Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 2105.00

2105 00 10

2105 00 10: Helados: Sin materias grasas de la leche o con un contenido de materias grasas de la leche inferior al 3 % en peso

Helados

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 2105 00 Helados, incluso con cacao:
  2. 2105 00 10 Sin materias grasas de la leche o con un contenido de materias grasas de la leche inferior al 3 % en peso

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net) derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 3 medidas adicionales Requisitos de importación: 4
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 5

  • Derecho adicionalDerechos adicionales 50 % con el documento Y-155 (Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia) · en otro caso exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 1227/25
    Documentos
    • Y155 Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia
  • Derecho adicionalDerechos adicionales 50 %
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 1227/25
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 5

  • Control de importaciónControl veterinario
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Andorra, Suiza, Islas Feroe, Groenlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega, San Marino
    Acto jurídico
    Regulation 0632/21
    Documentos
    • N853 Documento Sanitario Común de Entrada para productos (DSCE-P) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección B, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
    • Y170 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Andorra, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y174 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Islandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y175 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Liechtenstein, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y177 Mercancías de origen de terceros países procedentes de San Marino, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y930 Los productos declarados no están referidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632 de la Comisión
    • C084 Exención en virtud de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Reglamento 2019/2122 (animales destinados a fines científicos, muestras para diagnóstico e investigación, y muestras destinadas al análisis de los productos y a ensayos de calidad)
  • Control de importaciónControl veterinario
    Se aplica a mercancías originarias de
    Groenlandia, Islas Feroe
    Acto jurídico
    Regulation 0632/21
    Documentos
    • N853 Documento Sanitario Común de Entrada para productos (DSCE-P) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección B, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
    • Y058 Exención en virtud del artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2019/2122 de la Comisión (Mercancías que forman parte del equipaje personal de los pasajeros y están destinadas a su consumo o uso personal) o del artículo 10 (pequeños envíos de bienes enviados a personas físicas que no están destinados a ser comercializados) del Reglamento Delegado 2019/2122 de la Comisión
    • Y170 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Andorra, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y174 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Islandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y175 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Liechtenstein, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y177 Mercancías de origen de terceros países procedentes de San Marino, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y930 Los productos declarados no están referidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632 de la Comisión
    • C084 Exención en virtud de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Reglamento 2019/2122 (animales destinados a fines científicos, muestras para diagnóstico e investigación, y muestras destinadas al análisis de los productos y a ensayos de calidad)
  • Control de importaciónControl de las importaciones de productos ecológicos
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Suiza, Islandia, Liechtenstein, Noruega
    Acto jurídico
    Regulation 2306/21
    Documentos
    • C644 Certificado de control por los productos ecológicos
    • Y929 Productos no afectados por el Reglamento (UE) n.º 2018/848 (productos ecológicos)
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

Contingentes arancelarios

Número de ordenOrigenDerecho contingentarioPeríodoVolumenSaldoValidez
09.9016 United States Exento · 0,1 EUR / 100 kg Z · 1,3 % · 1,3 % + 3,18 EUR / 100 kg · 1,5 % · 1,6 % + 3,56 EUR / 100 kg · 1,9 % · 10,68 EUR / 100 kg M · 2 % + 13,5 EUR / 100 kg · 2 % + 9,63 EUR / 100 kg 1 de julio de 2026 – 30 de junio de 2027 250.000.000 kg 245.502.040 kg Crítico

Saldos según el informe semanal de contingentes de la Comisión con fecha 23 de octubre de 2026.

IVA a la importación en los Estados miembros

El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.

