Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 4810.92

4810 92 10

4810 92 10: Cartón estucado multicapa: Con todas las capas blanqueadas

Cartón estucado multicapa

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 4810 Papel y cartón estucados por una o las dos caras con caolín u otras sustancias inorgánicas, con aglutinante o sin él, con exclusión de cualquier otro estucado o recubrimiento, incluso coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño:
  2. Los demás papeles y cartones:
  3. 4810 92 Multicapas:
  4. 4810 92 10 Con todas las capas blanqueadas

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana Exento derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 3 medidas adicionales Requisitos de importación: 3
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 4

  • Suspensión arancelariaSuspensión - productos destinados a ciertas clases de buques y de plataformas de perforación o de explotación Exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 2658/87
    Documentos
    • C990 Autorización de destino final buques y plataformas (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 4

  • Control de importaciónControl de las importaciones de madera y de productos de la madera objeto del sistema de licencias FLEGT
    Se aplica a mercancías originarias de
    Indonesia
    Acto jurídico
    Decision 0284/14
    Documentos
    • C690 Licencia de importación de madera FLEGT
    • C631 Carta oficial por la que se valida el uso de materiales que no son de madera o reciclados para productos de papel, expedida por el Ministerio de Industria del país socio del acuerdo FLEGT de asociación voluntaria del que son originarios los productos de papel
    • Y057 Mercancías que no requieren la presentación de una licencia FLEGT de importación de madera
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia, Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0765/06, Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y727 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 3).
    • Y728 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 4).
    • L152 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
    • Y870 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Rusia
    Vigencia
    hasta el 31 de diciembre de 2027
    Acto jurídico
    Regulation 0833/14
    Documentos
    • L142 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
    • Y874 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).
    • L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
    • Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

Medidas de exportación 2

Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.

Medidas de exportaciónDestinoActo jurídicoValidez
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Russia Rusia Regulation 0833/14 26 de junio de 2024
Control a la exportaciónRégimen de sanciones: Belarus Bielorrusia Regulation 0765/06 25 de febrero de 2025

Datos TARIC a 2 de noviembre de 2026

IVA a la importación en los Estados miembros

El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.

  • Alemania 19 %
  • Austria 20 %
  • Bélgica 21 %
  • Bulgaria 20 %
  • Chequia 21 %
  • Chipre 19 %
  • Croacia 25 %
  • Dinamarca 25 %
  • Eslovaquia 23 %
  • Eslovenia 22 %
  • España 21 %
  • Estonia 24 %
  • Finlandia 25,5 %
  • Francia 20 %
  • Grecia 24 %
  • Hungría 27 %
  • Irlanda 23 %
  • Italia 22 %
  • Letonia 21 %
  • Lituania 21 %
  • Luxemburgo 17 %
  • Malta 18 %
  • Países Bajos 21 %
  • Polonia 23 %
  • Portugal 23 %
  • Rumanía 21 %
  • Suecia 25 %

TEDB · 2 de noviembre de 2026

UE: importaciones mensuales · HS 4810.92

últimos 12 meses452,5 M €-1,7 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación0,74 € por kg
Tipo preferencial0 %
ene 2024: 34,4 M €feb 2024: 35,1 M €mar 2024: 35,2 M €abr 2024: 45,3 M €may 2024: 42,2 M €jun 2024: 35,6 M €jul 2024: 42,5 M €ago 2024: 38,5 M €sept 2024: 35,6 M €oct 2024: 39,8 M €nov 2024: 39,2 M €dic 2024: 33,3 M €ene 2025: 35,3 M €feb 2025: 37,2 M €mar 2025: 40,1 M €abr 2025: 41,3 M €may 2025: 38,7 M €jun 2025: 37,5 M €jul 2025: 46,1 M €ago 2025: 36,2 M €sept 2025: 40 M €oct 2025: 41,9 M €nov 2025: 35,4 M €dic 2025: 29,1 M €ene 2026: 30,3 M €feb 2026: 37,1 M €mar 2026: 38,3 M €abr 2026: 38,5 M €may 2026: 42,3 M €jun 2026: 44,3 M €jul 2026: 43,1 M €ago 2026: 32,2 M € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
China 121,9 M € 26,9 % +6,7 %
Reino Unido 116,7 M € 25,8 % -5,4 %
Serbia 87,9 M € 19,4 % +9,3 %
Chile 39 M € 8,6 % -26,3 %
Turquía 22,9 M € 5,1 % -14,1 %
Indonesia 17,3 M € 3,8 % -18,6 %
Brasil 13,5 M € 3 % +79,3 %
India 13,1 M € 2,9 % +2,9 %

