Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 9404.40
9404 40 10
9404 40 10: Edredones, colchas y cubrepiés: Rellenos de plumas o plumón
Edredones, colchas y cubrepiés
✓ Utilizable en una declaración aduaneraDatos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
9404 Somieres; artículos de cama y artículos similares (por ejemplo: colchones, cubrepiés, edredones, cojines, pufs, almohadas), bien con muelles (resortes), bien rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia, incluidos los de caucho o plástico celulares, recubiertos o no:
9404 40 Cubrepiés, colchas, edredones y cobertores:
9404 40 10 Rellenos de plumas o plumón
Lo que paga
Importación: UE
Derecho de aduana3,7 % derecho de terceros países depende del país de origen
Control de importaciónRestricción del despacho a libre práctica
Se aplica a mercancías originarias de
Irak, Siria
Acto jurídico
Regulation 1210/03, Regulation 1332/13
Control de importaciónControl a la importación de pieles de gatos y perros
Se aplica a mercancías originarias de
todos los países
Acto jurídico
Regulation 1523/07
Documentos
Y922 Excepto las pieles de perro y de gato mencionadas en el Reglamento (CE) nº 1523/2007 (DO L 343).
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Bielorrusia, Ucrania
Acto jurídico
Regulation 0765/06, Regulation 0692/14
Documentos
Y727 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 3).
Y728 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 4).
L152 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
Y870 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]
Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
L142 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
Y874 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).
L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Ucrania
Acto jurídico
Regulation 0263/22
Documentos
Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Medidas de exportación 4
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
Medidas de exportación
Destino
Acto jurídico
Validez
Restricción a la exportaciónRégimen de sanciones: Iraq
All third countries
Regulation 1210/03
1 de enero de 2007
Autorización de exportaciónRégimen de sanciones: Syria
All third countries
Regulation 1332/13
15 de diciembre de 2013
Control de las exportaciones de bienes culturales
All third countries
Regulation 0116/09
2 de marzo de 2009
Control a la exportación de pieles de gatos y perros
All third countries
Regulation 1523/07
15 de agosto de 2009
Datos TARIC a 31 de octubre de 2026
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
Alemania19 %
Austria20 %
Bélgica21 %
Bulgaria20 %
Chequia12 % tipo reducido
Chipre19 %
Croacia25 %
Dinamarca25 %
Eslovaquia23 %
Eslovenia22 %
España21 %
Estonia9 % tipo reducido
Finlandia25,5 %
Francia20 %
Grecia24 %
Hungría27 %
Irlanda23 %
Italia22 %
Letonia21 %
Lituania21 %
Luxemburgo17 %
Malta18 %
Países Bajos21 %
Polonia23 %
Portugal23 %
Rumanía21 %
Suecia25 %
TEDB · 31 de octubre de 2026
Tipos preferenciales por país
Acuerdo o régimen
Países
Tipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)
—
3,7 %
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra.
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
N364397U.S. CBP17 de septiembre de 2026 · 9404.40.10.00
The tariff classification of comforter set from China
N357857U.S. CBP10 de febrero de 2026 · 9404.40.10.00
The tariff classification of a bed covering from China
N357858U.S. CBP10 de febrero de 2026 · 9404.40.10.00
The tariff classification of a bed covering from China
N355302U.S. CBP17 de noviembre de 2025 · 9404.40.10.00
The tariff classification of cotton quilt from China
600009071HMRC24 de octubre de 2023 – 23 de octubre de 2026 · 9404 40 90 00
The Mitre Eco duvets are filled with 100% recycled hollowfibre and are designed to reduce the environmental cost of investing in new bedding. This duvet filling is made from recycled plastic bottles and redirects products from landfill, producing up to 70% less carbon dioxide and using 70% less…
600009072HMRC24 de octubre de 2023 – 23 de octubre de 2026 · 9404 40 90 00
The microfibre duvets are a finest synthetic alternative to traditional feather and down duvets. Paired with a pure cotton cover for a smooth finish and channel stitched to keep the filling in place throughout the night. The 10.5 tog rating makes these duvets perfect for all year round. Product…
21 resoluciones en total para este código
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) los colchones, almohadas y cojines, neumáticos o de agua, de los Capítulos 39, 40 o 63;
b) los espejos que se apoyen en el suelo (por ejemplo: espejos de vestir móviles) (partida 7009);
c) los artículos del Capítulo 71;
d) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39) ni las cajas de caudales de la partida 8303;
e) los muebles, incluso sin equipar, que constituyan partes específicas de aparatos para la producción de frío de la partida 8418; los muebles especialmente concebidos para máquinas de coser, de la partida 8452;
f) las fuentes luminosas y los aparatos de alumbrado, y sus partes, del Capítulo 85;
g) los muebles que constituyan partes específicas de aparatos de las partidas 8518 (partida 8518), 8519 u 8521 (partida 8522) o de las partidas 8525 a 8528 (partida 8529);
ij) los sillones de dentista con aparatos de odontología incorporados de la partida 9018, ni las escupideras para clínica dental (partida 9018);
k) los artículos del Capítulo 91 (por ejemplo: cajas y envolturas similares para aparatos de relojería);
l) los muebles, luminarias y aparatos de alumbrado que presenten el carácter de juguete (partida 9503), billares de cualquier clase y muebles de juegos de la partida 9504, así como las mesas para juegos de prestidigitación y artículos de decoración, (excepto las guirnaldas eléctricas), tales como farolillos y faroles venecianos (partida 9505);
m) los monopies, bípodes, trípodes y artículos similares (partida 9620).
