Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 3204.13

3204 13 00

3204 13 00: Colorantes básicos y preparaciones a base de estos colorantes

No declarable por sí solo: utilice una de sus 7 subdivisiones Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 3204 Materias colorantes orgánicas sintéticas, aunque sean de constitución química definida; preparaciones a que se refiere la Nota 3 de este Capítulo a base de materias colorantes orgánicas sintéticas; productos orgánicos sintéticos de los tipos utilizados para el avivado fluorescente o como luminóforos, aunque sean de constitución química definida:
  2. Materias colorantes orgánicas sintéticas y preparaciones a que se refiere la Nota 3 de este Capítulo a base de dichas materias colorantes:
  3. 3204 13 00 Colorantes básicos y preparaciones a base de estos colorantes

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana 6,5 % derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 5 medidas adicionales Requisitos de importación: 5
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 11

  • Suspensión arancelariaSuspensión - productos destinados a ciertas clases de buques y de plataformas de perforación o de explotación Exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 2658/87
    Documentos
    • C990 Autorización de destino final buques y plataformas (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)
  • Suspensión arancelariaSuspensión arancelaria de aeronavegabilidad Exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 1517/18
    Documentos
    • C119 Certificado de aptitud para el servicio — formulario EASA 1 (apéndice I del anexo I del Reglamento (UE) n.º 748/2012), o certificado equivalente
  • Suspensión arancelariaSuspensiones arancelarias autónomas Exento
    Solo para
    3204 13 00 10 Colourant C.I. Basic Red 1|(CAS RN 989-38-8) and preparations based thereon with a colourant C.I. Basic Red 1|content of 50|% or more by weight
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 2605/25
  • Suspensión arancelariaSuspensiones arancelarias autónomas Exento
    Solo para
    3204 13 00 15 Colourant C.I. Basic Blue 41|(CAS|RN|12270-13-2) and preparations based thereon with a colourant C.I. Basic Blue 41|content of 50|% or more by weight
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 2605/25
  • Suspensión arancelariaSuspensiones arancelarias autónomas Exento
    Solo para
    3204 13 00 35 Colourant C.I. Basic Yellow 28 (CAS RN 54060-92-3) and preparations based thereon with a colourant C.I. Basic Yellow 28 content of 50 % or more by weight
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 2605/25
  • Suspensión arancelariaSuspensiones arancelarias autónomas Exento
    Solo para
    3204 13 00 40 Colourant C.I. Basic Violet 1|(CAS RN 603-47-4|or CAS RN 8004-87-3) and preparations based thereon with a colourant C.I. Basic Violet 1|content of 90|% or more by weight
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 2605/25
  • Suspensión arancelariaSuspensiones arancelarias autónomas Exento
    Solo para
    3204 13 00 60 Colourant C.I Basic Red 1:1 (CAS RN 3068-39-1) and preparations based thereon with a colourant C.I Basic Red 1:1 content of 90 % or more by weight
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 2605/25
  • Suspensión arancelariaSuspensiones arancelarias autónomas Exento
    Solo para
    3204 13 00 85 Mixture containing by weight: -25 % or more but not more than 40 % of Colourant C.I. Basic Blue 3 (CAS RN 33203-82-6) and -25 % or more but not more than 40 % of C.I. Basic Blue 159 (CAS RN 105953-73-9)
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 2605/25
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 6

