Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 2404.19
2404 19 10: Que contengan sucedáneos de tabaco
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 2404 Productos que contengan tabaco, tabaco reconstituido, nicotina o sucedáneos del tabaco o de nicotina, destinados para la inhalación sin combustión; otros productos que contengan nicotina destinados para la absorción de nicotina en el cuerpo humano:
- Productos destinados para la inhalación sin combustión:
- 2404 19 Los demás:
- 2404 19 10 Que contengan sucedáneos de tabaco
Lo que paga
Importación: UE
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 5
- Derecho adicionalDerechos adicionales 50 % con el documento Y-155 (Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia) · en otro caso exento
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
- Acto jurídico
- Regulation 1227/25
- Documentos
- Y155 Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia
- Derecho adicionalDerechos adicionales 50 %
- Se aplica a mercancías originarias de
- Bielorrusia, Rusia
- Acto jurídico
- Regulation 1227/25
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- hasta el 31 de octubre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 2108/26
- Documentos
- Y126 Goods sold in distance sales
Requisitos de importación 2
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0692/14
- Documentos
- Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0263/22
- Documentos
- Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
-
Alemania 19 %
-
Austria 20 %
-
Bélgica 21 %
-
Bulgaria 20 %
-
Chequia 21 %
-
Chipre 19 %
-
Croacia 25 %
-
Dinamarca 25 %
-
Eslovaquia 23 %
-
Eslovenia 22 %
-
España 21 %
-
Estonia 24 %
-
Finlandia 25,5 %
-
Francia 20 %
-
Grecia 24 %
-
Hungría 27 %
-
Irlanda 23 %
-
Italia 22 %
-
Letonia 21 %
-
Lituania 21 %
-
Luxemburgo 17 %
-
Malta 18 %
-
Países Bajos 21 %
-
Polonia 23 %
-
Portugal 23 %
-
Rumanía 21 %
-
Suecia 25 %
TEDB · 3 de noviembre de 2026
Tipos preferenciales por país
| Acuerdo o régimen | Países | Tipo |
|---|---|---|
| derecho de terceros países (sin acuerdo) | — | 16,6 % |
| GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) | Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 másAfganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia | Exento |
| CARIFORUM | Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 másAntigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago | Exento |
| PTU (Países y territorios de ultramar) | Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 másAntártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna | Exento |
| GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza) | Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 másBolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán | Exento |
| América Central | Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá | Exento |
| SADC EPA | Botsuana, Esuatini, Namibia | Exento |
| Estados de África Oriental y Meridional | Mauricio, Seychelles, Zimbabue | Exento |
| acuerdo UE–Andorra | Andorra | Exento |
| acuerdo UE–Albania | Albania | Exento |
| acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina | Bosnia y Herzegovina | Exento |
| acuerdo UE–Canadá | Canadá | Exento |
| acuerdo UE–Côte d’Ivoire | Côte d’Ivoire | Exento |
| acuerdo UE–Chile | Chile | Exento |
| acuerdo UE–Camerún | Camerún | Exento |
| acuerdo UE–Colombia | Colombia | Exento |
| acuerdo UE–Argelia | Argelia | Exento |
| acuerdo UE–Ecuador | Ecuador | Exento |
| acuerdo UE–Egipto | Egipto | Exento |
| Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. | Sáhara Occidental | Exento |
| acuerdo UE–Fiyi | Fiyi | Exento |
| acuerdo UE–Reino Unido | Reino Unido | Exento |
| acuerdo UE–Georgia | Georgia | Exento |
| acuerdo UE–Ghana | Ghana | Exento |
