Partida · Capítulo 23
2306: Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites, vegetales o de origen microbiano, incluso molidos o en ‘pellets’, excepto los de las partidas 2304 o 2305
La partida 2306 se divide en 8 subpartidas de seis dígitos y pertenece al capítulo 23 (residuos y desperdicios de las industrias alimentarias).
Comparación de aranceles
Subpartidas 8
- 2306.10De semillas de algodón
- 2306.20De semillas de lino
- 2306.30De semillas de girasolTortas de girasol
- 2306.41Con bajo contenido de ácido erúcicoTortas de colza doble cero
- 2306.49De semillas de nabo (nabina) o de colza: los demás
- 2306.50De coco o de copra
- 2306.60De nuez o de almendra de palmaTorta de palmiste
- 2306.90Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas: los demás
UE: importaciones mensuales
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 3 M US$3 M US$+33 M US$+204 M US$+> 686 M US$
Exportaciones: 128
- Canadá: 1931 M US$
- Indonesia: 1821 M US$
- Ucrania: 1075 M US$
- Rusia: 686 M US$
- Alemania: 567 M US$
- India: 544 M US$
- Malasia: 445 M US$
- Bélgica: 352 M US$
- Argentina: 329 M US$
- Países Bajos: 287 M US$
- Polonia: 221 M US$
- Hungría: 211 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 204 M US$
- Bulgaria: 199 M US$
- Rumanía: 176 M US$
- Francia: 170 M US$
- Chequia: 131 M US$
- Kazajistán: 100 M US$
- Letonia: 92 M US$
- Filipinas: 74 M US$
- Lituania: 73 M US$
- España: 57 M US$
- Dinamarca: 52 M US$
- Tanzania: 51 M US$
- Estados Unidos: 51 M US$
- Bielorrusia: 43 M US$
- Chipre: 42 M US$
- Austria: 42 M US$
- Eslovenia: 41 M US$
- Grecia: 40 M US$
- China: 37 M US$
- Turquía: 33 M US$
- Côte d’Ivoire: 32 M US$
- Eslovaquia: 29 M US$
- Bolivia: 27 M US$
- Serbia: 26 M US$
- Estonia: 25 M US$
- Portugal: 23 M US$
- Luxemburgo: 22 M US$
- Nepal: 22 M US$
- Suiza: 21 M US$
- Tailandia: 21 M US$
- Moldavia: 21 M US$
- Benín: 20 M US$
- Italia: 20 M US$
- Suecia: 20 M US$
- Finlandia: 18 M US$
- Reino Unido: 18 M US$
- Irlanda: 16 M US$
- Australia: 16 M US$
- Vietnam: 14 M US$
- Burkina Faso: 14 M US$
- Zambia: 10 M US$
- Bosnia y Herzegovina: 9 M US$
- Sri Lanka: 9 M US$
- Croacia: 9 M US$
- Túnez: 8 M US$
- Paraguay: 8 M US$
- Papúa Nueva Guinea: 7 M US$
- Sudáfrica: 6 M US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 1 M US$1 M US$+17 M US$+159 M US$+> 421 M US$
Importaciones: 178
- China: 2049 M US$
- Estados Unidos: 1297 M US$
- Países Bajos: 781 M US$
- Italia: 515 M US$
- Francia: 499 M US$
- España: 421 M US$
- Turquía: 418 M US$
- Alemania: 409 M US$
- Corea del Sur: 381 M US$
- Nueva Zelanda: 367 M US$
- Reino Unido: 345 M US$
- Japón: 283 M US$
- Dinamarca: 189 M US$
- Tailandia: 182 M US$
- Polonia: 172 M US$
- Vietnam: 167 M US$
- Israel: 164 M US$
- Bangladés: 159 M US$
- Irlanda: 144 M US$
- Marruecos: 140 M US$
- Bélgica: 139 M US$
- Noruega: 119 M US$
- India: 116 M US$
- Finlandia: 90 M US$
- Austria: 81 M US$
- Suecia: 78 M US$
- Letonia: 76 M US$
- Lituania: 69 M US$
- Suiza: 55 M US$
- Portugal: 53 M US$
- Hungría: 44 M US$
- Egipto: 38 M US$
- Malasia: 38 M US$
- Uzbekistán: 37 M US$
- Arabia Saudí: 35 M US$
- Chequia: 34 M US$
- Kenia: 30 M US$
- Croacia: 26 M US$
- Pakistán: 24 M US$
- Camboya: 23 M US$
- Eslovaquia: 21 M US$
- Uruguay: 21 M US$
- Eslovenia: 20 M US$
- Grecia: 19 M US$
- Chipre: 17 M US$
- Sudáfrica: 17 M US$
- Colombia: 17 M US$
- Rumanía: 16 M US$
- Indonesia: 14 M US$
- Chile: 14 M US$
- Estonia: 14 M US$
- Canadá: 13 M US$
- Senegal: 13 M US$
- Taiwán: 12 M US$
- Mauritania: 12 M US$
- México: 11 M US$
- Irán: 10 M US$
- Tayikistán: 10 M US$