  • Control de importaciónControl veterinario
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Andorra, Suiza, Islas Feroe, Groenlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega, San Marino
    Acto jurídico
    Regulation 0632/21
    Documentos
    • N853 Documento Sanitario Común de Entrada para productos (DSCE-P) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección B, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
    • Y058 Exención en virtud del artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2019/2122 de la Comisión (Mercancías que forman parte del equipaje personal de los pasajeros y están destinadas a su consumo o uso personal) o del artículo 10 (pequeños envíos de bienes enviados a personas físicas que no están destinados a ser comercializados) del Reglamento Delegado 2019/2122 de la Comisión
    • Y170 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Andorra, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y174 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Islandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y175 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Liechtenstein, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y177 Mercancías de origen de terceros países procedentes de San Marino, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y930 Los productos declarados no están referidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632 de la Comisión
    • C084 Exención en virtud de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Reglamento 2019/2122 (animales destinados a fines científicos, muestras para diagnóstico e investigación, y muestras destinadas al análisis de los productos y a ensayos de calidad)
  • Control de importaciónControl veterinario
    Se aplica a mercancías originarias de
    Groenlandia, Islas Feroe
    Acto jurídico
    Regulation 0632/21
    Documentos
    • N853 Documento Sanitario Común de Entrada para productos (DSCE-P) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección B, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
    • Y058 Exención en virtud del artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2019/2122 de la Comisión (Mercancías que forman parte del equipaje personal de los pasajeros y están destinadas a su consumo o uso personal) o del artículo 10 (pequeños envíos de bienes enviados a personas físicas que no están destinados a ser comercializados) del Reglamento Delegado 2019/2122 de la Comisión
    • Y170 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Andorra, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y171 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Suiza, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y174 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Islandia, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y175 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Liechtenstein, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y177 Mercancías de origen de terceros países procedentes de San Marino, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
    • Y930 Los productos declarados no están referidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632 de la Comisión
    • C084 Exención en virtud de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Reglamento 2019/2122 (animales destinados a fines científicos, muestras para diagnóstico e investigación, y muestras destinadas al análisis de los productos y a ensayos de calidad)
  • Control de importaciónControl a la importación – residuos
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 1157/24
    Documentos
    • C672 Información que debe acompañar a los traslados de resididuos conforme al Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 18 y anexo VII
    • C669 Documento de notificación conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 5 y anexo IA
    • Y923 Producto no sujeto a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157
    • C670 Documento de movimiento conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 5 y anexo IAB
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación de REACH
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 1907/06
    Documentos
    • Y106 Cumplimiento de las restricciones de REACH definidas en la columna 2 del anexo XVII del Reglamento n.º 1907/2006
    • Y110 Exención de las restricciones de REACH en virtud del artículo 67, apartados 1 y 2, del Reglamento n.º 1907/2006
    • Y113 Sustancia/mezcla no sujeto a las disposiciones del Reglamento (UE) n º 1907/2006 (Anexo XVII)
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

Subdivisiones TARIC

Declare el código TARIC de 10 dígitos que corresponda a las mercancías: las medidas pueden variar de una subdivisión a otra.

3204 13 00 10Colourant C.I. Basic Red 1 (CAS RN 989-38-8) and preparations based thereon with a colourant C.I. Basic Red 1 content of 50 % or more by weight
3204 13 00 15Colourant C.I. Basic Blue 41 (CAS RN 12270-13-2) and preparations based thereon with a colourant C.I. Basic Blue 41 content of 50 % or more by weight
3204 13 00 35Colourant C.I. Basic Yellow 28 (CAS RN 54060-92-3) and preparations based thereon with a colourant C.I. Basic Yellow 28 content of 50 % or more by weight
3204 13 00 40Colourant C.I. Basic Violet 1 (CAS RN 603-47-4 or CAS RN 8004-87-3) and preparations based thereon with a colourant C.I. Basic Violet 1 content of 90 % or more by weight
3204 13 00 60Colourant C.I Basic Red 1:1 (CAS RN 3068-39-1) and preparations based thereon with a colourant C.I Basic Red 1:1 content of 90 % or more by weight
3204 13 00 85Mixture containing by weight: -25 % or more but not more than 40 % of Colourant C.I. Basic Blue 3 (CAS RN 33203-82-6) and -25 % or more but not more than 40 % of C.I. Basic Blue 159 (CAS RN 105953-73-9)
3204 13 00 90Other

Medidas de exportación 4

Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.

Medidas de exportaciónDestinoActo jurídicoValidez
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Russia Rusia Regulation 0833/14 22 de octubre de 2025
Control de la exportación de mercancías y tecnologías restringidasRégimen de sanciones: Syria Siria Regulation 0697/13 24 de julio de 2013
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Belarus Bielorrusia Regulation 0765/06 24 de abril de 2026
Control a la exportación – residuos All third countries Regulation 1157/24 21 de mayo de 2026

Datos TARIC a 2 de noviembre de 2026

IVA a la importación en los Estados miembros

El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.

  • Alemania 19 %
  • Austria 20 %
  • Bélgica 21 %
  • Bulgaria 20 %
  • Chequia 21 %
  • Chipre 19 %
  • Croacia 25 %
  • Dinamarca 25 %
  • Eslovaquia 23 %
  • Eslovenia 22 %
  • España 21 %
  • Estonia 24 %
  • Finlandia 25,5 %
  • Francia 20 %
  • Grecia 24 %
  • Hungría 27 %
  • Irlanda 23 %
  • Italia 22 %
  • Letonia 21 %
  • Lituania 21 %
  • Luxemburgo 17 %
  • Malta 18 %
  • Países Bajos 21 %
  • Polonia 23 %
  • Portugal 23 %
  • Rumanía 21 %
  • Suecia 6 % tipo reducido