| acuerdo UE–Israel | Israel | Exento |
| Espacio Económico Europeo - Islandia | Islandia | Exento |
| acuerdo UE–Jordania | Jordania | Exento |
| acuerdo UE–Japón | Japón | Exento |
| acuerdo UE–Kenia | Kenia | Exento |
| acuerdo UE–Corea del Sur | Corea del Sur | Exento |
| acuerdo UE–Líbano | Líbano | Exento |
| acuerdo UE–Marruecos | Marruecos | Exento |
| acuerdo UE–Moldavia | Moldavia | Exento |
| acuerdo UE–Montenegro | Montenegro | Exento |
| acuerdo UE–Macedonia del Norte | Macedonia del Norte | Exento |
| acuerdo UE–México | México | Exento |
| Espacio Económico Europeo | Noruega | Exento |
| acuerdo UE–Nueva Zelanda | Nueva Zelanda | Exento |
| acuerdo UE–Perú | Perú | Exento |
| acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea | Papúa Nueva Guinea | Exento |
| acuerdo UE–Territorios Palestinos | Territorios Palestinos | Exento |
| acuerdo UE–Serbia | Serbia | Exento |
| acuerdo UE–Singapur | Singapur | Exento |
| unión aduanera UE–San Marino | San Marino | Exento |
| acuerdo UE–Siria | Siria | Exento |
| acuerdo UE–Túnez | Túnez | Exento |
| unión aduanera UE–Turquía | Turquía | Exento |
| acuerdo UE–Ucrania | Ucrania | Exento |
| acuerdo UE–Samoa | Samoa | Exento |
| acuerdo UE–Kosovo | Kosovo | Exento |
| acuerdo UE–Sudáfrica | Sudáfrica | Exento |
| acuerdo UE–Vietnam | Vietnam | 2 % |
| SPG - Régimen general | Congo, India, Indonesia, Islas Cook y 5 másCongo, India, Indonesia, Islas Cook, Micronesia, Nigeria, Niue, Tayikistán, Vanuatu | 11,6 % |
| Mercosur | Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay | 14,5 % |
UE: importaciones mensuales · HS 2404.19
Principales proveedores, últimos 12 meses
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 31,6 M € | 71,3 % | -18 % | |
| 10,4 M € | 23,5 % | -22,7 % | |
| 618 mil € | 1,4 % | -69,5 % | |
| 580 mil € | 1,3 % | -32,3 % | |
| 470 mil € | 1,1 % | -29,1 % | |
| 242 mil € | 0,5 % | -34 % | |
| 175 mil € | 0,4 % | -61,2 % | |
| 145 mil € | 0,3 % | -32,9 % |
La misma subpartida en otros aranceles
2404.19 Productos destinados para la inhalación sin combustión: los demás
Líneas arancelarias (UE): 2404.19
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
- 600015018 HMRC
A battery powered inhalation device. This works by nasal inhaled airflow, which activates the electrical circuit, which gently heats the internal resistor, thus omitting an aromatic vapour. Used for recreation and pleasure. The product does not contain tobacco or nicotine.
- 600013068 HMRC
A replacement pod containing a nicotine free liquid. This is designed to be used with an electronic device for inhalation without combustion. The pod is packaged in a sealed wrapper. There are two pods per package.
Notas legales
Notas
1. Este Capítulo no comprende los cigarrillos medicinales (Capítulo 30).
2. Cualquier producto susceptible de clasificarse en la partida 2404 y en otra partida de este Capítulo, se clasifica en la partida 2404.
3. En la partida 2404, se entiende por inhalación sin combustión, la inhalación a través de calentamiento u otros medios, sin combustión.
Notas explicativas de la NC
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
Consideraciones generales del capítulo
ANEXO A — ENSAYO DE FUMADO PARA EL TABACO Y LOS PRODUCTOS DEL TABACO
Objetivo
El objetivo del ensayo de fumado es establecer un método armonizado para distinguir las labores del tabaco (tabaco listo para fumar sin ninguna otra transformación) de la partida 2403 del tabaco en rama o sin elaborar de la partida 2401. Con el fin de distinguir entre las labores del tabaco de la partida 2403 y el tabaco en rama o sin elaborar de la partida 2401, se deberá realizar un ensayo de fumado. El ensayo de tamizado solo deberá llevarse a cabo en caso de que no sea posible fumar la muestra sin someterla a ulterior transformación (industrial).
