Partida · Capítulo 30
3004: Medicamentos (excepto los productos de las partidas 3002, 3005 o 3006) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados (incluidos los administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor
La partida 3004 se divide en 12 subpartidas de seis dígitos y pertenece al capítulo 30 (productos farmacéuticos).
Comparación de aranceles
Subpartidas 12
- 3004.10Que contengan penicilinas o derivados de estos productos con la estructura del ácido penicilánico, o estreptomicinas o derivados de estos productosMedicamentos con penicilina
- 3004.20Los demás, que contengan antibióticosMedicamentos con antibióticos
- 3004.31Los demás, que contengan hormonas u otros productos: que contengan insulinaMedicamentos con insulina
- 3004.32Que contengan hormonas corticosteroides, sus derivados o análogos estructuralesMedicamentos con corticoides
- 3004.39Los demás, que contengan hormonas u otros productos: los demásMedicamentos hormonales dosificados (demás)
- 3004.41Que contengan efedrina o sus sales
- 3004.42Que contengan seudoefedrina (DCI) o sus sales
- 3004.43Que contengan norefedrina o sus sales
- 3004.49Los demás, que contengan alcaloides o sus derivados: los demásMedicamentos con otros alcaloides
- 3004.50Los demás, que contengan vitaminas u otros productos de la partida 2936Medicamentos con vitaminas
- 3004.60Los demás, que contengan los principios activos contra la malaria (paludismo) descritos en la Nota 2 de subpartida del presente Capítulo
- 3004.90Medicamentos: los demásMedicamentos dosificados (los demás)
UE: importaciones mensuales
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 5 M US$5 M US$+369 M US$+3529 M US$+> 24 mil M US$
Exportaciones: 208
- Alemania: 66 mil M US$
- Suiza: 47 mil M US$
- Italia: 38 mil M US$
- Estados Unidos: 37 mil M US$
- Irlanda: 32 mil M US$
- Francia: 28 mil M US$
- India: 24 mil M US$
- Eslovenia: 24 mil M US$
- Bélgica: 23 mil M US$
- Reino Unido: 18 mil M US$
- España: 15 mil M US$
- Dinamarca: 15 mil M US$
- Países Bajos: 14 mil M US$
- China: 10 mil M US$
- Canadá: 10 mil M US$
- Singapur: 9239 M US$
- Suecia: 8681 M US$
- Austria: 8256 M US$
- Hungría: 7395 M US$
- Japón: 5961 M US$
- Polonia: 3529 M US$
- Grecia: 2982 M US$
- Chequia: 2973 M US$
- Israel: 2054 M US$
- México: 2052 M US$
- Rumanía: 1996 M US$
- Finlandia: 1976 M US$
- Portugal: 1741 M US$
- Turquía: 1567 M US$
- Bulgaria: 1237 M US$
- Australia: 1171 M US$
- Brasil: 1024 M US$
- Corea del Sur: 1006 M US$
- Croacia: 929 M US$
- Lituania: 864 M US$
- Argentina: 823 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 794 M US$
- Taiwán: 735 M US$
- Malta: 699 M US$
- Noruega: 677 M US$
- Eslovaquia: 658 M US$
- Letonia: 643 M US$
- Chipre: 530 M US$
- Arabia Saudí: 523 M US$
- Tailandia: 478 M US$
- Pakistán: 466 M US$
- Indonesia: 446 M US$
- Serbia: 436 M US$
- Malasia: 422 M US$
- Guatemala: 409 M US$
- Egipto: 372 M US$
- Colombia: 369 M US$
- Jordania: 368 M US$
- Sudáfrica: 359 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 337 M US$
- Rusia: 332 M US$
- Vietnam: 212 M US$
- Ucrania: 208 M US$
- Macedonia del Norte: 207 M US$
- El Salvador: 197 M US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 207 M US$207 M US$+1162 M US$+4715 M US$+> 17 mil M US$
Importaciones: 224
- Estados Unidos: 91 mil M US$
- Suiza: 47 mil M US$
- Alemania: 31 mil M US$
