Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 1002.90
1002 90 00: Centeno, los demás
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 1002 Centeno:
- 1002 90 00 Los demás
Lo que paga
Importación: UE
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 3
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- hasta el 31 de octubre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 2108/26
- Documentos
- Y126 Goods sold in distance sales
Requisitos de importación 4
- Control de importaciónControl oficial - plantas
- Se aplica a mercancías originarias de
- Afganistán, Estados Unidos, India, Irak, Irán, México, Nepal, Pakistán y 1 más
- Acto jurídico
- Regulation 2072/19
- Documentos
- C085 Documento Sanitario Común de Entrada para vegetales y productos vegetales (DSCE-PP) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección C, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
- Y146 Exención de los productos destinados a fines científicos de conformidad con el artículo 48, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/2031
- Y979 Exención de los controles oficiales en el caso de los vegetales, distintos de los vegetales para plantación, productos vegetales y otros objetos que formen parte del equipaje personal de los pasajeros y se destinen a su consumo o utilización personal [Reglamento (UE) 2019/2122, artículo 7 quinquies]
- Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
- Control de importaciónControl de las importaciones de productos ecológicos
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Suiza, Islandia, Liechtenstein, Noruega
- Acto jurídico
- Regulation 2306/21
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0692/14
- Documentos
- Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0263/22
- Documentos
- Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
-
Alemania 7 % tipo reducido
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Austria 10 % tipo reducido
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Bélgica 6 % tipo reducido
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Bulgaria 20 %
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Chequia 12 % tipo reducido
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Chipre 5 % tipo reducido
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Croacia 5 % tipo reducido
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Dinamarca 25 %
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Eslovaquia 19 % tipo reducido
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Eslovenia 9,5 % tipo reducido
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España 21 %
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Estonia 24 %
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Finlandia 13,5 % tipo reducido
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Francia 5,5 % tipo reducido
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Grecia 13 % tipo reducido
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Hungría 27 %
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Irlanda 23 %
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Italia 4 % tipo reducido
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Letonia 21 %
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Lituania 21 %
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Luxemburgo 3 % tipo reducido
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Malta 0 % tipo reducido
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Países Bajos 9 % tipo reducido
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Polonia 5 % tipo reducido
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Portugal 6 % tipo reducido
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Rumanía 11 % tipo reducido
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Suecia 6 % tipo reducido
TEDB · 29 de octubre de 2026
Tipos preferenciales por país
| Acuerdo o régimen | Países | Tipo |
|---|---|---|
| derecho de terceros países (sin acuerdo) | — | 93 €/t |
| GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) | Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 másAfganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia | Exento |
| CARIFORUM | Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 másAntigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago | Exento |
| PTU (Países y territorios de ultramar) | Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 másAntártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna | Exento |
| SADC EPA | Botsuana, Esuatini, Namibia | Exento |
| Estados de África Oriental y Meridional | Mauricio, Seychelles, Zimbabue | Exento |
| acuerdo UE–Andorra | Andorra | Exento |
| acuerdo UE–Albania | Albania | Exento |
| acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina | Bosnia y Herzegovina | Exento |
| acuerdo UE–Côte d’Ivoire | Côte d’Ivoire | Exento |
| acuerdo UE–Camerún | Camerún | Exento |
| acuerdo UE–Colombia | Colombia | Exento |
| acuerdo UE–Ecuador | Ecuador | Exento |
| acuerdo UE–Egipto | Egipto | Exento |
| Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. | Sáhara Occidental | Exento |
| acuerdo UE–Fiyi | Fiyi | Exento |
| acuerdo UE–Reino Unido | Reino Unido | Exento |
| acuerdo UE–Georgia | Georgia | Exento |
| acuerdo UE–Ghana | Ghana | Exento |
| acuerdo UE–Israel | Israel | Exento |
| acuerdo UE–Islandia | Islandia | Exento |
