Partida · Capítulo 04
0410: Insectos y demás productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte
La partida 0410 se divide en 2 subpartidas de seis dígitos y pertenece al capítulo 04 (leche y productos lácteos).
Comparación de aranceles
Subpartidas 2
UE: importaciones mensuales
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 54 mil US$54 mil US$+1 M US$+4 M US$+> 37 M US$
Exportaciones: 89
- Indonesia: 582 M US$
- Malasia: 203 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 37 M US$
- China: 27 M US$
- Vietnam: 10 M US$
- Brasil: 7 M US$
- Francia: 5 M US$
- Singapur: 5 M US$
- España: 4 M US$
- Australia: 4 M US$
- Países Bajos: 3 M US$
- Tailandia: 3 M US$
- Hungría: 3 M US$
- Taiwán: 3 M US$
- Alemania: 2 M US$
- Chequia: 1 M US$
- Rumanía: 1 M US$
- Corea del Sur: 1 M US$
- Estados Unidos: 1 M US$
- Italia: 1 M US$
- Bulgaria: 1 M US$
- Turquía: 1 M US$
- Portugal: 987 mil US$
- India: 958 mil US$
- Lituania: 840 mil US$
- Nueva Zelanda: 802 mil US$
- Japón: 770 mil US$
- Reino Unido: 469 mil US$
- Canadá: 360 mil US$
- Grecia: 331 mil US$
- Bélgica: 285 mil US$
- Ucrania: 246 mil US$
- Irlanda: 244 mil US$
- Polonia: 209 mil US$
- Madagascar: 191 mil US$
- Letonia: 178 mil US$
- Camboya: 134 mil US$
- México: 117 mil US$
- Noruega: 92 mil US$
- Suiza: 71 mil US$
- Dinamarca: 54 mil US$
- Argentina: 46 mil US$
- Suecia: 42 mil US$
- Uganda: 28 mil US$
- Uruguay: 24 mil US$
- Egipto: 24 mil US$
- Eslovenia: 19 mil US$
- Zambia: 14 mil US$
- Rusia: 14 mil US$
- Eslovaquia: 14 mil US$
- Austria: 10 mil US$
- Marruecos: 8 mil US$
- Sudáfrica: 7 mil US$
- Kuwait: 7 mil US$
- República Democrática del Congo: 6 mil US$
- Kirguistán: 4 mil US$
- RAE de Macao (China): 4 mil US$
- Kenia: 3 mil US$
- Estonia: 3 mil US$
- Camerún: 2 mil US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 37 mil US$37 mil US$+387 mil US$+3 M US$+> 37 M US$
Importaciones: 155
- China: 618 M US$
- Singapur: 44 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 40 M US$
- RAE de Macao (China): 38 M US$
- Tailandia: 37 M US$
- Vietnam: 31 M US$
- Estados Unidos: 23 M US$
- Taiwán: 13 M US$
- España: 8 M US$
- Japón: 7 M US$
- Australia: 6 M US$
- Francia: 6 M US$
- Alemania: 6 M US$
- Canadá: 3 M US$
- Corea del Sur: 3 M US$
- Italia: 2 M US$
- Países Bajos: 2 M US$
- Rumanía: 2 M US$
- Bélgica: 2 M US$
- Laos: 1 M US$
- Polonia: 1 M US$
- Malasia: 1 M US$
- Camboya: 1 M US$
- Arabia Saudí: 1 M US$
- Chequia: 867 mil US$
- Aruba: 782 mil US$
- Bulgaria: 763 mil US$
- Portugal: 723 mil US$
- Egipto: 721 mil US$
- Turquía: 618 mil US$
- Indonesia: 601 mil US$
- Grecia: 590 mil US$
- Reino Unido: 572 mil US$
- Nueva Zelanda: 472 mil US$
- Eslovenia: 451 mil US$
- Emiratos Árabes Unidos: 426 mil US$
- Irak: 402 mil US$
- México: 387 mil US$
- Lituania: 350 mil US$
- Suiza: 335 mil US$
- Irlanda: 306 mil US$
- Marruecos: 291 mil US$
- Austria: 281 mil US$
- Hungría: 211 mil US$
- Eslovaquia: 203 mil US$
- Croacia: 185 mil US$
- Kuwait: 184 mil US$
- Curazao: 182 mil US$
- Islas Turcas y Caicos: 161 mil US$
- Dinamarca: 155 mil US$
- Panamá: 151 mil US$
- Filipinas: 147 mil US$