- Kazajistán: 10 M US$
- Azerbaiyán: 9 M US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 1931 M US$ | 18 % | |
| 2 | 1821 M US$ | 17 % | |
| 3 | 1075 M US$ | 10 % | |
| 4 | 686 M US$ | 6,4 % | |
| 5 | 567 M US$ | 5,3 % | |
| 6 | 544 M US$ | 5,1 % | |
| 7 | 445 M US$ | 4,1 % | |
| 8 | 352 M US$ | 3,3 % | |
| 9 | 329 M US$ | 3,1 % | |
| 10 | 287 M US$ | 2,7 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 2049 M US$ | 19,1 % | |
| 2 | 1297 M US$ | 12,1 % | |
| 3 | 781 M US$ | 7,3 % | |
| 4 | 515 M US$ | 4,8 % | |
| 5 | 499 M US$ | 4,7 % | |
| 6 | 421 M US$ | 3,9 % | |
| 7 | 418 M US$ | 3,9 % | |
| 8 | 409 M US$ | 3,8 % | |
| 9 | 381 M US$ | 3,6 % | |
| 10 | 367 M US$ | 3,4 % |
En la nomenclatura combinada de la UE, la partida 2306 abarca 11 líneas arancelarias y el derecho de terceros países es nulo. 10 de ellas están exentas de derechos. Una línea tiene un derecho específico o compuesto.
La partida 2306 se reparte en 11 líneas en el arancel de aduanas de Turquía; el tipo legal (Ley 474) es nulo.
En el arancel armonizado de Estados Unidos, las 8 líneas de la partida 2306 están sujetas a un derecho específico o compuesto, no a un porcentaje.
En el arancel aduanero del Reino Unido, la partida 2306 abarca 11 líneas arancelarias y el derecho de terceros países es nulo.
La partida 2306 se reparte en 8 líneas en el arancel de aduanas de Canadá; el tipo NMF (nación más favorecida) es nulo.
La tarifa de la LIGIE de México (TIGIE) divide la partida 2306 en 9 líneas arancelarias; el impuesto general de importación (IGI) es del 15 %.
En el arancel de Brasil (NCM/AEC), la partida 2306 abarca 10 líneas arancelarias y el tipo de la TEC es del 5,4 %.
La partida 2306 se reparte en 32 líneas en el arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM); el derecho de importación extrazona (AEC) es del 5,4 %.
El arancel de Aduanas del Perú divide la partida 2306 en 8 líneas arancelarias; el derecho ad valorem es nulo.
En el arancel de aduanas de Nueva Zelanda, la partida 2306 abarca 9 líneas arancelarias y el tipo normal (Normal Tariff) es nulo.
La partida 2306 se reparte en 9 líneas en el arancel de aduanas de Japón; el tipo aplicado es nulo.
El arancel de importación de Taiwán divide la partida 2306 en 10 líneas arancelarias; el tipo de la columna 1 es nulo.
En el arancel aduanero común del CCG, la partida 2306 abarca 9 líneas arancelarias y el derecho de aduana es del 5 %.
La partida 2306 se reparte en 18 líneas en el arancel de aduanas de Suiza (Tares); el derecho del arancel normal es nulo.
El arancel de aduanas de Noruega divide la partida 2306 en 18 líneas arancelarias; el derecho ordinario es nulo. 10 de ellas están exentas de derechos. 8 líneas tienen un derecho específico o compuesto.
En el arancel de aduanas de Macedonia del Norte, la partida 2306 abarca 11 líneas arancelarias y el derecho NMF es nulo.
La partida 2306 se reparte en 8 líneas en el arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria); el derecho de importación es del 10 %.
En 2024, las exportaciones mundiales de las mercancías de la partida 2306 sumaron 11 mil M US$ (−15,6 % interanual).
Encabezó las exportaciones Canadá (1931 M US$), por delante de Indonesia.
El principal comprador fue China, con importaciones por valor de 2049 M US$.
Con 57 M US$, España se situó en el puesto 22 de 128 exportadores.
España importó por valor de 421 M US$.
Notas legales
Nota de subpartida
1. En la subpartida 230641, se entiende por de semillas de nabo (nabina) o de colza con bajo contenido de ácido erúcico las semillas definidas en la Nota 1 de subpartida del Capítulo 12.
