Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 4105.30

4105 30 10

4105 30 10: De mestizos de la India, con precurtido vegetal, aunque se hayan sometido a ciertas operaciones, pero manifiestamente inutilizables para la fabricación de manufacturas de piel

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 4105 Pieles curtidas o crust, de ovino, depiladas, incluso divididas pero sin otra preparación:
  2. 4105 30 En estado seco (crust):
  3. 4105 30 10 De mestizos de la India, con precurtido vegetal, aunque se hayan sometido a ciertas operaciones, pero manifiestamente inutilizables para la fabricación de manufacturas de piel

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana Exento derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 3 medidas adicionales Requisitos de importación: 3
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 4

  • Suspensión arancelariaSuspensión - productos destinados a ciertas clases de buques y de plataformas de perforación o de explotación Exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 2658/87
    Documentos
    • C990 Autorización de destino final buques y plataformas (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 3

  • Control de importaciónControl a la importación – CITES
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0966/23
    Documentos
    • C400 Presentación del certificado "CITES" requerida
    • Y900 Los bienes declarados no están comprendidos en la Convención de Washington (CITES)
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

Medidas de exportación 1

Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.

Medidas de exportaciónDestinoActo jurídicoValidez
Control a la exportación – CITES All third countries Regulation 0966/23 20 de mayo de 2023

Datos TARIC a 26 de octubre de 2026

IVA a la importación en los Estados miembros

El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.

  • Alemania 19 %
  • Austria 20 %
  • Bélgica 21 %
  • Bulgaria 20 %
  • Chequia 21 %
  • Chipre 19 %
  • Croacia 25 %
  • Dinamarca 25 %
  • Eslovaquia 23 %
  • Eslovenia 22 %
  • España 21 %
  • Estonia 24 %
  • Finlandia 25,5 %
  • Francia 20 %
  • Grecia 24 %
  • Hungría 27 %
  • Irlanda 23 %
  • Italia 22 %
  • Letonia 21 %
  • Lituania 21 %
  • Luxemburgo 17 %
  • Malta 18 %
  • Países Bajos 21 %
  • Polonia 23 %
  • Portugal 23 %
  • Rumanía 21 %
  • Suecia 25 %

TEDB · 26 de octubre de 2026

UE: importaciones mensuales · HS 4105.30

últimos 12 meses37,1 M €-0,7 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación28,48 € por kg
Tipo preferencial0 %
ene 2024: 3,1 M €feb 2024: 2,9 M €mar 2024: 2,8 M €abr 2024: 2,3 M €may 2024: 2,4 M €jun 2024: 3,4 M €jul 2024: 2,8 M €ago 2024: 1,7 M €sept 2024: 3,7 M €oct 2024: 3,1 M €nov 2024: 2,9 M €dic 2024: 2,6 M €ene 2025: 3,5 M €feb 2025: 2,8 M €mar 2025: 4,2 M €abr 2025: 3,3 M €may 2025: 2,7 M €jun 2025: 3,6 M €jul 2025: 2,9 M €ago 2025: 2,2 M €sept 2025: 5,1 M €oct 2025: 2,7 M €nov 2025: 3,7 M €dic 2025: 1,1 M €ene 2026: 3,3 M €feb 2026: 2,8 M €mar 2026: 2,7 M €abr 2026: 2,9 M €may 2026: 3,6 M €jun 2026: 3,1 M €jul 2026: 4,4 M €ago 2026: 1,6 M € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
China 22,3 M € 60,1 % +59,1 %
Nigeria 5,5 M € 14,7 % -42,9 %
Marruecos 2,8 M € 7,6 % -31,2 %
Pakistán 2,7 M € 7,2 % -21,7 %
Brasil 1,3 M € 3,5 % -42,2 %
Kenia 646 mil € 1,7 % -54 %
India 422 mil € 1,1 % -23,7 %
Túnez 411 mil € 1,1 % -50,3 %

La misma subpartida en otros aranceles

4105.30 En estado seco (crust)

Líneas arancelarias (UE): 4105.30

Notas legales

Notas de capítulo: Capítulo 41 →

Notas explicativas de la NC

Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.

4105 · Pieles curtidas o crust, de ovino, depiladas, incluso divididas pero sin otra preparación

Véanse las notas 2 A) y 2 B) de este capítulo

4105 30 10 y 4105 30 90 · En estado seco (crust)

Véase la nota 2 B) de este capítulo, así como las notas explicativas del SA, consideraciones generales del capítulo 41, parte II, tercer párrafo.

4105 30 10 · De mestizos de la India, con precurtido vegetal, aunque se hayan sometido a ciertas operaciones, pero manifiestamente inutilizables para la fabricación de manufacturas de piel

Se clasifican en esta subpartida las pieles que están precurtidas vegetalmente, pero que deben ser objeto del curtido propiamente dicho antes del adobado.

Pieles simplemente curtidas con sustancias vegetales, que se han sometido a distintas operaciones, tales como la incorporación de un aceite vegetal durante el tratamiento, destinadas a facilitar el transporte a grandes distancias.

Estas pieles se caracterizan por su estructura firme y apretada y el color claro debido al curtido vegetal.

Estas pieles se importan principalmente de la India o de Pakistán (pieles llamadas de Madras). Se presentan agrupadas de seis en seis, en balas comprimidas envueltas en esteras de paja y en arpillera.

Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union

Esta subpartida en años anteriores

La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.

AñoDesignaciónDerecho de terceros paísesUnidad suplementaria
2026 De mestizos de la India, con precurtido vegetal, aunque se hayan sometido a ciertas operaciones, pero manifiestamente inutilizables para la fabricación de manufacturas de piel Exento p/st
2025 sin cambios Exento p/st
2024 sin cambios Exento p/st
2023 sin cambios Exento p/st
2022 sin cambios Exento p/st
2021 sin cambios Exento p/st
2020 Of Indian hair sheep, vegetable pre-tanned, whether or not having undergone certain treatments, but obviously unsuitable for immediate use for the manufacture of leather articles Exento p/st
2019 Vegetable pre-tanned Indian hair sheep, whether or not having undergone certain treatments, but obviously unsuitable for immediate use for the manufacture of leather articles Exento p/st

En la nomenclatura combinada de la UE, 4105 30 10 es una de las 2 líneas de la subpartida 4105.30, en estado seco (crust).

El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en p/st.

Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 4105.30 por valor de 37,1 M € (−1 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 28,48 € por kilo; China aportó el 60 %, por delante de Nigeria.

Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 0 % al 2 %, el derecho general en Estados Unidos es del 2 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 0 % al 2 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 0 % al 30 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 1,5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte va del 2 % al 10 % y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.

Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 4105.30 por valor de 44 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue China.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código NC 4105 30 10?

El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es p/st. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Se aplica este derecho en España?

Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.

¿De dónde importa la UE estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 4105.30, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue China (10 M US$), por delante de Nigeria.

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