La misma subpartida en otros aranceles

4810.92 Los demás papeles y cartones: multicapas

Líneas arancelarias (UE): 4810.92

Resoluciones vinculantes para mercancías similares

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • N343194 U.S. CBP 29 de octubre de 2024 · 4810.92.12.25

    The tariff classification of flexographically printed paper product from China

Notas legales

Notas de subpartida

Notas de capítulo: Capítulo 48 →

Reglamento de la UE sobre deforestación (EUDR)

Los productos de estas materias primas solo pueden introducirse en el mercado de la UE o exportarse si están libres de deforestación, se han producido legalmente y están amparados por una declaración de diligencia debida.

  • Madera aplicable desde el 30 de diciembre de 2026

Paper and Paperboard: Articles of paper pulp, of paper or of paperboard (not including waste as defined in Article 3, point (1), of Directive 2008/98/EC; not including used products and second-hand products; not including recovered (waste and scrap) products and products derived from recovered (waste and scrap) products; not including single use packing material and packing containers used exclusively to support, protect or carry another product made available on the market or exported and presented with that product; not including packing material and packing containers clearly suitable for repetitive use used exclusively to support, protect or carry another product made available on the market or exported and presented with that product from the moment they are used for such purpose and onwards; not including items of correspondence and marketing and information materials exclusively accompanying another product made available on the market or exported, or supplied for marketing or information purposes free of charge)

Reglamento (UE) 2023/1115, anexo I (texto consolidado)

Notas explicativas de la NC

Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.

4810 92 10 a 4810 92 90 · Multicapas

Véanse las notas explicativas del SA, partida 4805, segundo párrafo, apartado 2.

Consideraciones generales del capítulo

PAPEL Y CARTÓN; MANUFACTURAS DE PASTA DE CELULOSA, DE PAPEL O CARTÓN

Consideraciones generales

Se clasifican en las respectivas subpartidas de las partidas 4801 a 4811 las bobinas de papel cuyas capas exteriores estén parcialmente empapadas de agua o dañadas de otro modo.

Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union

Esta subpartida en años anteriores

La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.

AñoDesignaciónDerecho de terceros paísesUnidad suplementaria
2026 Con todas las capas blanqueadas Exento —
2025 sin cambios Exento —
2024 sin cambios Exento —
2023 sin cambios Exento —
2022 sin cambios Exento —
2021 sin cambios Exento —
2020 sin cambios Exento —
2019 Each layer bleached Exento —

El código NC 4810 92 10 es una línea de la nomenclatura combinada de la UE dentro de la subpartida SA 4810.92 (los demás papeles y cartones: multicapas).

El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en —.

En los 12 meses hasta agosto de 2026, las importaciones de mercancías de la subpartida 4810.92 en la UE sumaron 452,5 M € (−2 % respecto a los 12 meses anteriores); China aportó el 27 %, por delante del Reino Unido.

Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 60 %, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 25 %, el tipo de la TEC en Brasil va del 12,6 % al 14,4 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 12,6 % al 16 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 10 %.

Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 4810.92 por valor de 4589,4 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue el Reino Unido.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código NC 4810 92 10?

El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Se aplica este derecho en España?

Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.

¿De dónde importa la UE estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 4810.92, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue el Reino Unido (137 M US$), por delante de China.

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