Introducción
A los efectos de la subpartida 2403 19, la expresión «apto para ser fumado» significa que el producto puede liarse o utilizarse para rellenar un cigarrillo y quemarse en varias caladas, o puede cargarse en una pipa y quemarse en varias caladas.).
Principio del ensayo
Para comprobar si una muestra de tabaco puede fumarse, debe evaluarse de diversas formas: enrollándola con papel de fumar para preparar un «cigarrillo de liar», rellenando con ella el tubo de un cigarrillo o cargándola en una pipa. La pipa y los cigarrillos preparados se encienden y se fuman. Se evalúan el encendido y el fumado.
Ámbito de aplicación
El ensayo es aplicable a cualquier tabaco o producto del tabaco, incluidas las partes de los productos del tabaco, como la tripa de los cigarros puros. El ensayo puede resultar peligroso cuando la muestra está contaminada (afectada) por moho.
Equipo
Dispositivo de control de la temperatura y la humedad con vistas al acondicionamiento de la muestra (a una temperatura de 22 ± 1 °C y una humedad del 60 ± 3 %).
Entubadora de cigarrillos.
Papeles de fumar (de 70 mm de longitud y 37 mm de anchura).
Tubos de cigarrillos (de 7,3 mm de diámetro y 85 mm de longitud, filtro incluido).
Encendedor.
Cepillo para la limpieza de la entubadora de cigarrillos.
Pipa.
Prensador.
Utensilios para la limpieza de la pipa.
Máquina de fumar (conforme a la norma ISO 3308).
Preparación de la muestra
La muestra se mezcla cuidadosamente y, si resulta necesario, se divide en submuestras mediante la técnica de cuarteo. Cuando la muestra está seca (es decir, su contenido de agua es inferior al 8 % en masa), debe acondicionarse (a una temperatura de 22 ± 1 °C y una humedad de 60 ± 3 %) durante 48 horas, como mínimo.
No está permitido cortar la muestra de ninguna manera, ni romperla, triturarla, molerla o fraccionarla en modo alguno.
Procedimiento de ensayo
Limpiar la entubadora de cigarrillos y la pipa.
Pipa:
- Se carga la pipa hasta el borde con una cantidad adecuada de la muestra (5,0 g como mínimo).
- El tabaco de la pipa se enciende utilizando un encendedor y se comprime ligeramente con el prensador. Se dan caladas a la pipa a intervalos regulares de aproximadamente un minuto.
Cigarrillos:
- Papel de fumar: Se coloca sobre el papel de fumar una cantidad adecuada de la muestra y el papel con la muestra se lía hasta conseguir un cilindro.
- Entubadora de cigarrillos: Se coloca en la entubadora una cantidad adecuada de la muestra (0,5 g como mínimo) y se elabora el cigarrillo de acuerdo con las instrucciones correspondientes a esa entubadora concreta.
- Los cigarrillos así preparados se encienden utilizando un encendedor y se dejan arder libremente sin darles caladas (para quemar el exceso de papel). Se dan caladas al cigarrillo a intervalos regulares de 30 a 60 segundos, aproximadamente, en función de la calidad del tabaco; la duración de cada calada debe ser de ± 2 segundos.
