21

Resoluciones vinculantes para mercancías similares

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • N305041 U.S. CBP 24 de julio de 2019 · 0904.21.60.10

    The tariff classification of Diced Red Bell Peppers from Thailand

Notas legales

Notas

Notas de capítulo: Capítulo 09 →

Notas explicativas de la NC

Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.

0904 21 10 a 0904 22 00 · Frutos de los géneros Capsicum o Pimenta

Estas subpartidas comprenden los productos contemplados en las notas explicativas del SA, partida 0904, apartado 2, siempre que estén secos o bien molidos o pulverizados.

0904 21 10 · Pimientos dulces (Capsicum annuum)

Se trata de Capsicum annuum, fruto relativamente grande con sabor dulce (no picante). Puede presentar diferentes colores. Esta subpartida solo comprende los pimientos secos, enteros o en trozos pero sin triturar ni pulverizar.

Consideraciones generales del capítulo

CAFÉ, TÉ, YERBA MATE Y ESPECIAS

Consideraciones generales

La clasificación de las especias mezcladas entre sí o con otras sustancias añadidas está determinada por la nota 1 de este capítulo.

De acuerdo con la citada nota, las mezclas de especias con otras sustancias, que hayan perdido el carácter esencial de especias, están excluidas de este capítulo. Se clasifican en la partida 2103, si constituyen condimentos o sazonadores compuestos. En lo que se refiere a las mezclas utilizadas directamente para la aromatización de bebidas o la preparación de extractos destinados a la fabricación de bebidas y constituidas por especias y plantas, partes de plantas, semillas o frutos (enteros, cortados, triturados o pulverizados) de especies pertenecientes a otros capítulos (7, 11, 12, etc.) véanse las notas explicativas del SA, consideraciones generales del capítulo 9, sexto y séptimo párrafos.

Hay que señalar que los desperdicios y desechos procedentes normalmente de la recolección de las especias, de las operaciones posteriores (por ejemplo: clasificado, secado), del almacenado o del transporte deben considerarse como productos «sin triturar ni pulverizar», salvo cuando estos productos sean identificables como procedentes de una molturación intencional (debido a su homogeneidad, por ejemplo).

La expresión «triturados o pulverizados» utilizada en varias partidas de este capítulo, no incluye los productos cortados en trozos.

Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union

Esta subpartida en años anteriores

La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.

AñoDesignaciónDerecho de terceros paísesUnidad suplementaria
2026 Pimientos dulces (Capsicum annuum) 9,6 % —
2025 sin cambios 9,6 % —
2024 sin cambios 9,6 % —
2023 sin cambios 9,6 % —
2022 sin cambios 9,6 % —
2021 sin cambios 9,6 % —
2020 sin cambios 9,6 % —
2019 Sweet peppers (Capsicum annuum) 9,6 % —

El código NC 0904 21 10 es una línea de la nomenclatura combinada de la UE dentro de la subpartida SA 0904.21 (secos, sin triturar ni pulverizar).

El derecho de terceros países es del 9,6 %, y las cantidades se declaran en —.

133 países no pagan ningún derecho en la UE gracias a acuerdos comerciales y regímenes preferenciales como GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) y CARIFORUM, frente a un derecho de terceros países del 9,6 %.

En la UE, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 50 %.

En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 0904.21 en la UE sumaron 143,2 M € (−20 % respecto a los 12 meses anteriores); China aportó el 64 %, por delante de México.

Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 20 % al 75 %, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 0 % al 8 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 20 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 0 % al 6 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 0 % al 20 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 45 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.

Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 0904.21 por valor de 248 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue China.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código NC 0904 21 10?

El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 9,6 %; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 0904 21 10?

147 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 133 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.

¿Se aplican derechos antidumping u otros derechos adicionales al código NC 0904 21 10?

Derecho adicional del 50 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.

¿Se aplica este derecho en España?

Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.

¿De dónde importa la UE estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 0904.21, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue China (114 M US$), por delante de México.

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