Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 2833.29
2833 29 30
2833 29 30: Los demás sulfatos: De cobalto o titanio
Los demás sulfatos
✓ Utilizable en una declaración aduaneraDatos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Control de importaciónControl a la importación – residuos
Se aplica a mercancías originarias de
todos los países
Acto jurídico
Regulation 1157/24
Documentos
C672 Información que debe acompañar a los traslados de resididuos conforme al Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 18 y anexo VII
C669 Documento de notificación conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 5 y anexo IA
Y923 Producto no sujeto a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157
C670 Documento de movimiento conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 5 y anexo IAB
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Bielorrusia, Ucrania
Acto jurídico
Regulation 0765/06, Regulation 0692/14
Documentos
Y727 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 3).
Y728 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 4).
Y770 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 1 novodecies bis, apartado.9 sexies).
L152 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
Y870 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]
Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Control de importaciónControl a la importación de REACH
Se aplica a mercancías originarias de
todos los países
Acto jurídico
Regulation 1907/06
Documentos
Y106 Cumplimiento de las restricciones de REACH definidas en la columna 2 del anexo XVII del Reglamento n.º 1907/2006
Y110 Exención de las restricciones de REACH en virtud del artículo 67, apartados 1 y 2, del Reglamento n.º 1907/2006
Y113 Sustancia/mezcla no sujeto a las disposiciones del Reglamento (UE) n º 1907/2006 (Anexo XVII)
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Rusia
Vigencia
hasta el 31 de diciembre de 2027
Acto jurídico
Regulation 0833/14
Documentos
L142 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
Y874 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).
L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Ucrania
Acto jurídico
Regulation 0263/22
Documentos
Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Medidas de exportación 6
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
Medidas de exportación
Destino
Acto jurídico
Validez
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Crimea and Sevastopol
Ucrania
Regulation 0692/14
25 de febrero de 2025
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Russia
Rusia
Regulation 0833/14
27 de septiembre de 2024
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Belarus
Bielorrusia
Regulation 0765/06
25 de febrero de 2025
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Non-government-controlled areas of Ukraine
Ucrania
Regulation 0263/22
25 de agosto de 2022
Control a la exportación – residuos
Australia, Canadá, Suiza, Chile, Colombia, Costa Rica, Reino Unido, Israel, Islandia, Japón, Corea del Sur, Liechtenstein, México, Noruega, Nueva Zelanda, Turquía, Estados Unidos
Regulation 1157/24
21 de mayo de 2026
Control a la exportación – residuos
All third countries (excepto Australia, Canadá, Suiza, Chile, Colombia, Costa Rica, Reino Unido, Israel, Islandia, Japón, Corea del Sur, Liechtenstein, México, Noruega, Nueva Zelanda, Turquía, Estados Unidos)
Regulation 1157/24
21 de mayo de 2026
Datos TARIC a 4 de noviembre de 2026
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
Alemania19 %
Austria20 %
Bélgica21 %
Bulgaria20 %
Chequia12 % tipo reducido
Chipre19 %
Croacia25 %
Dinamarca25 %
Eslovaquia23 %
Eslovenia22 %
España21 %
Estonia24 %
Finlandia25,5 %
Francia10 % tipo reducido
Grecia24 %
Hungría27 %
Irlanda23 %
Italia22 %
Letonia21 %
Lituania21 %
Luxemburgo17 %
Malta18 %
Países Bajos21 %
Polonia23 %
Portugal23 %
Rumanía21 %
Suecia6 % tipo reducido
TEDB · 4 de noviembre de 2026
Tipos preferenciales por país
Acuerdo o régimen
Países
Tipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)
—
5,3 %
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra.
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
2833 29 30 · De cobalto o titanio
Se clasifican principalmente en esta subpartida:
1. el trisulfato de dititanio (sulfato de titanio, sesquisulfato de titanio, sulfato de titanio trivalente) [Ti2(SO4)3]. Se presenta anhidro en forma de polvo cristalino verde insoluble en agua, pero soluble en los ácidos diluidos, con los que forma una disolución violeta. Hidratado, forma un compuesto cristalino estable, soluble en agua. Se utiliza como agente reductor en la industria textil;
2. el oxisulfato de titanio (sulfato de titanio) [(TiO)SO4]. Puede presentarse anhidro, en forma de polvo blanco higroscópico o hidratado en una de las numerosas formas entre las que el dihidrato es el más estable. Se utiliza como mordiente en tintorería;
3. el disulfato de titanio [Ti(SO4)2] es un polvo blanco, muy higroscópico y muy poco estable.
Consideraciones generales del capítulo
PRODUCTOS QUÍMICOS INORGÁNICOS; COMPUESTOS INORGÁNICOS U ORGÁNICOS DE METAL PRECIOSO, DE ELEMENTOS RADIACTIVOS, DE METALES DE LAS TIERRAS RARAS O DE ISÓTOPOS
Consideraciones generales
Los compuestos inorgánicos aislados de constitución química definida, presentados como complementos alimenticios en cápsulas (excepto en microcápsulas), por ejemplo de gelatina, se excluyen de este capítulo, ya que la presentación en cápsulas corresponde a un tratamiento no comprendido en la nota 1 de este capítulo.
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
Año
Designación
Derecho de terceros países
Unidad suplementaria
2026
De cobalto o titanio
5,3 %
—
2025
sin cambios
5,3 %
—
2024
sin cambios
5,3 %
—
2023
sin cambios
5,3 %
—
2022
sin cambios
5,3 %
—
2021
sin cambios
5,3 %
—
2020
sin cambios
5,3 %
—
2019
Of cobalt; of titanium
5,3 %
—
En la nomenclatura combinada de la UE, 2833 29 30 es una de las 4 líneas de la subpartida 2833.29, sulfatos; alumbres; peroxosulfatos (persulfatos): los demás sulfatos, los demás.
El derecho de terceros países es del 5,3 %, y las cantidades se declaran en —.
Las mercancías originarias de 152 países pueden entrar en la UE con un tipo preferencial (por ejemplo, GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), CARIFORUM) en lugar del derecho de terceros países del 5,3 %; 148 de ellos están totalmente exentos.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 2833.29 por valor de 161,1 M € (−11 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 0,34 € por kilo; China aportó el 53 %, por delante de Noruega.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 4,6 % al 5,5 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 5,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 4 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México va del 0 % al 7 %, el tipo de la TEC en Brasil va del 0 % al 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 0 % al 10 %, el derecho ad valorem en Perú va del 0 % al 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 0 % al 3,9 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 2,5 % al 5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 3 % y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 2833.29 por valor de 348 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 2833 29 30?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 5,3 %; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 2833 29 30?
152 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 148 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 2833.29, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue China (72 M US$), por delante de Noruega.
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