Evaluación del ensayo (ejemplos típicos)
Si uno de los ensayos de fumado es positivo, el tabaco puede fumarse (subpartida 2403 19).
| Evaluación del ensayo de fumado en pipa | Evaluación del ensayo de fumado de cigarrillos liados | Evaluación del ensayo de fumado de cigarrillos rellenados | Evaluación final | Observaciones |
| No se puede cargar la pipa con la muestra (debido a que las hojas de tabaco están enteras o cortadas en grandes trozos, se encuentras venas, etc.) | No se puede liar el cigarrillo (debido a que las hojas de tabaco están enteras o cortadas en grandes trozos, se encuentran venas, etc.) | El cigarrillo no se puede preparar (debido a que las hojas de tabaco están enteras o cortadas en grandes trozos, se encuentras venas, etc.) | La muestra no se puede fumar sin transformación (industrial) ulterior | Típico de las subpartidas 2401 10, 2401 20, 2401 30 |
| La muestra cargada en la pipa no se puede fumar (el relleno carece de permeabilidad o presenta una permeabilidad muy baja y la pipa se apaga casi inmediatamente después de su encendido) | No se puede liar un cigarrillo con la muestra, ya que esta no contiene fibras de tabaco que permitan mantener el cigarrillo liado (que lo amalgamen), el relleno cae del papel de fumar | La muestra se ha introducido en el tubo del cigarrillo y el cigarrillo preparado se ha fumado | La muestra se puede fumar (es apta) | Típico de los desperdicios de tabaco (pequeñas partículas de tejido foliar) — subpartidas 2403 19 |
| La muestra cargada en la pipa se puede fumar | La muestra se ha liado en el papel de fumar y el cigarrillo preparado se ha fumado | La muestra se ha introducido en el tubo del cigarrillo y el cigarrillo preparado se ha fumado | La muestra se puede fumar (es apta) | Típico de la picadura de tabaco-subpartida 2403 19 |
| La muestra cargada en la pipa no se puede fumar (la carga se quema con mucha rapidez y genera una gran cantidad de calor, por lo que la pipa podría estropearse) | La muestra se ha liado en el papel de fumar y el cigarrillo preparado se ha fumado | La muestra se ha introducido en el tubo del cigarrillo y el cigarrillo preparado se ha fumado | La muestra se puede fumar (es apta) | Típico de la picadura fina de tabaco-subpartida 2403 19 |
| No se puede cargar la pipa con la muestra (la partículas de la muestra son muy duras) | No se puede liar el cigarrillo (las partículas duras desgarran el papel del cigarrillo) | No se puede rellenar el tubo del cigarrillo (las partículas duras desgarran el papel del cigarrillo) | La muestra no se puede fumar sin transformación (industrial) ulterior | Típico de las venas cortadas — subpartida 2401 30 |
En el caso de algunas muestras (especialmente de desperdicios de tabaco), se pueden liar «rollos» casi amorfos. Si dichos rollos se deshacen antes de encenderlos o las partículas de tabaco caen de los rollos encendidos después de la primera calada, el resultado se registra como sigue: «el cigarrillo no se puede liar».
Bibliografía
Tabaco y productos del tabaco ISO 3402 — atmósferas de acondicionamiento y ensayo.
ANEXO B — MÉTODO DE DETERMINACIÓN DE LA GRANULOMETRÍA MEDIANTE EL TAMIZADO DE LA MUESTRA
Para poder distinguir entre las labores del tabaco de la partida 2403 y el tabaco en rama o sin elaborar de la partida 2401, se deberá realizar un ensayo de fumado. El ensayo de tamizado solo deberá llevarse a cabo en caso de que no sea posible fumar la muestra sin someterla a ulterior transformación (industrial).
Fundamento del método
El método se basa en la determinación de las fracciones de masa de la muestra que quedan depositadas en los tamices con tamaños de malla diferentes a fin de distinguir los productos clasificados en la subpartida 2401 20 de los clasificados en la subpartida 2401 30.
En caso de que un porcentaje igual o superior al 50 % en masa de las partículas de la muestra tenga un tamaño superior a 3,15 mm (método CORESTA n 16), la muestra se considerará tabaco total o parcialmente desvenado o desnervado (subpartida 2401 20).
En caso de que un porcentaje superior al 50 % en masa de las partículas sea inferior a 3,15 mm (en una de las tres dimensiones), la muestra se considerará desperdicios de tabaco (subpartida 2401 30).
