Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 0711.51

0711 51 00

0711 51 00: Hongos del género Agaricus

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 0711 Hortalizas conservadas provisionalmente, pero todavía impropias, en este estado, para consumo inmediato:
  2. Hongos y trufas:
  3. 0711 51 00 Hongos del género Agaricus

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana 9,6 + 191 €/100 kg/net eda derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 4 medidas adicionales Requisitos de importación: 5
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 7

  • Derecho adicionalDerechos adicionales 50 % con el documento Y-155 (Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia) · en otro caso exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 1227/25
    Documentos
    • Y155 Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia
  • Derecho adicionalDerechos adicionales 50 %
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 1227/25
  • Contingente arancelarioContingente arancelario no preferencial 12 %
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Bielorrusia, China, Reino Unido, Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 0761/20
  • Contingente arancelarioContingente arancelario no preferencial 12 %
    Se aplica a mercancías originarias de
    China
    Acto jurídico
    Regulation 0761/20
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 5

  • Prohibición o restricciónProhibición a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Corea del Norte
    Acto jurídico
    Regulation 0285/18
  • Control de importaciónPuesta en libre circulación (restricción - piensos y alimentos)
    Se aplica a mercancías originarias de
    Albania, Bielorrusia, Bosnia y Herzegovina, Kosovo, Macedonia del Norte, Moldavia, Montenegro, Reino Unido y 5 más
    Acto jurídico
    Regulation 0256/24
    Documentos
    • C678 Documento Sanitario Común de Entrada para piensos y alimentos de origen no animal (DSCE-D) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección D, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
    • Y854 Las mercancías declaradas no se ven afectadas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1158 de la Comisión.
    • Y855 Exención de las restricciones a la importación en virtud del artículo 1, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1158 de la Comisión (accidente de Chernóbil).
  • Control de importaciónControl de las importaciones de productos ecológicos
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países excepto Suiza, Islandia, Liechtenstein, Noruega
    Acto jurídico
    Regulation 2306/21
    Documentos
    • C644 Certificado de control por los productos ecológicos
    • Y929 Productos no afectados por el Reglamento (UE) n.º 2018/848 (productos ecológicos)
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

Contingentes arancelarios

Número de ordenOrigenDerecho contingentarioPeríodoVolumenSaldoValidez
09.4284 China 12 % · 23 % 1 de enero de 2021 – — — Gestionado mediante certificados de importación
09.4286 All third countries 12 % · 23 % 20 de julio de 2025 – — — Gestionado mediante certificados de importación
09.7217 Peru Exento 1 de enero de 2026 – 31 de diciembre de 2026 230.000 kg 230.000 kg Abierto
09.7231 Colombia Exento 1 de enero de 2026 – 31 de diciembre de 2026 165.000 kg 165.000 kg Abierto
09.7302 Central America Exento 1 de enero de 2026 – 31 de diciembre de 2026 275.000 kg 275.000 kg Abierto
09.7527 Ecuador Exento 1 de enero de 2026 – 31 de diciembre de 2026 100.000 kg 100.000 kg Abierto
09.8208 Viet Nam Exento 1 de enero de 2026 – 31 de diciembre de 2026 350.000 kg 350.000 kg Abierto

Saldos según el informe semanal de contingentes de la Comisión con fecha 30 de octubre de 2026. Los contingentes gestionados mediante certificados se asignan a través de certificados de importación; su saldo no se publica en el informe semanal.

IVA a la importación en los Estados miembros

El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.

  • Alemania 7 % tipo reducido
  • Austria 10 % tipo reducido
  • Bélgica 6 % tipo reducido
  • Bulgaria 20 %
  • Chequia 12 % tipo reducido
  • Chipre 5 % tipo reducido
  • Croacia 25 %
  • Dinamarca 25 %
  • Eslovaquia 19 % tipo reducido
  • Eslovenia 9,5 % tipo reducido
  • España 10 % tipo reducido
  • Estonia 24 %
  • Finlandia 13,5 % tipo reducido
  • Francia 5,5 % tipo reducido
  • Grecia 13 % tipo reducido
  • Hungría 27 %
  • Irlanda 0 % tipo reducido
  • Italia 4 % tipo reducido
  • Letonia 12 % tipo reducido
  • Lituania 21 %
  • Luxemburgo 3 % tipo reducido
  • Malta 0 % tipo reducido
  • Países Bajos 9 % tipo reducido
  • Polonia 5 % tipo reducido
  • Portugal 23 %
  • Rumanía 11 % tipo reducido
  • Suecia 6 % tipo reducido

