Partida · Capítulo 39
3904: Polímeros de cloruro de vinilo o de otras olefinas halogenadas, en formas primarias
9 subpartidas forman la partida 3904, en el capítulo 39 (plástico y sus manufacturas).
Comparación de aranceles
Subpartidas 9
- 3904.10Poli(cloruro de vinilo) sin mezclar con otras sustanciasPVC sin mezclar
- 3904.21Los demás poli(cloruros de vinilo): sin plastificar
- 3904.22Los demás poli(cloruros de vinilo): plastificadosPVC plastificado
- 3904.30Copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo
- 3904.40Los demás copolímeros de cloruro de vinilo
- 3904.50Polímeros de cloruro de vinilideno
- 3904.61Polímeros de cloruro de vinilo o de otras olefinas: polímeros fluorados, politetrafluoroetileno
- 3904.69Polímeros de cloruro de vinilo o de otras olefinas: polímeros fluorados, los demásOtros polímeros fluorados
- 3904.90Polímeros de cloruro de vinilo o de otras olefinas: los demás
UE: importaciones mensuales
Comercio mundial en 2024
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 2 M US$2 M US$+55 M US$+312 M US$+> 1444 M US$
Exportaciones: 135
- Estados Unidos: 4024 M US$
- China: 3465 M US$
- Alemania: 1740 M US$
- Francia: 1507 M US$
- Japón: 1444 M US$
- Taiwán: 986 M US$
- Bélgica: 840 M US$
- Países Bajos: 823 M US$
- Italia: 704 M US$
- Corea del Sur: 671 M US$
- Tailandia: 449 M US$
- Indonesia: 362 M US$
- Colombia: 328 M US$
- México: 312 M US$
- España: 309 M US$
- India: 282 M US$
- Egipto: 248 M US$
- Canadá: 240 M US$
- Suecia: 238 M US$
- Hungría: 226 M US$
- Portugal: 207 M US$
- Reino Unido: 207 M US$
- Arabia Saudí: 168 M US$
- Noruega: 163 M US$
- Polonia: 129 M US$
- Rusia: 121 M US$
- Turquía: 116 M US$
- Malasia: 98 M US$
- Chequia: 91 M US$
- Singapur: 91 M US$
- Argentina: 86 M US$
- Vietnam: 64 M US$
- Sudáfrica: 63 M US$
- Suiza: 55 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 46 M US$
- Irlanda: 34 M US$
- Brasil: 33 M US$
- Bangladés: 27 M US$
- Uruguay: 26 M US$
- Rumanía: 26 M US$
- RAE de Hong Kong (China): 24 M US$
- Filipinas: 23 M US$
- Serbia: 22 M US$
- Austria: 19 M US$
- Eslovaquia: 14 M US$
- Perú: 12 M US$
- Finlandia: 12 M US$
- El Salvador: 12 M US$
- Costa Rica: 11 M US$
- Macedonia del Norte: 10 M US$
- Lituania: 9 M US$
- Israel: 9 M US$
- Bulgaria: 9 M US$
- Kazajistán: 8 M US$
- Irán: 8 M US$
- Guatemala: 7 M US$
- Dinamarca: 7 M US$
- Ecuador: 7 M US$
- Eslovenia: 7 M US$
- Pakistán: 6 M US$
Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 12 M US$12 M US$+65 M US$+236 M US$+> 817 M US$
Importaciones: 213
- India: 3088 M US$
- Alemania: 1203 M US$
- Estados Unidos: 1154 M US$
- Vietnam: 1003 M US$
- China: 998 M US$
- Italia: 897 M US$
- Turquía: 817 M US$
- México: 801 M US$
- Brasil: 710 M US$
- Canadá: 692 M US$
- Polonia: 519 M US$
- Francia: 510 M US$
- Bélgica: 507 M US$
- Reino Unido: 506 M US$
- Corea del Sur: 405 M US$
- Japón: 311 M US$
- Países Bajos: 294 M US$
- España: 263 M US$
- Malasia: 257 M US$
- Taiwán: 237 M US$
- Tailandia: 236 M US$
- Emiratos Árabes Unidos: 236 M US$
- Egipto: 235 M US$
- Bangladés: 205 M US$
- Arabia Saudí: 198 M US$
- Argelia: 184 M US$
- Indonesia: 181 M US$
- Rusia: 174 M US$
- Nigeria: 163 M US$
- Austria: 161 M US$
- Chequia: 153 M US$
- Marruecos: 150 M US$
- Rumanía: 144 M US$
- Irlanda: 138 M US$
- Suiza: 131 M US$
- Perú: 127 M US$