  • Alemania 7 % tipo reducido
  • Austria 10 % tipo reducido
  • Bélgica 6 % tipo reducido
  • Bulgaria 20 %
  • Chequia 12 % tipo reducido
  • Chipre 19 %
  • Croacia 25 %
  • Dinamarca 25 %
  • Eslovaquia 23 %
  • Eslovenia 9,5 % tipo reducido
  • España 10 % tipo reducido
  • Estonia 24 %
  • Finlandia 13,5 % tipo reducido
  • Francia 5,5 % tipo reducido
  • Grecia 13 % tipo reducido
  • Hungría 27 %
  • Irlanda 23 %
  • Italia 10 % tipo reducido
  • Letonia 12 % tipo reducido
  • Lituania 21 %
  • Luxemburgo 3 % tipo reducido
  • Malta 0 % / 5 % tipo reducido
  • Países Bajos 9 % tipo reducido
  • Polonia 5 % tipo reducido
  • Portugal 23 %
  • Rumanía 11 % tipo reducido
  • Suecia 6 % tipo reducido

TEDB · 26 de octubre de 2026

Tipos preferenciales por país

Acuerdo o régimenPaísesTipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)—(8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net)
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 más

Afganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia

Exento
CARIFORUM
Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 más

Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago

Exento
PTU (Países y territorios de ultramar)
Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 más

Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna

Exento
América Central Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá Exento
SADC EPA Botsuana, Esuatini, Namibia Exento
Estados de África Oriental y Meridional Mauricio, Seychelles, Zimbabue Exento
acuerdo UE–Andorra Andorra Exento
acuerdo UE–Albania Albania Exento
acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina Bosnia y Herzegovina Exento
acuerdo UE–Canadá Canadá Exento
acuerdo UE–Suiza Suiza Exento
acuerdo UE–Côte d’Ivoire Côte d’Ivoire Exento
acuerdo UE–Camerún Camerún Exento
acuerdo UE–Colombia Colombia Exento
acuerdo UE–Ecuador Ecuador Exento
acuerdo UE–Egipto Egipto Exento
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. Sáhara Occidental Exento
acuerdo UE–Fiyi Fiyi Exento
acuerdo UE–Reino Unido Reino Unido Exento
acuerdo UE–Georgia Georgia Exento
acuerdo UE–Ghana Ghana Exento
acuerdo UE–Israel Israel Exento
acuerdo UE–Jordania Jordania Exento
acuerdo UE–Japón Japón Exento
acuerdo UE–Kenia Kenia Exento
acuerdo UE–Corea del Sur Corea del Sur Exento
acuerdo UE–Liechtenstein Liechtenstein Exento
acuerdo UE–Marruecos Marruecos Exento
acuerdo UE–Moldavia Moldavia Exento
acuerdo UE–Montenegro Montenegro Exento
acuerdo UE–Macedonia del Norte Macedonia del Norte Exento
acuerdo UE–Nueva Zelanda Nueva Zelanda Exento
acuerdo UE–Perú Perú Exento
acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea Papúa Nueva Guinea Exento
acuerdo UE–Territorios Palestinos Territorios Palestinos Exento
acuerdo UE–Serbia Serbia Exento
acuerdo UE–Singapur Singapur Exento
unión aduanera UE–San Marino San Marino Exento
acuerdo UE–Ucrania Ucrania Exento
acuerdo UE–Estados UnidosContingente Estados Unidos Exento
acuerdo UE–Vietnam Vietnam Exento
acuerdo UE–Samoa Samoa Exento
acuerdo UE–Kosovo Kosovo Exento
SPG - Régimen general
Congo, India, Indonesia, Islas Cook y 6 más

Congo, India, Indonesia, Islas Cook, Micronesia, Nigeria, Niue, Siria, Tayikistán, Vanuatu

5,1 % + 20,2 EUR / 100 kg MAX 19,4 % + 9,4 EUR / 100 kg
GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza)
Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 más

Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán

0 % + 20,2 EUR / 100 kg MAX 19,4 % + 9,4 EUR / 100 kg
Mercosur Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay 7,5 % + 17,67 EUR / 100 kg MAX 16,9 % + 8,22 EUR / 100 kg
acuerdo UE–Chile Chile 0 % + 10,1 EUR / 100 kg MAX 9,7 % + 4,7 EUR / 100 kg
acuerdo UE–Argelia Argelia 0 % + 20,2 EUR / 100 kg MAX 19,4 % + 9,4 EUR / 100 kg
acuerdo UE–Islas Feroe Islas Feroe 0 % + 20,2 EUR / 100 kg MAX 19,4 % + 9,4 EUR / 100 kg
acuerdo UE–Islandia Islandia 0 % + 20,2 EUR / 100 kg MAX 19,4 % + 9,4 EUR / 100 kg
acuerdo UE–Líbano Líbano 0 % + 20,2 EUR / 100 kg MAX 19,4 % + 9,4 EUR / 100 kg
acuerdo UE–Noruega Noruega 0 % + 20,2 EUR / 100 kg MAX 19,4 % + 9,4 EUR / 100 kg
acuerdo UE–Túnez Túnez 0 % + 20,2 EUR / 100 kg MAX 19,4 % + 9,4 EUR / 100 kg
unión aduanera UE–Turquía Turquía 0 % + 20,2 EUR / 100 kg MAX 19,4 % + 9,4 EUR / 100 kg
acuerdo UE–Sudáfrica Sudáfrica 5,1 % + 20,2 EUR / 100 kg MAX 19,4 % + 9,4 EUR / 100 kg

UE: importaciones mensuales · HS 2105.00

últimos 12 meses334,2 M €+15,4 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación3,90 € por kg
Tipo preferencial72 %
ene 2024: 9,8 M €feb 2024: 17,7 M €mar 2024: 20,8 M €abr 2024: 31,9 M €may 2024: 33,9 M €jun 2024: 34,3 M €jul 2024: 34,3 M €ago 2024: 27,5 M €sept 2024: 15,9 M €oct 2024: 13,2 M €nov 2024: 7 M €dic 2024: 11 M €ene 2025: 17,3 M €feb 2025: 18,2 M €mar 2025: 24,4 M €abr 2025: 30,7 M €may 2025: 34,4 M €jun 2025: 40,4 M €jul 2025: 45,4 M €ago 2025: 31,9 M €sept 2025: 17,9 M €oct 2025: 13,5 M €nov 2025: 10,7 M €dic 2025: 10,1 M €ene 2026: 14,7 M €feb 2026: 18,8 M €mar 2026: 32,9 M €abr 2026: 34,7 M €may 2026: 43,4 M €jun 2026: 50,1 M €jul 2026: 53,2 M €ago 2026: 34,2 M € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
Reino Unido 137,9 M € 41,3 % -1,2 %
Serbia 77,9 M € 23,3 % +3,3 %
China 42,2 M € 12,6 % +4451,1 %
Ucrania 33,7 M € 10,1 % -0,5 %
Macedonia del Norte 10,2 M € 3,1 % +21,3 %
Brasil 8,7 M € 2,6 % +66 %
Suiza 7,3 M € 2,2 % -9,5 %
Corea del Sur 5,5 M € 1,6 % +169,2 %

La misma subpartida en otros aranceles

2105.00 Helados, incluso con cacao

Turquía 7,9 % – 8,6 % Derecho de terceros países 6 líneas arancelarias · media 8,2 % EE. UU. 17 % – 20 % General (NMF) 7 líneas arancelarias · media 19,4 % · 2× derecho específico o compuesto Reino Unido 6 % – 8 % Derecho de terceros países 3 líneas arancelarias · media 7,3 % Canadá 6,5 % – 9,5 % Derecho de terceros países 7 líneas arancelarias · media 7,3 % · 3× derecho específico o compuesto México derecho específico o compuesto Derecho de terceros países 1 línea arancelaria Brasil 14,4 % – 16,2 % Derecho de terceros países 2 líneas arancelarias · media 15,3 % Argentina 16 % – 18 % Derecho de terceros países 6 líneas arancelarias · media 17 % Perú Exento – 6 % Derecho de terceros países 2 líneas arancelarias · media 3 % Nueva Zelanda 5 % Derecho de terceros países 9 líneas arancelarias · 6× derecho específico o compuesto Japón 21 % – 29,8 % Derecho de terceros países 8 líneas arancelarias · media 24,5 % Taiwán 10 % – 16,5 % Derecho de terceros países 2 líneas arancelarias · media 13,3 % CCG 5 % Derecho de terceros países 2 líneas arancelarias Suiza derecho específico o compuesto Derecho de terceros países 7 líneas arancelarias Noruega 28 % Derecho de terceros países 3 líneas arancelarias · 2× derecho específico o compuesto Macedonia del Norte derecho específico o compuesto Derecho de terceros países 3 líneas arancelarias Nigeria 20 % Derecho de terceros países 1 línea arancelaria