TEDB · 31 de octubre de 2026

Tipos preferenciales por país

Acuerdo o régimenPaísesTipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)—9,6 + 191 €/100 kg/net eda
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 más

Afganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia

Exento
CARIFORUM
Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 más

Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago

Exento
PTU (Países y territorios de ultramar)
Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 más

Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna

Exento
Países de los Balcanes Occidentales (AL, BA, ME, MK, XK, XS) Albania, Bosnia y Herzegovina, Kosovo, Macedonia del Norte, Montenegro, Serbia Exento
SADC EPA Botsuana, Esuatini, Namibia Exento
Estados de África Oriental y Meridional Mauricio, Seychelles, Zimbabue Exento
acuerdo UE–Andorra Andorra Exento
acuerdo UE–Canadá Canadá Exento
acuerdo UE–Côte d’Ivoire Côte d’Ivoire Exento
acuerdo UE–Camerún Camerún Exento
acuerdo UE–Egipto Egipto Exento
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. Sáhara Occidental Exento
acuerdo UE–Fiyi Fiyi Exento
acuerdo UE–Reino Unido Reino Unido Exento
acuerdo UE–Georgia Georgia Exento
acuerdo UE–Ghana Ghana Exento
acuerdo UE–Israel Israel Exento
acuerdo UE–Islandia Islandia Exento
acuerdo UE–Jordania Jordania Exento
acuerdo UE–Japón Japón Exento
acuerdo UE–Kenia Kenia Exento
acuerdo UE–Corea del Sur Corea del Sur Exento
acuerdo UE–Líbano Líbano Exento
acuerdo UE–Marruecos Marruecos Exento
acuerdo UE–Moldavia Moldavia Exento
acuerdo UE–México México Exento
acuerdo UE–Noruega Noruega Exento
acuerdo UE–Nueva Zelanda Nueva Zelanda Exento
acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea Papúa Nueva Guinea Exento
acuerdo UE–Territorios Palestinos Territorios Palestinos Exento
acuerdo UE–Singapur Singapur Exento
unión aduanera UE–San Marino San Marino Exento
acuerdo UE–Ucrania Ucrania Exento
acuerdo UE–VietnamContingente Vietnam Exento
acuerdo UE–Samoa Samoa Exento
acuerdo UE–Sudáfrica Sudáfrica Exento
SPG - Régimen general
Congo, India, Indonesia, Islas Cook y 6 más

Congo, India, Indonesia, Islas Cook, Micronesia, Nigeria, Niue, Siria, Tayikistán, Vanuatu

6,1 % + 191 EUR / 100 kg E
GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza)
Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 más

Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán

0 % + 191 EUR / 100 kg E
América Central Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá 191 EUR / 100 kg E
Mercosur Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay 8,4 % + 167,12 EUR / 100 kg E
acuerdo UE–Chile Chile 4,5 % + 143,25 EUR / 100 kg E
acuerdo UE–Colombia Colombia 0 % + 191 EUR / 100 kg E
acuerdo UE–Ecuador Ecuador 191 EUR / 100 kg E
acuerdo UE–Perú Perú 0 % + 191 EUR / 100 kg E
acuerdo UE–Turquía Turquía 0 % + 191 EUR / 100 kg E

Notas a pie de página

UE: importaciones mensuales · HS 0711.51

últimos 12 meses197 mil €-30 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación1,48 € por kg
Tipo preferencial0 %
may 2024: 66 mil €oct 2024: 142 mil €nov 2024: 76 mil €mar 2025: 19 €ago 2025: 63 mil €sept 2025: 21 €oct 2025: 64 mil €nov 2025: 65 mil €abr 2026: 68 mil €
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
China 197 mil € 100 % -30 %
Estados Unidos 21 € 0 % —
Suiza 17 € 0 % —
Canadá 0 € 0 % -100 %

La misma subpartida en otros aranceles

0711.51 Hongos del género Agaricus

Notas legales

Notas

Notas de capítulo: Capítulo 07 →

Notas explicativas de la NC

Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.

0711 51 00 · Hongos del género Agaricus

Las setas de esta subpartida se pueden conservar provisionalmente en una salmuera fuerte con adición de vinagre o ácido acético.