- Colombia: 118 M US$
- Ucrania: 96 M US$
- Singapur: 92 M US$
- Guatemala: 91 M US$
- Hungría: 87 M US$
- Costa Rica: 84 M US$
- Kazajistán: 79 M US$
- Australia: 76 M US$
- Uzbekistán: 76 M US$
- Túnez: 76 M US$
- Camboya: 75 M US$
- Portugal: 75 M US$
- República Dominicana: 73 M US$
- Suecia: 73 M US$
- Sudáfrica: 70 M US$
- Pakistán: 68 M US$
- Filipinas: 66 M US$
- Ecuador: 65 M US$
- Israel: 64 M US$
- Dinamarca: 64 M US$
- Chile: 63 M US$
- Serbia: 59 M US$
- Kenia: 59 M US$
- Jordania: 58 M US$
Principales exportadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 4024 M US$ | 18,9 % | |
| 2 | 3465 M US$ | 16,2 % | |
| 3 | 1740 M US$ | 8,2 % | |
| 4 | 1507 M US$ | 7,1 % | |
| 5 | 1444 M US$ | 6,8 % | |
| 6 | 986 M US$ | 4,6 % | |
| 7 | 840 M US$ | 3,9 % | |
| 8 | 823 M US$ | 3,9 % | |
| 9 | 704 M US$ | 3,3 % | |
| 10 | 671 M US$ | 3,1 % |
Principales importadores
| Puesto | País | Valor | Cuota |
|---|---|---|---|
| 1 | 3088 M US$ | 14,5 % | |
| 2 | 1203 M US$ | 5,6 % | |
| 3 | 1154 M US$ | 5,4 % | |
| 4 | 1003 M US$ | 4,7 % | |
| 5 | 998 M US$ | 4,7 % | |
| 6 | 897 M US$ | 4,2 % | |
| 7 | 817 M US$ | 3,8 % | |
| 8 | 801 M US$ | 3,8 % | |
| 9 | 710 M US$ | 3,3 % | |
| 10 | 692 M US$ | 3,2 % |
Cambios normativos recientes que citan este código
Actos cuyo texto cita este código o su partida. Compruebe el propio acto: un código puede citarse por motivos distintos de un cambio de su derecho.
-
CELEX 32026R1395 · Fuente: eur-lex.europa.eu
La nomenclatura combinada de la UE divide la partida 3904 en 12 líneas arancelarias; el derecho de terceros países va del 0 % al 6,5 % (media del 5,4 %). 2 de ellas están exentas de derechos.
En el arancel de aduanas de Turquía, la partida 3904 abarca 13 líneas arancelarias y el tipo legal (Ley 474) va del 0 % al 6,5 %. 2 de ellas están exentas de derechos.
La partida 3904 se reparte en 12 líneas en el arancel armonizado de Estados Unidos; el derecho general va del 0 % al 6,5 %. 3 de ellas están exentas de derechos.
El arancel aduanero del Reino Unido divide la partida 3904 en 30 líneas arancelarias; el derecho de terceros países va del 0 % al 6 % (media del 5,6 %). 2 de ellas están exentas de derechos.
En el arancel de aduanas de Canadá, la partida 3904 abarca 9 líneas arancelarias y el tipo NMF (nación más favorecida) es nulo.
La partida 3904 se reparte en 17 líneas en la tarifa de la LIGIE de México (TIGIE); el impuesto general de importación (IGI) va del 0 % al 10 %. 5 de ellas están exentas de derechos.
El arancel de Brasil (NCM/AEC) divide la partida 3904 en 16 líneas arancelarias; el tipo de la TEC va del 0 % al 12,6 % (media del 7,1 %). 7 de ellas están exentas de derechos.
En el arancel Integrado de Argentina (NCM-SIM), la partida 3904 abarca 18 líneas arancelarias y el derecho de importación extrazona (AEC) va del 0 % al 14 %. 10 de ellas están exentas de derechos.
La partida 3904 se reparte en 12 líneas en el arancel de Aduanas del Perú; el derecho ad valorem va del 0 % al 6 %. 11 de ellas están exentas de derechos.
El arancel de aduanas de Nueva Zelanda divide la partida 3904 en 12 líneas arancelarias; el tipo normal (Normal Tariff) va del 0 % al 5 % (media del 0,8 %). 10 de ellas están exentas de derechos.
En el arancel de aduanas de Japón, la partida 3904 abarca 18 líneas arancelarias y el tipo aplicado va del 2,8 % al 5,6 %.