| acuerdo UE–Jordania | Jordania | Exento |
| acuerdo UE–Japón | Japón | Exento |
| acuerdo UE–Kenia | Kenia | Exento |
| acuerdo UE–Corea del Sur | Corea del Sur | Exento |
| acuerdo UE–Líbano | Líbano | Exento |
| acuerdo UE–Marruecos | Marruecos | Exento |
| acuerdo UE–Moldavia | Moldavia | Exento |
| acuerdo UE–Montenegro | Montenegro | Exento |
| acuerdo UE–Macedonia del Norte | Macedonia del Norte | Exento |
| acuerdo UE–Perú | Perú | Exento |
| acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea | Papúa Nueva Guinea | Exento |
| acuerdo UE–Territorios Palestinos | Territorios Palestinos | Exento |
| acuerdo UE–Serbia | Serbia | Exento |
| unión aduanera UE–San Marino | San Marino | Exento |
| acuerdo UE–Ucrania | Ucrania | Exento |
| acuerdo UE–Vietnam | Vietnam | Exento |
| acuerdo UE–Samoa | Samoa | Exento |
| acuerdo UE–Kosovo | Kosovo | Exento |
| acuerdo UE–Sudáfrica | Sudáfrica | Exento |
| Mercosur | Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay | 0 EUR / t |
| acuerdo UE–Canadá | Canadá | 0 EUR / t |
| acuerdo UE–Chile | Chile | 0 EUR / t |
| acuerdo UE–Nueva Zelanda | Nueva Zelanda | 23,25 EUR / t |
| acuerdo UE–Singapur | Singapur | 0 EUR / t |
| acuerdo UE–Turquía | Turquía | 0 EUR / t |
Notas a pie de página
La Unión se compromete a aplicar, a excepción de a los productos originarios de la Federación de Rusia o de la República de Bielorrusia o exportados directa o indirectamente desde dichos países, un derecho tal que el precio de importación despachado de aduana de tales cereales no sea superior al precio de intervención efectivo (o, en caso de modificación del sistema actual, al precio de apoyo efectivo) aumentado en un 55 %. El derecho aplicado no excederá en ningún caso del derecho indicado en la columna 3 para los cereales de las partidas siguientes:
ex1001, trigo,
1002, centeno,
ex1005, maíz, excepto semillas híbridas, y
ex1007, sorgo, excepto híbridos para siembra.
Tipo de derecho de aduana aplicable a los productos originarios de la Federación de Rusia y de la República de Bielorrusia o exportados directa o indirectamente desde dichos países.
UE: importaciones mensuales · HS 1002.90
Principales proveedores, últimos 12 meses
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 26 mil € | 66,2 % | -47,1 % | |
| 10 mil € | 24,9 % | +3406,8 % | |
| 1 mil € | 3,8 % | -51,1 % | |
| 227 € | 0,6 % | +27,5 % | |
| 135 € | 0,3 % | -45,3 % | |
| 135 € | 0,3 % | — | |
| 89 € | 0,2 % | -42,6 % | |
| 61 € | 0,2 % | — |
La misma subpartida en otros aranceles
Notas legales
Notas explicativas de la NC
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
Consideraciones generales del capítulo
CEREALES
Consideraciones generales
Las espigas de cereales (por ejemplo: de maíz) secas, que se han blanqueado, teñido, impregnado o tratado de otro modo para utilizarlas en ornamentación, se clasifican en la subpartida 0604 90 99.
Los cereales permanecen clasificados en este capítulo aun cuando hayan sido sometidos a un tratamiento térmico con fines de conservación y ello pueda haber provocado la gelatinización parcial del almidón y a veces el reventón del grano. La gelatinización parcial (pregelatinización) se produce durante el proceso de secado y afecta únicamente a una pequeña cantidad de los granos. Esta transformación del almidón no constituye la finalidad del tratamiento térmico, sino uno de sus efectos colaterales. Este tratamiento no debe considerarse «trabajado de otra forma» en el sentido de la nota 1.B) del capítulo 10.
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union
Esta subpartida en años anteriores
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | Los demás | 93 €/t | — |
| 2025 | sin cambios | 93 €/t | — |
| 2024 | sin cambios | 93 €/t | — |
| 2023 | sin cambios | 93 €/t | — |
| 2022 | sin cambios | 93 €/t | — |
| 2021 | sin cambios | 93 €/t | — |
| 2020 | sin cambios | 93 €/t | — |
| 2019 | Other | 93 €/t | — |
El código NC 1002 90 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 1002.90 (centeno, los demás).
El derecho de terceros países es un derecho específico o compuesto: 93 €/t.
Las mercancías originarias de 121 países pueden entrar en la UE con un tipo preferencial (por ejemplo, GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), CARIFORUM) en lugar del derecho de terceros países del 93 €/t; 112 de ellos están totalmente exentos.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 1002.90 por valor de 39,5 mil € (−97 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 0,25 € por kilo; Moldavia aportó el 66 %, por delante de Etiopía.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 130 %, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 7,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 7,2 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es del 4,2 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 5 % y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 1002.90 por valor de 232 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Rusia.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 1002 90 00?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es de 93 €/t; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 1002 90 00?
121 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 112 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 1002.90, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Rusia (13 M US$), por delante de Ucrania.