Consideraciones generales del capítulo

HORTALIZAS, PLANTAS, RAÍCES Y TUBÉRCULOS ALIMENTICIOS

Consideraciones generales

1. El blanqueo no está permitido en este capítulo, con la excepción de:

  • hortalizas congeladas, aunque estén cocidas en agua o vapor, de la partida 0710;
  • legumbres de vaina seca, desvainadas, incluso mondadas o partidas, de la partida 0713.

2. Los brotes (de hortalizas y otras plantas) son las semillas germinadas utilizadas para el consumo humano y que se comen crudas o cocinadas. La germinación es la práctica de hacer germinar las semillas mediante su humidificación (esto aumenta el contenido de agua de las semillas y las saca de la dormancia) hasta que una planta empieza a brotar y crecen las hojas.

En general, los brotes listos para el consumo humano se pueden presentar de tres maneras:

a) como planta en germinación con cotiledones o embriones de primeras hojas y restos de semillas y raíces;

b) como planta consistente en granos de cereal germinados, por ejemplo, cebada germinada, la llamada malta verde (véase también la nota explicativa de las subpartidas 1107 10 11 a 1107 10 99), que puede utilizarse cruda en ensaladas o, después de su transformación posterior, para la producción de cerveza o whisky, principalmente;

c) como plantas jóvenes consistentes únicamente en los cotiledonres y sin restos de semillas ni raíces y tampoco sin hojas maduras (hojas verdaderas, formadas después del embrión). Estas clases de brotes se presentan normalmente en cajitas con medios de cultivo.

Al clasificar los brotes se han de aplicar los principios siguientes:

  • los brotes de hortalizas mencionados en el capítulo 7 se deben clasificar como hortalizas frescas en el capítulo 7, en sus partidas respectivas, ya que las hortalizas frescas se clasifican en este capítulo si se destinan a servir de alimento, a sembrarse o a plantarse, excepto las plántulas de hortalizas en condiciones de ser replantadas de la partida 0602 (véanse las notas explicativas del SA, consideraciones generales del capítulo 7, párrafo décimo),
  • las judías utilizadas para la producción de brotes de judías se clasifican en la partida 0713 como hortalizas de vaina secas (véanse las notas explicativas del SA, subpartida 0713 31). No obstante, los brotes de judías germinados a partir de brotes de estas y otras hortalizas de vaina secas se clasifican como hortalizas de vaina frescas en la partida 0708,
  • aunque en forma solo de semillas, algunas plantas cumplen los requisitos para su clasificación en otros capítulos de la nomenclatura combinada, como los capítulos 9 y 12; una vez germinadas son aptas para el consumo como hortalizas y deben clasificarse, por lo tanto, en el capítulo 7, por haber perdido las características objetivas de los capítulos 9 y 12. Véanse las notas explicativas del SA, partida 0709, primer párrafo, apartado 14, en lo que se refiere a los brotes de bambú y a los brotes de haba de soja,
  • los brotes de granos de cereales del capítulo 10 (partida 1001, 1002, 1003, 1004, 1006 o 1008), por ejemplo, la cebada germinada, se clasifican en la subpartida 1107 10 (la cebada germinada se excluye del capítulo 10; véanse las notas explicativas del SA, partida 1003, excepción a), que es la partida más específica para los cereales germinados, ya que la partida no se limita a los cereales germinados secos (malta). La «malta verde» se clasifica en las subpartidas 1107 10 11 a 1107 10 99 (véase la nota explicativa de las subpartidas 1107 10 11 a 1107 10 99, primer párrafo) y se caracteriza como grano que ha comenzado a germinar, pero todavía sin secar,
  • los brotes de la variedad Zea mays var. saccharata (maíz dulce) que deben clasificarse en el capítulo 7, por aplicarse la nota 2 del capítulo 7 y la nota 2 del capítulo 10, se clasifican en la partida 0709 (subpartida 0709 99 60).