La partida 3904 se reparte en 9 líneas en el arancel de importación de Taiwán; el tipo de la columna 1 es del 2,5 %.
El arancel aduanero común del CCG divide la partida 3904 en 9 líneas arancelarias; el derecho de aduana es del 5 %.
En el arancel de aduanas de Suiza (Tares), la partida 3904 abarca 9 líneas arancelarias y el derecho del arancel normal es nulo.
La partida 3904 se reparte en 9 líneas en el arancel de aduanas de Noruega; el derecho ordinario es nulo.
El arancel de aduanas de Macedonia del Norte divide la partida 3904 en 12 líneas arancelarias; el derecho NMF es del 3 %.
En el arancel exterior común de la CEDEAO (Nigeria), la partida 3904 abarca 9 líneas arancelarias y el derecho de importación va del 5 % al 10 %.
El comercio mundial de las mercancías de la partida 3904 alcanzó 21 mil M US$ en 2024, un 6,7 % menos que en 2023.
El mayor exportador fue Estados Unidos, con el 18,9 % del total, por delante de China.
El mayor importador fue India (3088 M US$).
España ocupó el puesto 15 entre 135 países exportadores, con 309 M US$.
España importó por valor de 263 M US$.
Notas legales
Notas de subpartida
1. Dentro de una partida de este Capítulo, los polímeros (incluidos los copolímeros) y los polímeros modificados químicamente se clasifican conforme a las disposiciones siguientes:
a) cuando en la serie de subpartidas a considerar exista una subpartida «Los/Las demás»:
1) el prefijo poli que precede a la denominación de un polímero especificado en el texto de una subpartida (por ejemplo: polietileno o poliamida-6,6) significa que la o las unidades monoméricas constitutivas del polímero especificado, consideradas conjuntamente, deben contribuir con una proporción superior o igual al 95 % en peso del contenido total del polímero;
2) Los copolímeros citados en las subpartidas 390130, 390140, 390320, 390330 y 390430 se clasifican en estas subpartidas, siempre que las unidades comonoméricas de los copolímeros mencionados contribuyan con una proporción superior o igula al 95 % en peso del contenido total del polímero;
3) los polímeros modificados químicamente se clasifican en la subpartida denominada «Los/Las demás» siempre que estos polímeros modificados químicamente no estén comprendidos más específicamente en otra subpartida;
4) los polímeros a los que no les sean aplicables las disposiciones de los apartados 1), 2) o 3) anteriores, se clasifican en la subpartida que, entre las restantes de la serie, comprenda los polímeros de la unidad monomérica que predomine en peso sobre cualquier otra unidad comonomérica simple. A este efecto, las unidades monoméricas constitutivas de polímeros comprendidos en la misma subpartida se consideran conjuntamente. Solo deberán compararse las unidades comonoméricas constitutivas de los polímeros de la serie de subpartidas consideradas;
b) cuando en la misma serie no exista una subpartida «Los/Las demás»:
1) los polímeros se clasifican en la subpartida que comprenda los polímeros de la unidad monomérica que predomine en peso sobre cualquier otra unidad comonomérica simple. A este efecto, las unidades monoméricas constitutivas de polímeros comprendidos en la misma subpartida se consideran conjuntamente. Solo deberán compararse las unidades comonoméricas constitutivas de los polímeros de la serie de subpartidas consideradas;
2) los polímeros modificados químicamente se clasifican en la subpartida que corresponda al polímero sin modificar.
Las mezclas de polímeros se clasifican en la misma subpartida que los polímeros obtenidos con las mismas unidades monoméricas en las mismas proporciones.
2. En la subpartida 392043, el término plastificantes comprende también los plastificantes secundarios.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código arancelario de «polímeros de cloruro de vinilo o de otras olefinas…»?
Estas mercancías se clasifican en la partida 3904 del Sistema Armonizado (capítulo 39), dentro de la sección VII. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.
¿Qué arancel se aplica a «polímeros de cloruro de vinilo o de otras…» en España y en la UE?
En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 3904 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 0 % y el 6,5 %, según la línea. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué arancel se aplica a «polímeros de cloruro de vinilo o de otras…» en Turquía?
En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 3904 procedentes de países sin acuerdo preferencial tributan entre el 0 % y el 6,5 %, según la línea. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué país es el mayor exportador de «polímeros de cloruro de vinilo o de otras…»?
Estados Unidos, con 4024 M US$ en 2024 (el 18,9 % de las exportaciones mundiales).
¿Qué puesto ocupa España como exportador?
En 2024, España exportó 309 M US$ (el 1,4 % del total mundial) y ocupó el puesto 15 entre 135 países exportadores.