Aplicabilidad
Los resultados pueden verse afectados tanto por las propiedades fisicoquímicas de la muestra como por otra serie de factores:
- Peso específico y tamaño de la muestra: afecta a la duración del tamizado y es importante para la evaluación de la porción de ensayo de la muestra.
- Fragilidad de la muestra: afecta a la desagregación de la muestra durante la preparación y el tamizado.
- Propiedades magnéticas y electrostáticas: propensión de la muestra a desagregarse o a compactarse.
- Higroscopicidad de la muestra: afecta al peso de la muestra y al tamaño de las partículas.
Equipo
Dispositivo de control de la temperatura y la humedad con vistas al acondicionamiento de la muestra [temperatura (22 ± 1 °C) y humedad (60 ± 3 %)].
Balanzas analíticas-con una exactitud mínima de 0,01 g.
Juego de tamices circulares cuyas especificaciones sigan la norma ISO 3310-1 (tela metálica-abertura de malla cuadrada), de 200 mm de diámetro, 50 mm de alto y los siguientes diámetros de abertura: 0,4 mm, 3,15 mm y 6,3 mm.
Baño de ultrasonidos para la limpieza de los tamices.
Separador vibratorio capaz de producir vibraciones de 50 Hz y con una amplitud de 3 mm.
Base ciega y tapa para el juego de tamices.
Cepillo para eliminar de los tamices las partículas de la muestra
Preparación de la muestra
La muestra se mezcla cuidadosamente y, en caso necesario, se divide en submuestras aplicando la técnica cuarteo, y se divide en dos porciones de ensayo.
La muestra se pesa (de 50 g a 150 g) y, a continuación, se acondiciona a una temperatura de 22 ± 1 °C y una humedad del 60 ± 3 %, durante 48 horas, como mínimo.
A partir de ese momento, toda manipulación de la muestra deberá efectuarse en una atmósfera controlada a una temperatura de 22 ± 1 °C y una humedad del 60 ± 5 %. La temperatura y la humedad a las que se efectúa el ensayo deben medirse y quedar registradas en el informe de ensayo. Asimismo, la presión atmosférica debe medirse y registrarse en el informe de ensayo si la presión atmosférica está fuera de una horquilla de 86 kPa – 106 kPa.
Método
Los tamices deben estar limpios y en buen estado. Cada tamiz debe pesarse con precisión (0,01 g). La composición de los tamices, en dirección ascendente, es la siguiente: una base ciega (recipiente de retención para la recogida del polvo), el tamiz con el diámetro de abertura más pequeño, los demás tamices, ordenados por diámetro de abertura creciente, y una tapa.
La muestra acondicionada se pesa con una precisión absoluta de 0,01 g y se extiende uniformemente sobre el tamiz superior, que se cierra a continuación con la tapa.
El juego de tamices se coloca en el separador vibratorio y se somete a vibraciones de 50 Hz con una amplitud de 3 mm, entre 5 y 15 minutos (según el peso de la muestra).
Cuando finaliza el tamizado, el conjunto de tamices se retira del separador.
A continuación, se retiran la tapa del tamiz y el tamiz superior. Las partículas de polvo pegadas a las paredes del tamiz superior se cepillan hacia su interior y, después, asestando con la mano cinco golpes al tamiz, se fuerza a las partículas a entrar en el tamiz situado debajo (tamiz de diámetro de abertura inferior).
Este polvo se retira progresivamente de todos los tamices. Cada tamiz con las partículas de la muestra se pesa con precisión (0,01 g), así como la base ciega con el polvo.
El ensayo se lleva a cabo en paralelo pero con otra porción de la muestra de ensayo.
Cálculos
Los resultados se calculan como fracción de masa de la muestra (residuo) restante en un tamiz concreto. Para cada tamiz, la fracción de masa de la muestra Z X se calcula aplicando la siguiente fórmula:
expresada en %, en la que
m R es el peso (en g) del tamiz concreto con el residuo, m X es el peso (en g) de ese tamiz y m S es el peso de la muestra (en g).