Líneas arancelarias (UE): 2105.00

Resoluciones vinculantes para mercancías similares

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • N363876 U.S. CBP 27 de agosto de 2026 · 2105.00.50.00

    The tariff classification of Frozen Mochi Ice Treats from Thailand

  • N363878 U.S. CBP 26 de agosto de 2026 · 2105.00.50.00

    The tariff classification of Frozen Mochi Ice Treats from Thailand

  • N363869 U.S. CBP 24 de agosto de 2026 · 2105.00.50.00

    The tariff classification of Frozen Mochi Ice Treats from Thailand

  • N361687 U.S. CBP 3 de junio de 2026 · 2105.00.30.00

    The tariff classification of Chocolate Chip Ice Cream Sandwich from Canada

  • 600012816 HMRC 21 de mayo de 2025 – 20 de mayo de 2028 · 2105 00 10 90

    Sorbet, No milkfats or dairy are included in this product. Sorbet is a frozen dessert made from puréed fruit or fruit juice mixed with water and sweeteners. The main ingredient of this product is concentrated Mango fruit pulp. The product is a smooth, rich yellow colour. Packed in 4 litre…

  • 600012817 HMRC 21 de mayo de 2025 – 20 de mayo de 2028 · 2105 00 10 00

    Sorbet. No milkfats or dairy are included in this product. Sorbet is a non-dairy frozen dessert made from puréed fruit or fruit juice mixed with water and sweeteners. The main ingredient of this product is made with concentrated dragonfruit pulp. The product is a smooth, rich vibrant pink colour.…

  • 600012818 HMRC 21 de mayo de 2025 – 20 de mayo de 2028 · 2105 00 10 00

    Sorbet No milkfats or dairy are included. Acai, Strawberry & Banana flavoured Sorbet. Sorbet is a non-dairy frozen dessert made from puréed fruit or fruit juice mixed with water and sweeteners. The main ingredient of this product is made with concentrated Acai fruit pulp. The product is a smooth,…

  • 600009896 HMRC 9 de abril de 2024 – 8 de abril de 2027 · 2105 00 10 00

    Product is a 300g tub of milk chocolate orange ice cream, swirled with chocolate sauce and coated in milk chocolate. It contains Water, Sugar, Reconstituted skimmed milk powder, Glucose syrup, Whey powder (from milk), Coconut fat, Cocoa powder, Glucose-fructose syrup, Cocoa paste, Cocoa butter,…

34 resoluciones en total para este código

Notas legales

Notas de capítulo: Capítulo 21 →

Notas explicativas de la NC

Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.

2105 00 · Helados, incluso con cacao

Para la aplicación de esta partida, se entenderá por «helados y productos similares» las preparaciones alimenticias, acondicionadas o no para la venta al por menor, aunque contengan cacao o chocolate (incluso como recubrimiento), en los que el estado sólido o pastoso se obtiene por congelación, y que se consumen tal como se presentan.

Estos productos se caracterizan por la propiedad esencial de volver al estado líquido o semilíquido cuando se colocan en un ambiente a una temperatura alrededor de 0 °C.

