Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 7102.31
7102 31 00
7102 31 00: En bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados
Diamantes en bruto (no industriales)
✓ Utilizable en una declaración aduaneraDatos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
7102 Diamantes, incluso trabajados, sin montar ni engarzar:
No industriales:
7102 31 00 En bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados
Lo que paga
Importación: UE
Derecho de aduanaExento derecho de terceros países depende del país de origen
Y015 Diamantes en bruto transportados en contenedores inviolables y los sellos aplicados en la exportación por el participante (Kimberley process) estén intactos
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Bielorrusia
Acto jurídico
Regulation 0765/06
Documentos
Y734 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies quater, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies quater, apartado 4).
L151 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies quater, apartado 5 quater, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
Y870 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]
Control de importaciónControl a la importación de artículos de lujo
Se aplica a mercancías originarias de
Corea del Norte
Acto jurídico
Regulation 2062/17
Documentos
Y945 Bienes sin carácter comercial, para uso personal de los viajeros, contenidos en sus equipajes (artículo 10, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1509)
Y946 Bienes que sean necesarios a fines oficiales de las misiones diplomáticas o consulares de los Estados miembros en la RPDC o de organizaciones internacionales que gocen de inmunidades con arreglo al Derecho internacional, o a los efectos personales de su personal (artículo 10, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1509)
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Irán
Acto jurídico
Regulation 0267/12
Documentos
Y257 Mercancías importadas de cualquier entidad o persona no enumerada en el artículo 15, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 267/2012
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Ucrania
Acto jurídico
Regulation 0692/14
Documentos
Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
todos los países excepto Rusia
Acto jurídico
Regulation 0833/14
Documentos
L147 Prueba del país de origen de los diamantes o productos que incorporan diamantes utilizados como insumos para la transformación del producto en un tercer país (artículo 3 septdecies, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo)
C101 Certificado, basado en una declaración de existencias presentada, expedido por la autoridad especificada en el anexo XXXVIIIB del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
C121 Certificado que certifica que los diamantes no se extraen, procesan ni producen en Rusia (artículo 3 septdecies, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo)
Y705 Diamantes con un peso inferior a 0.5 quilates o 0.1 gramos
Y873 Mercancías no transitadas por el territorio de Rusia
Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
Y709 Prueba de la fecha de importación inicial en la Unión Europea
Y710 Prueba de la fecha de importación inicial en el tercer país
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Rusia
Acto jurídico
Regulation 0833/14
Documentos
C101 Certificado, basado en una declaración de existencias presentada, expedido por la autoridad especificada en el anexo XXXVIIIB del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
Y709 Prueba de la fecha de importación inicial en la Unión Europea
Y710 Prueba de la fecha de importación inicial en el tercer país
Medidas de exportación 5
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
Medidas de exportación
Destino
Acto jurídico
Validez
Prohibición a la exportaciónRégimen de sanciones: North Korea
Corea del Norte
Regulation 1509/17
28 de junio de 2018
Control a la exportacion de artículos de lujoRégimen de sanciones: Russia
Rusia
Regulation 0833/14
24 de junio de 2023
Control a la exportacion de artículos de lujoRégimen de sanciones: North Korea
Corea del Norte
Regulation 2062/17
28 de junio de 2018
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Iran
Irán
Regulation 0267/12
30 de septiembre de 2025
Restricción a la exportación
All third countries
Regulation 2368/02
1 de enero de 2007
Datos TARIC a 26 de octubre de 2026
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
Alemania19 %
Austria20 %
Bélgica21 %
Bulgaria20 %
Chequia21 %
Chipre19 %
Croacia25 %
Dinamarca25 %
Eslovaquia23 %
Eslovenia22 %
España21 %
Estonia24 %
Finlandia25,5 %
Francia20 %
Grecia24 %
Hungría27 %
Irlanda23 %
Italia22 %
Letonia21 %
Lituania21 %
Luxemburgo17 %
Malta18 %
Países Bajos21 %
Polonia23 %
Portugal23 %
Rumanía21 %
Suecia25 %
TEDB · 26 de octubre de 2026
UE: importaciones mensuales · HS 7102.31
últimos 12 meses1835,3 M €-23,8 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación428.719,71 € por kg
Tipo preferencial0 %
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
7102 31 00 y 7102 39 00 · No industriales
Véase la nota explicativa de subpartidas del SA, subpartidas 7102 31 y 7102 39.
7102 31 00 · En bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados
Véase la nota explicativa de subpartidas del SA, subpartidas 7102 31 y 7102 39, segundo párrafo.
El desbastado consiste en trabajar el esbozo de piedra desgastándolo contra otro diamante a fin de darle la dimensión requerida.
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
Año
Designación
Derecho de terceros países
Unidad suplementaria
2026
En bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados
Exento
c/k
2025
sin cambios
Exento
c/k
2024
sin cambios
Exento
c/k
2023
sin cambios
Exento
c/k
2022
sin cambios
Exento
c/k
2021
sin cambios
Exento
c/k
2020
sin cambios
Exento
c/k
2019
Unworked or simply sawn, cleaved or bruted
Exento
c/k
El código NC 7102 31 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 7102.31 (en bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados).
El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en c/k.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 7102.31 por valor de 1835,3 M € (−24 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 428.719,71 € por kilo; Botsuana aportó el 32 %, por delante de Angola.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 7,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 7,2 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es nulo, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 7102.31 por valor de 3007 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Botsuana.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 7102 31 00?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es c/k. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 7102.31, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Botsuana (619 M US$), por delante de Angola.
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