La recuperación del producto tamizado Y s se calcula aplicando la siguiente fórmula:
expresada en %, en la que:
m R es el peso (en g) del tamiz concreto con el residuo, m X es el peso (en g) de ese tamiz y m S es el peso de la muestra (en g).
Evaluación y expresión de los resultados
La recuperación del producto tamizado debe ser superior al 99 %. En caso contrario, habría que repetir todo el ensayo con otra porción de muestra. El acondicionamiento de la muestra se comprueba aplicando la norma ISO 3402.
Los resultados se expresan como fracción de masa de la muestra (residuo en cada tamiz concreto) en % en masa, redondeado al primer decimal. El informe del ensayo debe incluir también los diámetros de abertura del tamiz, la duración del tamizado, la amplitud y la frecuencia de la vibración, el peso de la muestra, y la temperatura y la humedad de la atmósfera de ensayo.
Parámetros metrológicos
El límite de cuantificación es del 5 % en masa.
El límite de repetibilidad es del 1,5 % en masa para una fracción de masa de la muestra de entre el 5 % y el 20 % en masa. Para una fracción de masa de la muestra superior al 20 % en masa, el límite de repetibilidad es r = 0,06 × Zx.
La incertidumbre de medida es del 2 % en masa para una fracción de masa de la muestra de entre el 5 % y el 20 % en masa. Para una fracción de masa de la muestra superior al 20 % en masa, la incertidumbre de medida es U = 0,1 × Zx.
Bibliografía
Método Recomendado CORESTA n.o 16: Determinación de la granulometría de las tiras de tejido foliar. ISO 2395 Tamices y tamizado de ensayo – Vocabulario.
ISO 3310-1– Tamices de ensayo-exigencias técnicas y ensayo. Parte 1: Tamices de ensayo de tela metálica.
ISO 3402 – Tabaco y productos del tabaco-Atmósferas de acondicionamiento y ensayo.
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union
Esta subpartida en años anteriores
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | Que contengan sucedáneos de tabaco | 16,6 % | — |
| 2025 | sin cambios | 16,6 % | — |
| 2024 | sin cambios | 16,6 % | — |
| 2023 | sin cambios | 16,6 % | — |
| 2022 | Containing tobacco substitutes | 16,6 % | — |
| 2021 | no figura en la nomenclatura de ese año | — | — |
| 2020 | no figura en la nomenclatura de ese año | — | — |
| 2019 | no figura en la nomenclatura de ese año | — | — |
Historial del código
Desde 2022; antes, estas mercancías se clasificaban en 2403 99 90.
El código NC 2404 19 10 es una línea de la nomenclatura combinada de la UE dentro de la subpartida SA 2404.19 (productos destinados para la inhalación sin combustión: los demás).
El derecho de terceros países es del 16,6 %, y las cantidades se declaran en —.
135 países no pagan ningún derecho en la UE gracias a acuerdos comerciales y regímenes preferenciales como GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)) y CARIFORUM, frente a un derecho de terceros países del 16,6 %.
En la UE, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 50 %.
En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 2404.19 en la UE sumaron 44,3 M € (−22 % respecto a los 12 meses anteriores); China aportó el 71 %, por delante del Reino Unido.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía va del 6,5 % al 16,6 %, el derecho general en Estados Unidos va del 5 % al 6,5 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido va del 6 % al 16 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 45 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 35 %, el derecho ad valorem en Perú va del 0 % al 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón va del 2,6 % al 3,4 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 15 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 100 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte va del 0 % al 60 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 2404.19 por valor de 119 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue China.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 2404 19 10?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 16,6 %; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 2404 19 10?
149 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 135 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.
¿Se aplican derechos antidumping u otros derechos adicionales al código NC 2404 19 10?
Derecho adicional del 50 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 2404.19, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue China (43 M US$), por delante del Reino Unido.