Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 7118.90
7118 90 00: Monedas, las demás
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
- 7118 Monedas:
- 7118 90 00 Las demás
Lo que paga
Importación: UE
Derechos adicionales y normas de importación
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 3
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- hasta el 31 de octubre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 0382/26
- Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países
- Vigencia
- desde el 1 de noviembre de 2026
- Acto jurídico
- Regulation 2108/26
- Documentos
- Y126 Goods sold in distance sales
Requisitos de importación 5
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- todos los países excepto Rusia
- Acto jurídico
- Regulation 0833/14
- Documentos
- Y843 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 sexdecies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo [véanse las exenciones en el artículo 3 sexdecies apartado .5,6,7]
- Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
- Y698 Mercancías exportadas desde Rusia antes del 22 de julio de 2022 [artículo 3 sexdecies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 833/2014]
- Y897 Mercancías que no contienen oro originarias de Rusia enumeradas en el anexo XXVI del Reglamento (UE) n.o 833/2014
- Y845 Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 3 sexdecies del Reglamento (UE) n.º 833/2014
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Bielorrusia, Rusia
- Acto jurídico
- Regulation 0765/06, Regulation 0833/14
- Documentos
- Y732 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies ter, apartado 1-2-3, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies ter, apartado 5).
- Y870 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]
- Y738 Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies ter, apartado 1-2, del Reglamento (UE) n.º 765/2006
- L150 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies ter, apartado 7, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
- L838 Autorización de importación en virtud del artículo 3 sexdecies, apartado 7, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
- Y843 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 sexdecies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo [véanse las exenciones en el artículo 3 sexdecies apartado .5,6,7]
- Y845 Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 3 sexdecies del Reglamento (UE) n.º 833/2014
- Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
- Control de importaciónControl a la importación de artículos de lujo
- Se aplica a mercancías originarias de
- Corea del Norte
- Acto jurídico
- Regulation 2062/17
- Documentos
- Y945 Bienes sin carácter comercial, para uso personal de los viajeros, contenidos en sus equipajes (artículo 10, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1509)
- Y946 Bienes que sean necesarios a fines oficiales de las misiones diplomáticas o consulares de los Estados miembros en la RPDC o de organizaciones internacionales que gocen de inmunidades con arreglo al Derecho internacional, o a los efectos personales de su personal (artículo 10, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1509)
- Y948 Bienes distintos de los descritos en el anexo VIII (Bienes de lujo) del Reglamento (UE) 2017/1509
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 0692/14
- Documentos
- Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- Control de importaciónControl a la importación
- Se aplica a mercancías originarias de
- Sudán, Ucrania
- Acto jurídico
- Regulation 2147/23, Regulation 0263/22
- Documentos
- Y771 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 bis, punto 1, del Reglamento (CE) n.o 2023/2147 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 bis, punto 3).
- Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
- N954 Certificado de circulación EUR.1
- N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Medidas de exportación 4
Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.
| Medidas de exportación | Destino | Acto jurídico | Validez |
|---|---|---|---|
| Prohibición a la exportaciónRégimen de sanciones: Iran | Irán | Regulation 0267/12 | 30 de septiembre de 2025 |
| Control a la exportacion de artículos de lujoRégimen de sanciones: Belarus | Bielorrusia | Regulation 0765/06 | 1 de julio de 2024 |
| Control a la exportacion de artículos de lujoRégimen de sanciones: Russia | Rusia | Regulation 0833/14 | 24 de junio de 2023 |
| Control a la exportacion de artículos de lujoRégimen de sanciones: North Korea | Corea del Norte | Regulation 2062/17 | 28 de junio de 2018 |
Datos TARIC a 26 de octubre de 2026
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
-
Alemania 19 %
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Austria 20 %
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Bélgica 21 %
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Bulgaria 20 %
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Chequia 21 %
-
Chipre 19 %
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Croacia 25 %
-
Dinamarca 25 %
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Eslovaquia 23 %
-
Eslovenia 22 %
-
España 21 %
-
Estonia 24 %
-
Finlandia 25,5 %
-
Francia 20 %
-
Grecia 24 %
-
Hungría 27 %
-
Irlanda 23 %
-
Italia 22 %
-
Letonia 21 %
-
Lituania 21 %
-
Luxemburgo 17 %
-
Malta 18 %
-
Países Bajos 21 %
-
Polonia 23 %
-
Portugal 23 %
-
Rumanía 21 %
-
Suecia 25 %
TEDB · 26 de octubre de 2026
UE: importaciones mensuales · HS 7118.90
Principales proveedores, últimos 12 meses
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 776,1 M € | 24,5 % | +40,8 % | |
| 583,2 M € | 18,4 % | +48,9 % | |
| 535,8 M € | 16,9 % | +31,4 % | |
| 532,2 M € | 16,8 % | +43,7 % | |
| 443,2 M € | 14 % | +41,1 % | |
| 160,6 M € | 5,1 % | +88,8 % | |
| 63,1 M € | 2 % | +50,2 % | |
| 13,4 M € | 0,4 % | -61,2 % |
La misma subpartida en otros aranceles
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
Notas legales
Esta subpartida en años anteriores
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | Las demás | Exento | g |
| 2025 | sin cambios | Exento | g |
| 2024 | sin cambios | Exento | g |
| 2023 | sin cambios | Exento | g |
| 2022 | sin cambios | Exento | g |
| 2021 | sin cambios | Exento | g |
| 2020 | sin cambios | Exento | g |
| 2019 | Other | Exento | g |
El código NC 7118 90 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 7118.90 (monedas, las demás).
El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en g.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 7118.90 por valor de 3164,7 M € (+39 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 6209,26 € por kilo; Australia aportó el 25 %, por delante de Canadá.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es nulo, el derecho de aduana en los países del CCG es nulo, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es nulo.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 7118 90 00?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es g. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.