- Bélgica: 23 mil M US$
- China: 19 mil M US$
- Italia: 18 mil M US$
- Reino Unido: 17 mil M US$
- Francia: 17 mil M US$
- Japón: 15 mil M US$
- España: 14 mil M US$
- Países Bajos: 13 mil M US$
- Canadá: 9482 M US$
- Eslovenia: 8457 M US$
- Rusia: 8033 M US$
- Polonia: 7235 M US$
- Australia: 5687 M US$
- Arabia Saudí: 5373 M US$
- Brasil: 5355 M US$
- Irlanda: 5317 M US$
- Chequia: 5171 M US$
- Rumanía: 5139 M US$
- Dinamarca: 4751 M US$
- Corea del Sur: 4715 M US$
- México: 4528 M US$
- Austria: 4467 M US$
- Suecia: 3815 M US$
- Taiwán: 3528 M US$
- Hungría: 3222 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 2944 M US$
- Portugal: 2721 M US$
- Egipto: 2704 M US$
- Grecia: 2692 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 2641 M US$
- Turquía: 2529 M US$
- Colombia: 2207 M US$
- Vietnam: 2160 M US$
- Israel: 2057 M US$
- Ucrania: 1887 M US$
- Sudáfrica: 1858 M US$
- Singapur: 1816 M US$
- Eslovaquia: 1757 M US$
- Tailandia: 1727 M US$
- Bulgaria: 1710 M US$
- Noruega: 1704 M US$
- Finlandia: 1581 M US$
- Filipinas: 1521 M US$
- Lituania: 1514 M US$
- Kuwait: 1467 M US$
- Kazajistán: 1461 M US$
- Chile: 1403 M US$
- Uzbekistán: 1398 M US$
- Croacia: 1357 M US$
- Serbia: 1303 M US$
- Malasia: 1302 M US$
- India: 1188 M US$
- Argentina: 1162 M US$
- Irak: 967 M US$
- Nueva Zelanda: 894 M US$
- Letonia: 866 M US$
- Panamá: 800 M US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 66 mil M US$ | 13,8 % | |
| 2 | 47 mil M US$ | 9,7 % | |
| 3 | 38 mil M US$ | 8 % | |
| 4 | 37 mil M US$ | 7,7 % | |
| 5 | 32 mil M US$ | 6,7 % | |
| 6 | 28 mil M US$ | 5,7 % | |
| 7 | 24 mil M US$ | 5 % | |
| 8 | 24 mil M US$ | 5 % | |
| 9 | 23 mil M US$ | 4,7 % | |
| 10 | 18 mil M US$ | 3,8 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 91 mil M US$ | 18,8 % | |
| 2 | 47 mil M US$ | 9,7 % | |
| 3 | 31 mil M US$ | 6,4 % | |
| 4 | 23 mil M US$ | 4,8 % | |
| 5 | 19 mil M US$ | 4 % | |
| 6 | 18 mil M US$ | 3,8 % | |
| 7 | 17 mil M US$ | 3,6 % | |
| 8 | 17 mil M US$ | 3,5 % | |
| 9 | 15 mil M US$ | 3,1 % | |
| 10 | 14 mil M US$ | 2,9 % |
La nomenclatura combinada de la UE divide la partida 3004 en 12 líneas arancelarias; el derecho de terceros países es nulo.
En el arancel de aduanas de Turquía, la partida 3004 abarca 14 líneas arancelarias y el tipo legal (Ley 474) es nulo.
La partida 3004 se reparte en 18 líneas en el arancel armonizado de Estados Unidos; el derecho general es nulo.
El arancel aduanero del Reino Unido divide la partida 3004 en 12 líneas arancelarias; el derecho de terceros países es nulo.
En el arancel de aduanas de Canadá, la partida 3004 abarca 54 líneas arancelarias y el tipo NMF (nación más favorecida) es nulo.
La partida 3004 se reparte en 79 líneas en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE); el impuesto general de importación (IGI) va del 0 % al 15 %. 49 de ellas están exentas de derechos.
El arancel de Brasil (NCM/AEC) divide la partida 3004 en 154 líneas arancelarias; el tipo de la TEC va del 0 % al 14 % (media del 8 %). 37 de ellas están exentas de derechos.
En el arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM), la partida 3004 abarca 708 líneas arancelarias y el derecho de importación extrazona (AEC) va del 0 % al 14 %. 99 de ellas están exentas de derechos.
La partida 3004 se reparte en 30 líneas en el arancel de Aduanas del Perú; el derecho ad valorem es del 6 %.
