Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 6601.91
6601 91 00
6601 91 00: Con astil o mango telescópico
✓ Utilizable en una declaración aduaneraDatos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
6601 Paraguas, sombrillas y quitasoles (incluidos los paraguas bastón, los quitasoles toldo y artículos similares):
Los demás:
6601 91 00 Con astil o mango telescópico
Lo que paga
Importación: UE
Derecho de aduana4,7 % derecho de terceros países depende del país de origen
Control de importaciónControl a la importación de artículos de lujo
Se aplica a mercancías originarias de
Corea del Norte
Acto jurídico
Regulation 2062/17
Documentos
Y945 Bienes sin carácter comercial, para uso personal de los viajeros, contenidos en sus equipajes (artículo 10, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1509)
Y946 Bienes que sean necesarios a fines oficiales de las misiones diplomáticas o consulares de los Estados miembros en la RPDC o de organizaciones internacionales que gocen de inmunidades con arreglo al Derecho internacional, o a los efectos personales de su personal (artículo 10, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1509)
Y948 Bienes distintos de los descritos en el anexo VIII (Bienes de lujo) del Reglamento (UE) 2017/1509
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Ucrania
Acto jurídico
Regulation 0692/14
Documentos
Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Medidas de exportación 2
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
Medidas de exportación
Destino
Acto jurídico
Validez
Control a la exportacion de artículos de lujoRégimen de sanciones: Russia
Rusia
Regulation 0833/14
24 de junio de 2023
Control a la exportacion de artículos de lujoRégimen de sanciones: North Korea
Corea del Norte
Regulation 2062/17
28 de junio de 2018
Datos TARIC a 7 de noviembre de 2026
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
Alemania19 %
Austria20 %
Bélgica21 %
Bulgaria20 %
Chequia21 %
Chipre19 %
Croacia25 %
Dinamarca25 %
Eslovaquia23 %
Eslovenia22 %
España21 %
Estonia24 %
Finlandia25,5 %
Francia20 %
Grecia24 %
Hungría27 %
Irlanda23 %
Italia22 %
Letonia21 %
Lituania21 %
Luxemburgo17 %
Malta18 %
Países Bajos21 %
Polonia23 %
Portugal23 %
Rumanía21 %
Suecia25 %
TEDB · 7 de noviembre de 2026
Tipos preferenciales por país
Acuerdo o régimen
Países
Tipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)
—
4,7 %
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra.
a) los bastones medida y similares (partida 9017);
b) los bastones escopeta, bastones estoque, bastones plomados y similares (Capítulo 93);
c) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: los paraguas y sombrillas manifiestamente destinados al entretenimiento de los niños).
2. La partida 6603 no comprende los accesorios de materia textil, las vainas, fundas, borlas, dragonas y similares, de cualquier materia, para los artículos de las partidas 6601 o 6602. Estos accesorios se clasifican separadamente, incluso cuando se presenten con los artículos a los que se destinen, pero sin montar en dichos artículos.
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
6601 · Paraguas, sombrillas y quitasoles, incluidos los paraguas bastón, los quitasoles toldo y artículos similares
En lo relativo a la distinción entre los artículos de esta partida y los destinados a la diversión o entretenimiento de los niños, hay que atenerse a la nota explicativa de la nota 1 c) de este capítulo.
Permanecen clasificados en esta partida:
1. las sombrillas y paraguas de pequeñas dimensiones destinados a la protección efectiva de los niños contra el sol o la lluvia;
2. las pequeñas sombrillas concebidas para colocarlas en los coches de niño para la protección contra el sol.
Los paraguas y las sombrillas que, por la naturaleza de las materias utilizadas en su fabricación, solo son utilizables como accesorios de cotillón, se excluyen de esta partida (partida 9505).
Consideraciones generales del capítulo
PARAGUAS, SOMBRILLAS, QUITASOLES, BASTONES, BASTONES ASIENTO, LÁTIGOS, FUSTAS, Y SUS PARTES
Nota 1 c)
Los paraguas y sombrillas destinados al entretenimiento de los niños se distinguen, en general, de los paraguas y sombrillas de este capítulo por la naturaleza de las materias constitutivas, su factura habitualmente más rudimentaria, sus dimensiones reducidas y por el hecho de que no son utilizables para protegerse efectivamente de la lluvia o del sol (véanse también las notas explicativas del SA, partida 9503, apartado D, ultimo párrafo). Sin perjuicio de los criterios anteriores hay que observar además que la longitud de las varillas de los paraguas y sombrillas para diversión de los niños raramente sobrepasan los 25 centímetros.
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
Año
Designación
Derecho de terceros países
Unidad suplementaria
2026
Con astil o mango telescópico
4,7 %
p/st
2025
sin cambios
4,7 %
p/st
2024
sin cambios
4,7 %
p/st
2023
sin cambios
4,7 %
p/st
2022
sin cambios
4,7 %
p/st
2021
sin cambios
4,7 %
p/st
2020
sin cambios
4,7 %
p/st
2019
Having a telescopic shaft
4,7 %
p/st
El código NC 6601 91 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 6601.91 (con astil o mango telescópico).
El derecho de terceros países es del 4,7 %, y las cantidades se declaran en p/st.
140 países no pagan ningún derecho en la UE gracias a acuerdos comerciales y regímenes preferenciales como GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) y CARIFORUM, frente a un derecho de terceros países del 4,7 %.
En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 6601.91 en la UE sumaron 120 M € (−17 % respecto a los 12 meses anteriores); China aportó el 95 %, por delante de Camboya.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 4,7 %, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 4 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es del 7,5 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 18 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 20 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón es del 4,3 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 6,6 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 6601.91 por valor de 254 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 6601 91 00?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 4,7 %; la unidad suplementaria es p/st. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 6601 91 00?
153 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 140 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 6601.91, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue China (168 M US$), por delante de Camboya.
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