Notas complementarias
1. Se clasificarán en las subpartidas 23031011 y 23031019 únicamente los residuos de la industria del almidón de maíz, con exclusión de las mezclas de dichos residuos con los productos procedentes de otras plantas o procedentes del maíz por un procedimiento distinto al de la producción de almidón por vía húmeda.
Su contenido de almidón será inferior o igual al 28 % en peso, calculado sobre materia seca, según el método que se especifica en el anexo III, parte K, del Reglamento (CE) n.o 152/2009 de la Comisión, y el de materias grasas será inferior o igual al 4,5 % en peso, calculado sobre materia seca, según el método que se especifica en el anexo III, parte G, del Reglamento (CE) n.o 152/2009.
2. La subpartida 23069005 comprende únicamente los residuos de la extracción del aceite de germen de maíz que contengan los siguientes ingredientes en las cantidades especificadas, calculadas en peso de producto seco:
a) productos con un contenido de aceite inferior al 3 %:
contenido de almidón: inferior al 45 %,
contenido de proteínas (contenido de nitrógeno × 6,25): igual o superior al 11,5 %;
b) productos con un contenido de aceite igual o superior al 3 % pero inferior al 8 %:
contenido de almidón: inferior al 45 %,
contenido de proteínas (contenido de nitrógeno × 6,25): igual o superior al 13 %.
Por otra parte, dichos residuos no deberán contener ingredientes que no procedan del grano de maíz.
Para determinar el contenido de almidón y proteínas, deberán seguirse los métodos establecidos en el Reglamento (CE) n.o 152/2009, anexo III, parte K y parte C.
Para determinar el contenido de aceite y humedad, deberán seguirse los métodos establecidos en el Reglamento (CE) n.o 152/2009, anexo III, parte G y parte A, respectivamente.
Se excluyen los productos que contengan componentes procedentes de partes del grano de maíz que se hayan añadido después de la transformación y que no hayan sido sometidos a un proceso de extracción del aceite.
3. Para la aplicación de las subpartidas 23070011, 23070019, 23080011 y 23080019, se entenderá por:
«grado alcohólico másico adquirido», el número de kilogramos de alcohol puro contenidos en 100 kg del producto,
«grado alcohólico másico en potencia», el número de kilogramos de alcohol puro que pueda producirse por la fermentación total de los azúcares contenidos en 100 kg del producto,
«grado alcohólico másico total», la suma de los grados alcohólicos másicos adquiridos y en potencia,
«% mas», el símbolo del grado alcohólico másico.
4. Para la aplicación de las subpartidas 23091011 a 23091070 y 23099031 a 23099070, se considerarán «productos lácteos» los clasificados en las partidas 0401, 0402, 0404, 0405, 0406 y en las subpartidas 04032011 a 04032039, 04039011 a 04039069, 17021100, 17021900 y 21069051.
5. Se clasifican en la subpartida 23099020 solamente los residuos de la fabricación de los almidones de maíz, con exclusión de las mezclas de residuos de la fabricación de estos almidones y de los productos derivados de otras plantas o del maíz mediante un proceso distinto al empleado en la fabricación de los almidones por vía húmeda, que contengan:
residuos del cribado del maíz utilizados en el proceso por vía húmeda en una proporción inferior o igual al 15 % en peso, y/o
residuos provenientes del agua de remojo del maíz del proceso por vía húmeda, incluidos los provenientes del agua de remojo utilizada en la producción de alcohol o de otros productos derivados del almidón.
Por otra parte, estos productos podrán contener residuos de la extracción del aceite de gérmenes de maíz obtenidos por vía húmeda.
Su contenido de almidón deberá ser inferior o igual al 28 % en peso, calculado sobre materia seca, de acuerdo con el método contemplado en el anexo III, parte K, del Reglamento (CE) n.o 152/2009, el contenido de materias grasas deberá ser inferior o igual al 4,5 % en peso, calculado sobre materia seca, según el método que se especifica en el anexo III, parte G, del Reglamento (CE) n.o 152/2009, y el contenido de proteínas deberá ser inferior o igual al 40 % en peso, calculado sobre materia seca, de acuerdo con el método contemplado en el anexo III, parte C, del Reglamento (CE) n.o 152/2009.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas…»?
Estas mercancías se clasifican en la partida 2306 del Sistema Armonizado (capítulo 23), dentro de la sección IV. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «tortas y demás residuos sólidos de la extracción…» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 2306 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «tortas y demás residuos sólidos de la extracción…» en Turquía?
En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 2306 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «tortas y demás residuos sólidos de la extracción…»?
Canadá, con 1931 M US$ en 2024 (el 18 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 57 M US$ (el 0,5 % del total mundial) y ocupó el puesto 22 entre 128 países exportadores.