El arancel de aduanas de Nueva Zelanda divide la partida 3004 en 25 líneas arancelarias; el tipo normal (Normal Tariff) es nulo.
En el arancel de aduanas de Japón, la partida 3004 abarca 15 líneas arancelarias y el tipo aplicado es nulo.
La partida 3004 se reparte en 105 líneas en el arancel de importación de Taiwán; el tipo de la columna 1 va del 0 % al 20 %. 104 de ellas están exentas de derechos.
El arancel aduanero común del CCG divide la partida 3004 en 44 líneas arancelarias; el derecho de aduana es nulo.
En el arancel de aduanas de Suiza (Tares), la partida 3004 abarca 12 líneas arancelarias y el derecho del arancel normal es nulo.
La partida 3004 se reparte en 13 líneas en el arancel de aduanas de Noruega; el derecho ordinario es nulo.
El arancel de aduanas de Macedonia del Norte divide la partida 3004 en 22 líneas arancelarias; el derecho NMF va del 0 % al 5 % (media del 2,7 %). 10 de ellas están exentas de derechos.
En el arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria), la partida 3004 abarca 12 líneas arancelarias y el derecho de importación es nulo.
En 2024, las exportaciones mundiales de las mercancías de la partida 3004 sumaron 482 mil M US$ (+2,9 % interanual).
Encabezó las exportaciones Alemania (66 mil M US$), por delante de Suiza.
El principal comprador fue Estados Unidos, con importaciones por valor de 91 mil M US$.
Con 15 mil M US$, España se situó en el puesto 11 de 208 exportadores.
España importó por valor de 14 mil M US$.
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende:
a) los alimentos dietéticos, alimentos enriquecidos, alimentos para diabéticos, complementos alimenticios, bebidas tónicas y el agua mineral (Sección IV), excepto las preparaciones nutritivas para administración por vía intravenosa;
b) los productos, tales como comprimidos, gomas de mascar o parches autoadhesivos (que se administran por vía transdérmica), que contengan nicotina y destinados para ayudar a dejar de fumar (partida 2404);
c) el yeso fraguable especialmente calcinado o finamente molido para uso en odontología (partida 2520);
d) los destilados acuosos aromáticos y las disoluciones acuosas de aceites esenciales, medicinales (partida 3301);
e) las preparaciones de las partidas 3303 a 3307, incluso si tienen propiedades terapéuticas o profilácticas;
f) el jabón y demás productos de la partida 3401, con adición de sustancias medicamentosas;
g) las preparaciones a base de yeso fraguable para uso en odontología (partida 3407);
h) la albúmina de la sangre sin preparar para usos terapéuticos o profilácticos (partida 3502);
ij) los reactivos de diagnóstico de la partida 3822.
2. En la partida 3002 se entiende por productos inmunológicos a los péptidos y proteínas (excepto los productos de la partida 2937) que participan directamente en la regulación de los procesos inmunológicos, tales como los anticuerpos monoclonales (MAB), los fragmentos de anticuerpos, los conjugados de anticuerpos y los conjugados de fragmentos de anticuerpos, las interleucinas, los interferones (IFN), las quimioquinas así como ciertos factores que provocan la necrosis tumoral (TNF), factores de crecimiento (GF), hematopoyetinas y factores estimulantes de colonias (CSF).
3. En las partidas 3003 y 3004 y en la Nota 4 d) de este Capítulo, se consideran:
a) productos sin mezclar:
1) las disoluciones acuosas de productos sin mezclar;
2) todos los productos de los Capítulos 28 o 29;
3) los extractos vegetales simples de la partida 1302, simplemente normalizados o disueltos en cualquier disolvente;
b) productos mezclados:
1) las disoluciones y suspensiones coloidales (excepto el azufre coloidal);
2) los extractos vegetales obtenidos por tratamiento de mezclas de sustancias vegetales;
3) las sales y aguas concentradas obtenidas por evaporación de aguas minerales naturales.