2. Los artículos (excepto las partes) de las partidas 9401 a 9403 deben estar diseñados para colocarlos sobre el suelo.
Sin embargo, se clasifican en estas partidas, aunque estén concebidos para colgar, fijar en la pared o colocarlos uno sobre otro:
a) los armarios, bibliotecas, estanterías (incluidas las constituidas por un solo estante o anaquel, siempre que se presente con los soportes necesarios para fijarlo a la pared) y muebles por elementos (modulares);
b) los asientos y camas.
3.
A) Cuando se presentan aisladamente, no se consideran partes de los artículos de las partidas 9401 a 9403, las hojas, placas o losas, de vidrio (incluidos los espejos), mármol, piedra o cualquier otra materia de los Capítulos 68 o 69, incluso cortadas en formas determinadas, pero sin combinar con otros elementos.
B) Cuando se presenten aisladamente, los artículos de la partida 9404 se clasifican en dicha partida aunque constituyan partes de muebles de las partidas 9401 a 9403.
4. En la partida 9406, se consideran construcciones prefabricadas tanto las terminadas en fábrica como las expedidas en forma de elementos presentados juntos para montar en destino, tales como locales para vivienda, casetas de obra, oficinas, escuelas, tiendas, hangares, garajes, o construcciones similares.
Se consideran construcciones prefabricadas las unidades de construcción modular de acero, que normalmente tienen el tamaño y la forma de un contenedor de envío estándar, pero están en gran parte o completamente preequipadas. Estas unidades de construcción modular generalmente están diseñadas para ensamblarse juntas con el fin de constituir construcciones permanentes.
Nota complementaria
1. En la partida 9404, la expresión «rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia» abarca la materia de cualquier espesor.
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
9404 · Somieres; artículos de cama y artículos similares (por ejemplo: colchones, cubrepiés, edredones, cojines, pufes, almohadas), bien con muelles (resortes), bien rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia, incluidos los de caucho o plástico celulares, recubiertos o no
Esta partida no comprende los artículos en forma de cesta o madriguera para animales, ni los artículos similares destinados a que los animales descansen en su interior o sobre ellos, incluso con cojín o colchón extraíbles o con fondo acolchado, etc. (partidas 6307 o 4602, etc., en función de las materias constitutivas del artículo), ya que dichos artículos no son asimilables a la ropa de cama y otros artículos de tapicería similares.
Véanse también las notas explicativas de la NC de las subpartidas 6307 90 10, 6307 90 91 y 6307 90 98.
Consideraciones generales del capítulo
MUEBLES; MOBILIARIO MEDICOQUIRÚRGICO; ARTÍCULOS DE CAMA Y SIMILARES; APARATOS DE ALUMBRADO NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; ANUNCIOS, LETREROS Y PLACAS INDICADORAS, LUMINOSOS Y ARTÍCULOS SIMILARES; CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS
Consideraciones generales
A efectos del presente capítulo, el término «Muebles» implica que estos productos están diseñados en general para permanecer en viviendas o jardines privados, etc. Véase también la definición del término «Muebles» en la nota explicativa del SA del capítulo 94, Consideraciones generales, párrafo segundo, letra A).
Por consiguiente, los artículos inflables (como las sillas y los sillones inflables, etc.), diseñados en general para llevar consigo a diferentes lugares (por ejemplo, terrenos de acampada, la playa, etc.) y ser utilizados de forma temporal, no son muebles en el sentido del capítulo 94, sino que, en función de su materia constitutiva, son artículos de acampar de la partida 6306 o artículos de los capítulos 39 o 40.
Debido a sus características objetivas, estos artículos inflables son de fácil transporte, ya que son ligeros, además de fáciles y rápidos de montar y empaquetar.
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
Año
Designación
Derecho de terceros países
Unidad suplementaria
2026
Rellenos de plumas o plumón
3,7 %
—
2025
sin cambios
3,7 %
—
2024
sin cambios
3,7 %
—
2023
sin cambios
3,7 %
—
2022
Filled with feathers or down
3,7 %
—
2021
no figura en la nomenclatura de ese año
—
—
2020
no figura en la nomenclatura de ese año
—
—
2019
no figura en la nomenclatura de ese año
—
—
Historial del código
Desde 2022; antes, estas mercancías se clasificaban en 9404 90 10.
En la nomenclatura combinada de la UE, 9404 40 10 es una de las 2 líneas de la subpartida 9404.40, cubrepiés, colchas, edredones y cobertores.
El derecho de terceros países es del 3,7 %, y las cantidades se declaran en —.
Las mercancías originarias de 153 países pueden entrar en la UE con un tipo preferencial (por ejemplo, GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), CARIFORUM) en lugar del derecho de terceros países del 3,7 %; 153 de ellos están totalmente exentos.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 9404.40 por valor de 337,4 M € (+5 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 4,41 € por kilo; China aportó el 73 %, por delante de Ucrania.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 3,7 %, el derecho general en Estados Unidos va del 4,4 % al 12,8 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 2 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es del 14 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 35 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 35 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón es del 3,8 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 9 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 12 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 9404.40 por valor de 640 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 9404 40 10?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 3,7 %; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 9404 40 10?
153 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 153 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 9404.40, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue China (252 M US$), por delante de Macedonia del Norte.
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