Por el contrario, las preparaciones que no posean la propiedad esencial descrita anteriormente, aunque tengan aspecto de helados, se clasifican, en general, en las partidas 1806, 1901 ó 2106.

Los productos de esta partida tienen denominaciones muy diversas (helados, casata, corte, conos, etc.) y se presentan en formas variadas; pueden contener, además de cacao o de chocolate, azúcares, grasas vegetales de la leche, leche desnatada o sin desnatar, frutas, estabilizantes, sustancias aromáticas, colorantes, etc.

El contenido total de estas grasas no excede, en general, del 15 % en peso del producto terminado. Sin embargo, algunas especialidades en cuya fabricación se utiliza una gran proporción de nata de leche, pueden tener un contenido total de grasa próximo al 20 % en peso.

Para la fabricación de algunos helados, se incorpora aire a las materias primas que se manipulan para aumentar el volumen del producto terminado (esponjamiento).

Sólo se considera que contienen cacao, en el sentido de la partida 2105 00, los productos que contengan cacao en grano, pasta de cacao o cacao en polvo.

Véanse también las notas explicativas del SA, partida 2105, principalmente para las exclusiones.

Consideraciones generales del capítulo

PREPARACIONES ALIMENTICIAS DIVERSAS

Consideraciones generales

La clasificación de los «complementos alimenticios» [según se mencionan en el punto 16 de la nota explicativa del SA relativa a la partida 2106 ], en particular otras preparaciones alimenticias presentadas en dosis, tales como cápsulas, tabletas, pastillas y píldoras, que estén destinadas a ser utilizadas como complementos alimenticios, debe entenderse también con arreglo a los criterios establecidos en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los asuntos acumulados C-410/08 a C-412/08 («Swiss Caps»).

Nota complementaria 1

Esta nota complementaria se refiere, en particular, a las maltodextrinas.

Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union

Esta subpartida en años anteriores

La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.

AñoDesignaciónDerecho de terceros paísesUnidad suplementaria
2026 Sin materias grasas de la leche o con un contenido de materias grasas de la leche inferior al 3 % en peso (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net) —
2025 sin cambios (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net) —
2024 sin cambios (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net) —
2023 sin cambios (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net) —
2022 sin cambios (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net) —
2021 sin cambios (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net) —
2020 sin cambios (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net) —
2019 Containing no milkfats or containing less than 3 % by weight of such fats (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net) —

El código NC 2105 00 10 es una línea de la nomenclatura combinada de la UE dentro de la subpartida SA 2105.00 (helados, incluso con cacao).

El derecho de terceros países es un derecho específico o compuesto: (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net).

121 países no pagan ningún derecho en la UE gracias a acuerdos comerciales y regímenes preferenciales como GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) y CARIFORUM, frente a un derecho de terceros países del (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net).

En la UE, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 50 %.

En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 2105.00 en la UE sumaron 334,2 M € (+15 % respecto a los 12 meses anteriores); el Reino Unido aportó el 41 %, por delante de Serbia.

Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 7,9 % al 8,6 %, el derecho general en Estados Unidos va del 17 % al 20 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 6 % al 8 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá va del 6,5 % al 9,5 %, el tipo de la TEC en Brasil va del 14,4 % al 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 16 % al 18 %, el derecho ad valorem en Perú va del 0 % al 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón va del 21 % al 29,8 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 10 % al 16,5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho ordinario en Noruega es del 28 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.

Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 2105.00 por valor de 3585 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue el Reino Unido.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código NC 2105 00 10?

El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es de (8,6 + 20,2 €/100 kg/net) MAX (19,4 + 9,4 €/100 kg/net); la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 2105 00 10?

152 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 121 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.

¿Se aplican derechos antidumping u otros derechos adicionales al código NC 2105 00 10?

Derecho adicional del 50 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.

¿Se aplica este derecho en España?

Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.

¿De dónde importa la UE estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 2105.00, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue el Reino Unido (125 M US$), por delante de Serbia.

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