- Barbados: 142 mil US$
- Uruguay: 128 mil US$
- Líbano: 119 mil US$
- Catar: 116 mil US$
- Myanmar (Birmania): 102 mil US$
- Letonia: 88 mil US$
- Irán: 87 mil US$
- Omán: 85 mil US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 582 M US$ | 63,8 % | |
| 2 | 203 M US$ | 22,2 % | |
| 3 | 37 M US$ | 4 % | |
| 4 | 27 M US$ | 2,9 % | |
| 5 | 10 M US$ | 1,1 % | |
| 6 | 7 M US$ | 0,7 % | |
| 7 | 5 M US$ | 0,6 % | |
| 8 | 5 M US$ | 0,5 % | |
| 9 | 4 M US$ | 0,5 % | |
| 10 | 4 M US$ | 0,4 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 618 M US$ | 67,7 % | |
| 2 | 44 M US$ | 4,8 % | |
| 3 | 40 M US$ | 4,4 % | |
| 4 | 38 M US$ | 4,2 % | |
| 5 | 37 M US$ | 4,1 % | |
| 6 | 31 M US$ | 3,4 % | |
| 7 | 23 M US$ | 2,6 % | |
| 8 | 13 M US$ | 1,4 % | |
| 9 | 8 M US$ | 0,9 % | |
| 10 | 7 M US$ | 0,8 % |
La partida 0410 se reparte en 4 líneas en la nomenclatura combinada de la UE; el derecho de terceros países va del 7,7 % al 9 %. 2 líneas tienen un derecho específico o compuesto.
El arancel de aduanas de Turquía divide la partida 0410 en 7 líneas arancelarias; el tipo legal (Ley 474) es del 23,1 %.
En el arancel armonizado de Estados Unidos, la partida 0410 abarca 2 líneas arancelarias y el derecho general es del 1,1 %.
La partida 0410 se reparte en 4 líneas en el arancel aduanero del Reino Unido; el derecho de terceros países va del 6 % al 8 %. 2 líneas tienen un derecho específico o compuesto.
El arancel de aduanas de Canadá divide la partida 0410 en 3 líneas arancelarias; el tipo NMF (nación más favorecida) va del 0 % al 11 % (media del 7,3 %). Una de ellas está exenta de derechos.
En la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE), la partida 0410 abarca 3 líneas arancelarias y el impuesto general de importación (IGI) va del 10 % al 20 %.
La partida 0410 se reparte en 2 líneas en el arancel de Brasil (NCM/AEC); el tipo de la TEC es del 12,6 %.
El arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM) divide la partida 0410 en 7 líneas arancelarias; el derecho de importación extrazona (AEC) es del 12,6 %.
En el arancel de Aduanas del Perú, la partida 0410 abarca 4 líneas arancelarias y el derecho ad valorem va del 6 % al 11 %.
La partida 0410 se reparte en 3 líneas en el arancel de aduanas de Nueva Zelanda; el tipo normal (Normal Tariff) va del 0 % al 5 %. 2 de ellas están exentas de derechos.
El arancel de aduanas de Japón divide la partida 0410 en 4 líneas arancelarias; el tipo aplicado va del 1,5 % al 9 % (media del 5,3 %).
En el arancel de importación de Taiwán, la partida 0410 abarca 7 líneas arancelarias y el tipo de la columna 1 va del 20 % al 35 %.
La partida 0410 se reparte en 5 líneas en el arancel aduanero común del CCG; el derecho de aduana es del 5 %.
El arancel de aduanas de Suiza (Tares) divide la partida 0410 en 2 líneas arancelarias; el derecho del arancel normal es nulo.
En el arancel de aduanas de Noruega, las 2 líneas de la partida 0410 están sujetas a un derecho específico o compuesto, no a un porcentaje.
La partida 0410 se reparte en 4 líneas en el arancel de aduanas de Macedonia del Norte; el derecho NMF es del 5 %.
El arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria) divide la partida 0410 en 2 líneas arancelarias; el derecho de importación es del 20 %.
En 2024, las exportaciones mundiales de las mercancías de la partida 0410 sumaron 913 M US$ (−18,3 % interanual).
Encabezó las exportaciones Indonesia (582 M US$), por delante de Malasia.
El principal comprador fue China, con importaciones por valor de 618 M US$.
Con 4 M US$, España se situó en el puesto 9 de 89 exportadores.
España importó por valor de 8 M US$.
Notas legales
Notas
1. Se considera leche la leche entera y la desnatada (descremada) total o parcialmente.
2. En la partida 0403, el yogur puede estar concentrado o aromatizado o con adición de azúcar u otro edulcorante, con frutas u otros frutos, cacao, chocolate, especias, café o extractos de café, plantas, partes de plantas, cereales o productos de panadería, siempre que cualquier sustancia añadida no se utilice para sustituir, en todo o en parte, cualquier componente de la leche, y el producto conserve el carácter esencial de yogur.
3. En la partida 0405:
a) se entiende por «mantequilla (manteca)» la mantequilla (manteca) natural, la mantequilla (manteca) del lactosuero o la mantequilla (manteca) «recombinada» (fresca, salada o rancia, incluso en recipientes herméticamente cerrados) que provengan exclusivamente de la leche, con un contenido de materias grasas de la leche que sea superior o igual al 80 % pero inferior o igual al 95 % en peso, de materias sólidas de la leche, inferior o igual al 2 % en peso, y, de agua, inferior o igual al 16 % en peso. La mantequilla (manteca) no debe contener emulsionantes añadidos pero puede contener cloruro sódico, colorantes alimentarios, sales de neutralización y cultivos de bacterias lácticas inocuas;
b) se entiende por pastas lácteas para untar las emulsiones del tipo agua-en-aceite que se puedan untar y contengan materias grasas de la leche como únicas materias grasas y en las que el contenido de estas sea superior o igual al 39 % pero inferior al 80 %, en peso.
4. Los productos obtenidos por concentración del lactosuero con adición de leche o de materias grasas de la leche se clasifican en la partida 0406 como quesos, siempre que presenten las tres características siguientes:
a) un contenido de materias grasas de la leche superior o igual al 5 %, calculado en peso sobre el extracto seco;
b) un contenido de extracto seco superior o igual al 70 % pero inferior o igual al 85 %, calculado en peso;
c) moldeados o susceptibles de serlo.
5. Este Capítulo no comprende:
a) los insectos sin vida, impropios para la alimentación humana (partida 0511);
b) los productos obtenidos del lactosuero, con un contenido de lactosa superior al 95 % en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre materia seca (partida 1702);
c) los productos resultantes de la sutitutución en la leche de uno o varios de sus componentes naturales (por ejemplo, materia grasa de tipo butírico) por otra sustancia (por ejemplo, materia grasa de tipo oleico) (partidas 1901 o 2106);
d) las albúminas (incluidos los concentrados de varias proteínas del lactosuero, con un contenido de proteínas del lactosuero superior al 80 % en peso, calculado sobre materia seca) (partida 3502), ni las globulinas (partida 3504).
6. En la partida 0410, el término insectos se refiere a insectos comestibles, sin vida, enteros o en trozos, frescos, refrigerados, congelados, secos, ahumados, salados o en salmuera, así como la harina y polvo, de insectos, aptos para la alimentación humana. Sin embargo, este término no comprende los insectos comestibles, sin vida, preparados o conservados de otro modo (Sección IV, generalmente).
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «insectos y demás productos comestibles de origen animal»?
Estas mercancías se clasifican en la partida 0410 del Sistema Armonizado (capítulo 04), dentro de la sección I. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «insectos y demás productos comestibles de origen…» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 0410 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 7,7 % y el 9 %, según la línea. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «insectos y demás productos comestibles de origen…» en Turquía?
En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 0410 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan al 23,1 %. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «insectos y demás productos comestibles de origen…»?
Indonesia, con 582 M US$ en 2024 (el 63,8 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 4 M US$ (el 0,5 % del total mundial) y ocupó el puesto 9 entre 89 países exportadores.