Nomenclatura combinada de la UE
Nomenclatura combinada de la UE, capítulo 89: Barcos y demás artefactos flotantes
- 42Líneas arancelarias
- 0 %–2,7 %Tipo
El capítulo 89 tiene 42 líneas en la nomenclatura combinada de la UE, repartidas en 8 partidas.
Los tipos van del 0 % al 2,7 %, con una media del 1,2 %; 17 líneas están exentas.
La partida más detallada es la 8903 (yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte), con 17 líneas.
El tipo más frecuente es el 1,7 %, en 18 líneas.
El tipo más alto, del 2,7 %, corresponde a la línea 8903 11 00 (equipadas o diseñadas para equiparlas con motor, de peso en vacío…).
8901 Transatlánticos, barcos para excursiones (de cruceros), transbordadores, cargueros, gabarras (barcazas) y barcos similares para transporte de personas o mercancías
- 8901 10 10Para la navegación marítima
- 8901 10 90Transatlánticos, barcos para excursiones: los demás
- 8901 20 10Para la navegación marítima
- 8901 20 90Transatlánticos, barcos para excursiones: barcos cisterna, los demás
- 8901 30 10Para la navegación marítima
- 8901 30 90Barcos frigorífico, excepto los de la subpartida 890120: los demás
- 8901 90 10Para la navegación marítima
- 8901 90 90Los demás barcos para transporte de mercancías y los demás: los demás
8902 Barcos de pesca; barcos factoría y demás barcos para la preparación o la conservación de los productos de la pesca
8903 Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte; barcas (botes) de remo y canoas
- 8903 11 00Equipadas o diseñadas para equiparlas con motor, de peso en vacío, sin motor, inferior o igual a 100 kg
- 8903 12 00No diseñadas para ser utilizadas con motor y de peso en vacío inferior o igual a 100 kg
- 8903 19 00Embarcaciones inflables, incluso con casco rígido: las demás
- 8903 21 00De longitud inferior o igual a 7,5 m
- 8903 22 10Para la navegación marítima
- 8903 22 90De longitud superior a 7,5 m pero inferior o igual a 24 m: los demás
- 8903 23 10Para la navegación marítima
- 8903 23 90De longitud superior a 24 m: los demás
- 8903 31 00De longitud inferior o igual a 7,5 m
- 8903 32 10Para la navegación marítima
- 8903 32 90De longitud superior a 7,5 m pero inferior o igual a 24 m: los demás
- 8903 33 10Para la navegación marítima
- 8903 33 90De longitud superior a 24 m: los demás
- 8903 93 10De peso unitario inferior o igual a 100 kg
- 8903 93 90De longitud inferior o igual a 7,5 m: los demás
- 8903 99 10De peso unitario inferior o igual a 100 kg
- 8903 99 99Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte: los demás, los demás, los demás
8904 Remolcadores y barcos empujadores
8905 Barcos faro, barcos bomba, dragas, pontones grúa y demás barcos en los que la navegación sea accesoria en relación con la función principal; diques flotantes; plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles
- 8905 10 10Para la navegación marítima
- 8905 10 90Barcos faro, barcos bomba, dragas, pontones grúa y demás: dragas, las demás
- 8905 20 00Plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles
- 8905 90 10Para la navegación marítima
- 8905 90 90Barcos faro, barcos bomba, dragas, pontones grúa y demás: los demás, los demás