TEDB · 2 de noviembre de 2026

Tipos preferenciales por país

Acuerdo o régimenPaísesTipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)—6,5 %
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 más

Afganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia

Exento
CARIFORUM
Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 más

Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago

Exento
PTU (Países y territorios de ultramar)
Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 más

Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna

Exento
GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza)
Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 más

Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán

Exento
América Central Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá Exento
SADC EPA Botsuana, Esuatini, Namibia Exento
Espacio Económico Europeo Islandia, Liechtenstein, Noruega Exento
Estados de África Oriental y Meridional Mauricio, Seychelles, Zimbabue Exento
unión aduanera UE–Andorra Andorra Exento
acuerdo UE–Albania Albania Exento
acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina Bosnia y Herzegovina Exento
acuerdo UE–Canadá Canadá Exento
acuerdo UE–Suiza Suiza Exento
acuerdo UE–Côte d’Ivoire Côte d’Ivoire Exento
acuerdo UE–Chile Chile Exento
acuerdo UE–Camerún Camerún Exento
acuerdo UE–Colombia Colombia Exento
acuerdo UE–Argelia Argelia Exento
acuerdo UE–Ecuador Ecuador Exento
acuerdo UE–Egipto Egipto Exento
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. Sáhara Occidental Exento
acuerdo UE–Fiyi Fiyi Exento
acuerdo UE–Islas Feroe Islas Feroe Exento
acuerdo UE–Reino Unido Reino Unido Exento
acuerdo UE–Georgia Georgia Exento
acuerdo UE–Ghana Ghana Exento
acuerdo UE–Israel Israel Exento
acuerdo UE–Jordania Jordania Exento
acuerdo UE–Japón Japón Exento
acuerdo UE–Kenia Kenia Exento
acuerdo UE–Corea del Sur Corea del Sur Exento
acuerdo UE–Líbano Líbano Exento
acuerdo UE–Marruecos Marruecos Exento
acuerdo UE–Moldavia Moldavia Exento
acuerdo UE–Montenegro Montenegro Exento
acuerdo UE–Macedonia del Norte Macedonia del Norte Exento
acuerdo UE–México México Exento
acuerdo UE–Nueva Zelanda Nueva Zelanda Exento
acuerdo UE–Perú Perú Exento
acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea Papúa Nueva Guinea Exento
acuerdo UE–Territorios Palestinos Territorios Palestinos Exento
acuerdo UE–Serbia Serbia Exento
acuerdo UE–Singapur Singapur Exento
unión aduanera UE–San Marino San Marino Exento
acuerdo UE–Siria Siria Exento
acuerdo UE–Túnez Túnez Exento
unión aduanera UE–Turquía Turquía Exento
acuerdo UE–Ucrania Ucrania Exento
acuerdo UE–Estados Unidos Estados Unidos Exento
acuerdo UE–Vietnam Vietnam Exento
acuerdo UE–Samoa Samoa Exento
acuerdo UE–Kosovo Kosovo Exento
acuerdo UE–Sudáfrica Sudáfrica Exento
SPG - Régimen general
Congo, India, Indonesia, Islas Cook y 5 más

Congo, India, Indonesia, Islas Cook, Micronesia, Nigeria, Niue, Tayikistán, Vanuatu

2,2 %
Mercosur Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay 5,2 %

UE: importaciones mensuales · HS 3204.13

últimos 12 meses29,5 M €-16,5 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación7,03 € por kg
Tipo preferencial67 %
ene 2024: 2,5 M €feb 2024: 3,5 M €mar 2024: 3,1 M €abr 2024: 4 M €may 2024: 2,8 M €jun 2024: 2,9 M €jul 2024: 3,3 M €ago 2024: 3,7 M €sept 2024: 2,7 M €oct 2024: 3 M €nov 2024: 2,7 M €dic 2024: 2,1 M €ene 2025: 3,4 M €feb 2025: 3,6 M €mar 2025: 3 M €abr 2025: 4,4 M €may 2025: 2,7 M €jun 2025: 2,9 M €jul 2025: 2,9 M €ago 2025: 2 M €sept 2025: 2,8 M €oct 2025: 2 M €nov 2025: 1,9 M €dic 2025: 1,9 M €ene 2026: 1,9 M €feb 2026: 2,5 M €mar 2026: 2,8 M €abr 2026: 2,5 M €may 2026: 2,8 M €jun 2026: 2,8 M €jul 2026: 2,6 M €ago 2026: 3,2 M € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
India 13 M € 44,1 % -12 %
Reino Unido 6,4 M € 21,6 % +2,5 %
China 4,5 M € 15,4 % -31 %
Estados Unidos 2,2 M € 7,4 % +44,5 %
Japón 1,4 M € 4,6 % +5 %
México 669 mil € 2,3 % -76,7 %
Indonesia 640 mil € 2,2 % +22,4 %
Suiza 590 mil € 2 % -31,3 %

