Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 4905.20
4905 20 00: En forma de libros o folletos
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 4905 Manufacturas cartográficas de todas clases, incluidos los mapas murales, planos topográficos y esferas, impresos:
- 4905 20 00 En forma de libros o folletos
Lo que paga
Importación: UE
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 4
- Suspensión arancelariaSuspensión - productos destinados a ciertas clases de buques y de plataformas de perforación o de explotación Exento
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Acto jurídico
- Regulation 2658/87
- Documentos
- C990 Autorización de destino final buques y plataformas (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- hasta el 31 de octubre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 2108/26
- Documentos
- Y126 Goods sold in distance sales
Requisitos de importación 3
- Control de importaciónRestricción del despacho a libre práctica
- Se aplica a mercancías originarias de
- Irak, Siria
- Acto jurídico
- Regulation 1210/03, Regulation 1332/13
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0692/14
- Documentos
- Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0263/22
- Documentos
- Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Medidas de exportación 4
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
| Medidas de exportación | Destino | Acto jurídico | Validez |
|---|---|---|---|
| Restricción a la exportaciónRégimen de sanciones: Iraq | All third countries | Regulation 1210/03 | 1 de enero de 2007 |
| Restricción a la exportaciónRégimen de sanciones: Iraq | All third countries | Regulation 1210/03 | 1 de enero de 2022 |
| Autorización de exportaciónRégimen de sanciones: Syria | All third countries | Regulation 1332/13 | 15 de diciembre de 2013 |
| Control de las exportaciones de bienes culturales | All third countries | Regulation 0116/09 | 1 de enero de 2022 |
Datos TARIC a 28 de octubre de 2026
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
-
Alemania 7 % tipo reducido
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Austria 10 % tipo reducido
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Bélgica 21 %
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Bulgaria 20 %
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Chequia 0 % tipo reducido
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Chipre 3 % tipo reducido
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Croacia 5 % tipo reducido
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Dinamarca 25 %
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Eslovaquia 5 % tipo reducido
-
Eslovenia 5 % tipo reducido
-
España 21 %
-
Estonia 24 %
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Finlandia 25,5 %
-
Francia 20 %
-
Grecia 24 %
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Hungría 27 %
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Irlanda 0 % / 9 % tipo reducido
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Italia 4 % tipo reducido
-
Letonia 5 % tipo reducido
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Lituania 5 % tipo reducido
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Luxemburgo 3 % tipo reducido
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Malta 18 %
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Países Bajos 9 % tipo reducido
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Polonia 5 % tipo reducido
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Portugal 6 % tipo reducido
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Rumanía 11 % tipo reducido
-
Suecia 25 %
TEDB · 28 de octubre de 2026
UE: importaciones mensuales · HS 4905.20
Principales proveedores, últimos 12 meses
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 805 mil € | 53,2 % | +11,4 % | |
| 140 mil € | 9,3 % | -29,8 % | |
| 110 mil € | 7,3 % | +130,1 % | |
| 89 mil € | 5,9 % | -20 % | |
| 79 mil € | 5,2 % | +67 % | |
| 74 mil € | 4,9 % | -24,9 % | |
| 31 mil € | 2,1 % | +85,5 % | |
| 23 mil € | 1,5 % | — |
La misma subpartida en otros aranceles
4905.20 En forma de libros o folletos
Notas legales
Esta subpartida en años anteriores
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | En forma de libros o folletos | Exento | — |
| 2025 | sin cambios | Exento | — |
| 2024 | sin cambios | Exento | — |
| 2023 | sin cambios | Exento | — |
| 2022 | In book form | Exento | — |
| 2021 | no figura en la nomenclatura de ese año | — | — |
| 2020 | no figura en la nomenclatura de ese año | — | — |
| 2019 | no figura en la nomenclatura de ese año | — | — |
Historial del código
Desde 2022; antes, estas mercancías se clasificaban en 4905 91 00.
El código NC 4905 20 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 4905.20 (en forma de libros o folletos).
El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en —.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 4905.20 por valor de 1,5 M € (−4 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 18,68 € por kilo; el Reino Unido aportó el 53 %, por delante de China.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México va del 5 % al 10 %, el tipo de la TEC en Brasil es nulo, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es nulo, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es nulo, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es nulo.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 4905.20 por valor de 11 M US$ en 2024.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 4905 20 00?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.