Lista no exhaustiva de brotes y sus códigos NC:

Código NCDenominación (nombre científico)
0703 10 19Brotes de cebolla (Allium cepa)
0703 20 00Brotes de ajo (Allium sativum)
0703 90 00Brotes de puerro (Allium porrum)
0704 90 90Brotes de brécol o brocolí (Brassica oleracea var. italica)
0706 90 90Brotes de remolacha (Beta vulgaris ssp. vulgaris)
0706 90 90Brotes de rábano (Raphanus sativus)
0708 10 00Brotes de guisante (Pisum sativum)
0708 20 00Brotes de fríjol adzuki (Phaseolus angularis)
0708 20 00Brotes de judía de mungo (Vigna radiata)
0708 20 00Brotes de fríjol arroz (Phaseolus pubescens)
0708 90 00Brotes de garbanzo (Cicer arietinum)
0708 90 00Brotes de dientes de dragón (Lotus maritimus)
0708 90 00Brotes de lenteja (Lens culinaris)
0708 90 00Brotes de guandú o gandul (Cajanus cajan)
0709 99 10Brotes de rúcula (Eruca vesicaria ssp. sativa)
0709 99 50Brotes de hinojo (Foeniculum vulgare var. azoricum)
0709 99 60Brotes de maíz dulce (Zea mays var. saccharata)
0709 99 90Brotes de alfalfa (Medicago sativa)
0709 99 90Brotes de albahaca (Ocimum spp.)
0709 99 90Brotes de mostaza negra o ajenabe [Brassica nigra, syn.: Sinapis nigra L., Sisymbrium nigrum (L.) Prantl.]
0709 99 90Brotes de anís hisopo (Agastache foeniculum)
0709 99 90Brotes de borraja (Borago officinalis)
0709 99 90Brotes de caoba china (Toona sinensis)
0709 99 90Brotes de alacranera o hierba salada (Salicornia europaea)
0709 99 90Brotes de cilantro (Coriandrum sativum)
0709 99 90Brotes de mastuerzo o berro hortelano (Lepidium sativum)
0709 99 90Brotes de alholva o fenogreco (Trigonella foenum-graecum)
0709 99 90Brotes de perilla (Perilla frutescens)
0709 99 90Brotes de girasol (Helianthus annuus)
0709 99 90Brotes de mostaza blanca (Sinapis alba)
1107 10 19Malta verde de trigo (Triticum aestivum)
1107 10 99Malta verde de cebada (Hordeum vulgare)
1107 10 99Malta verde de mijo (Panicum miliaceum)
1107 10 99Malta verde de avena (Avena sativa)
1107 10 99Malta verde de arroz (Oryza sativa)
1107 10 99Malta verde de centeno (Secale cereale)

Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union

Esta subpartida en años anteriores

La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.

AñoDesignaciónDerecho de terceros paísesUnidad suplementaria
2026 Hongos del género Agaricus 9,6 + 191 €/100 kg/net eda kg/net eda
2025 sin cambios 9,6 + 191 €/100 kg/net eda kg/net eda
2024 sin cambios 9,6 + 191 €/100 kg/net eda kg/net eda
2023 sin cambios 9,6 + 191 €/100 kg/net eda kg/net eda
2022 sin cambios 9,6 + 191 €/100 kg/net eda kg/net eda
2021 sin cambios 9,6 + 191 €/100 kg/net eda kg/net eda
2020 sin cambios 9,6 + 191 €/100 kg/net eda kg/net eda
2019 Mushrooms of the genus Agaricus 9,6 + 191 €/100 kg/net eda kg/net eda

El código NC 0711 51 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 0711.51 (hongos del género Agaricus).

El derecho de terceros países es un derecho específico o compuesto: 9,6 + 191 €/100 kg/net eda.

114 países no pagan ningún derecho en la UE gracias a acuerdos comerciales y regímenes preferenciales como GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) y CARIFORUM, frente a un derecho de terceros países del 9,6 + 191 €/100 kg/net eda.

En la UE, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 50 %.

En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 0711.51 en la UE sumaron 196,8 mil € (−30 % respecto a los 12 meses anteriores); China aportó el 100 %, por delante de Estados Unidos.

Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 36 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 15 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es del 5 %, el tipo aplicado en Japón es del 9 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 20 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 35 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.

Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 0711.51 por valor de 29 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue China.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código NC 0711 51 00?

El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es de 9,6 + 191 €/100 kg/net eda; la unidad suplementaria es kg/net eda. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 0711 51 00?

147 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 114 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.

¿Se aplican derechos antidumping u otros derechos adicionales al código NC 0711 51 00?

Derecho adicional del 50 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.

¿Se aplica este derecho en España?

Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.

¿De dónde importa la UE estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 0711.51, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue China (15 M US$).

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