La misma subpartida en otros aranceles

3204.13 Colorantes básicos y preparaciones a base de estos colorantes

Resoluciones vinculantes para mercancías similares

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • N350124 U.S. CBP 25 de junio de 2025 · 3204.13.10.00

    The tariff classification of Basic Yellow 40 from India

  • N349208 U.S. CBP 11 de junio de 2025 · 3204.13.80.00

    The tariff classification of Basic Violet Dye 111 from China

  • N349207 U.S. CBP 10 de junio de 2025 · 3204.13.80.00

    The tariff classification of Basic Red Dye 11. from China

  • N274661 U.S. CBP 22 de abril de 2016 · 3204.13.80.00

    The tariff classification of “Gentian Violet” or “Crystal Violet” CAS # 548-62-9 from China

5 resoluciones en total para este código

Notas legales

Notas

Notas de capítulo: Capítulo 32 →

Notas explicativas de la NC

Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.

3204 11 00 a 3204 19 00 · Materias colorantes orgánicas sintéticas y preparaciones a que se refiere la nota 3 de este capítulo a base de dichas materias colorantes

Se clasifican en estas subpartidas:

1. las materias colorantes orgánicas sintéticas mezcladas o sin mezclar entre sí, normalizadas o sin normalizar, con sustancias minerales inertes, pero que solo contengan pequeñas cantidades de productos tensoactivos u otros productos auxiliares para facilitar el teñido de la fibra (véanse las notas explicativas del SA, partida 3204, parte I, segundo párrafo, apartados A y B);

2. las preparaciones a las que se refiere la nota 3 del capítulo, es decir, los productos descritos en las notas explicativas del SA, partida 3204, parte I, segundo párrafo, apartados C a E.

En lo que respecta a las materias colorantes de las subpartidas 3204 11 00 a 3204 19 00, que teniendo en cuenta sus aplicaciones pueden pertenecer a dos o más categorías de subpartidas diferentes, conviene, para determinar la clasificación, remitirse a las notas explicativas de subpartida del SA, subpartidas 3204 11 a 3204 19, párrafo decimoprimero.

3204 13 00 · Colorantes básicos y preparaciones a base de estos colorantes

Véase la nota explicativa de subpartidas del SA, subpartidas 3204 11 a 3204 19, quinto párrafo.

Consideraciones generales del capítulo

EXTRACTOS CURTIENTES O TINTÓREOS; TANINOS Y SUS DERIVADOS; PIGMENTOS Y DEMÁS MATERIAS COLORANTES; PINTURAS Y BARNICES; MÁSTIQUES; TINTAS

Nota 4

La palabra «disoluciones» empleada en esta nota, así como en la nota 6 a) del capítulo 39 no comprende las disoluciones coloidales.

Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union

Esta subpartida en años anteriores

La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.

AñoDesignaciónDerecho de terceros paísesUnidad suplementaria
2026 Colorantes básicos y preparaciones a base de estos colorantes 6,5 % —
2025 sin cambios 6,5 % —
2024 sin cambios 6,5 % —
2023 sin cambios 6,5 % —
2022 sin cambios 6,5 % —
2021 sin cambios 6,5 % —
2020 sin cambios 6,5 % —
2019 Basic dyes and preparations based thereon 6,5 % —

El código NC 3204 13 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 3204.13 (colorantes básicos y preparaciones a base de estos colorantes).

El derecho de terceros países es del 6,5 %, y las cantidades se declaran en —.

140 países no pagan ningún derecho en la UE gracias a acuerdos comerciales y regímenes preferenciales como GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) y CARIFORUM, frente a un derecho de terceros países del 6,5 %.

En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 3204.13 en la UE sumaron 29,5 M € (−16 % respecto a los 12 meses anteriores); India aportó el 44 %, por delante del Reino Unido.

Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 6,5 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 6,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 0 % al 6 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 12,6 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 12,6 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es del 4,4 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.

Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 3204.13 por valor de 75 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue India.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código NC 3204 13 00?

El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 6,5 %; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 3204 13 00?

153 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 140 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.

¿Se aplica este derecho en España?

Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.

¿De dónde importa la UE estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 3204.13, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue India (13 M US$), por delante de China.

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