4. En la partida 3006 solo están comprendidos los productos siguientes, que se clasifican en esta partida y no en otra de la nomenclatura:
a) los catguts estériles y las ligaduras estériles similares, para suturas quirúrgicas (incluidos los hilos reabsorbibles estériles para cirugía u odontología) y los adhesivos estériles para tejidos orgánicos utilizados en cirugía para cerrar heridas;
b) las laminarias estériles;
c) los hemostáticos reabsorbibles estériles para cirugía u odontología; las barreras antiadherencias estériles para cirugía u odontología, incluso reabsorbibles;
d) las preparaciones opacificantes para exámenes radiológicos, así como los reactivos de diagnóstico concebidos para usar en el paciente, que sean productos sin mezclar dosificados o bien productos mezclados, constituidos por dos o más ingredientes, para los mismos usos;
e) los placebos y kits para ensayos clínicos ciegos (o doble ciego), destinados a ser utilizados en ensayos clínicos reconocidos, presentados en forma de dosis, incluso que contengan medicamentos activos;
f) los cementos y demás productos de obturación dental; los cementos para la refección de los huesos;
g) los botiquines equidos para primeros auxilios;
h) las preparaciones químicas anticonceptivas a base de hormonas, de otros productos de la partida 2937 o de espermicidas;
ij) las preparaciones en forma de gel concebidas para ser utilizadas en medicina o veterinaria como lubricante para ciertas partes del cuerpo en operaciones quirúrgicas o exámenes médicos o como nexo entre el cuerpo y los instrumentos médicos;
k) los desechos farmacéuticos, es decir, los productos farmacéuticos impropios para su propósito original debido, por ejemplo, a que ha sobrepasado la fecha de su caducidad;
l) los dispositivos identificables para uso en estomas, es decir, las bolsas con forma para colostomía, ileostomía y urostomía, y sus protectores cutáneos adhesivos o placas frontales.
Notas de subpartida
1. En las subpartidas 300213 y 300214, se consideran:
a) productos sin mezclar, los productos puros, aunque contengan impurezas;
b) productos mezclados :
1) las disoluciones acuosas y demás disoluciones de los productos mencionados en el apartado a);
2) los productos mencionados en los apartados a) y b) 1) con la adición de un estabilizante indispensable para su conservación o transporte; y
3) los productos mencionados en los párrafos a), b) 1) y b) 2) con adición de otros aditivos.
2. Las subpartidas 300360 y 300460 comprenden los medicamentos que contengan artemisinina (DCI) para su administración por vía oral combinada con otros ingredientes farmacéuticos activos, o que contengan alguno de los principios activos siguientes, incluso combinados con otros ingredientes farmacéuticos activos: ácido artelínico o sus sales; amodiaquina (DCI); arteméter (DCI); artemotil (DCI); artenimol (DCI); artesunato (DCI); cloroquina (DCI); dihidroartemisinina (DCI); lumefantrina (DCI); mefloquina (DCI); piperaquina (DCI); pirimetamina (DCI) o sulfadoxina (DCI).
Nota complementaria
1. La partida 3004 incluye preparaciones fitofarmacéuticas y preparaciones a base de las siguientes sustancias activas: vitaminas, minerales, aminoácidos esenciales o ácidos grasos, acondicionados para la venta al por menor. Estas preparaciones se clasifican en la partida 3004 si incorporan en la etiqueta, en el envase o en los prospectos destinados al usuario las siguientes observaciones:
a) las enfermedades o afecciones específicas, o sus síntomas, para los que se debe utilizar el producto;
b) la concentración de la sustancia o sustancias activas contenidas en el producto;
c) la dosificación, y
d) el modo de aplicación.
Esta partida incluye preparados medicinales homeopáticos cuando cumplen las condiciones citadas en las letras a), c) y d).
En el caso de las preparaciones a base de vitaminas, minerales, aminoácidos esenciales, ácidos grasos y extractos proteínicos, el nivel de una de estas sustancias por dosis diaria recomendada que se indique en la etiqueta debería ser perceptiblemente más alto que la ingesta diaria recomendada para mantener la salud y el bienestar generales.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «medicamentos»?
Estas mercancías se clasifican en la partida 3004 del Sistema Armonizado (capítulo 30), dentro de la sección VI. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «medicamentos» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 3004 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «medicamentos» en Turquía?
En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 3004 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «medicamentos»?
Alemania, con 66 mil M US$ en 2024 (el 13,8 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 15 mil M US$ (el 3,1 % del total mundial) y ocupó el puesto 11 entre 208 países exportadores.