Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 9405.31

9405 31 00

9405 31 00: Diseñadas para ser utilizadas únicamente con fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED)

✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026

  1. 9405 Luminarias y aparatos de alumbrado (incluidos los proyectores), y sus partes, no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares, con fuente de luz inseparable, y sus partes no expresadas ni comprendidas en otra parte:
  2. Guirnaldas eléctricas de los tipos utilizados en árboles de Navidad:
  3. 9405 31 00 Diseñadas para ser utilizadas únicamente con fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED)

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana 3,7 % derecho de terceros países depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 4 medidas adicionales Requisitos de importación: 3
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 5

  • Suspensión arancelariaSuspensión - productos destinados a ciertas clases de buques y de plataformas de perforación o de explotación Exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 2658/87
    Documentos
    • C990 Autorización de destino final buques y plataformas (columna 8c del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)
  • Suspensión arancelariaSuspensión arancelaria de aeronavegabilidad Exento
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 1517/18
    Documentos
    • C119 Certificado de aptitud para el servicio — formulario EASA 1 (apéndice I del anexo I del Reglamento (UE) n.º 748/2012), o certificado equivalente
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    hasta el 31 de octubre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
  • Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor 3 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 0382/26
    Documentos
    • C127 Identificador del producto comercial
    • C128 Identificador de producto no normalizado del fabricante
    • C129 Identificador de producto normalizado del fabricante
    • Y081 No existe ningún identificador de producto normalizado del fabricante para el producto declarado
  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 4

  • Control de importaciónRestricción del despacho a libre práctica
    Se aplica a mercancías originarias de
    Irak, Siria
    Acto jurídico
    Regulation 1210/03, Regulation 1332/13
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia, Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0765/06, Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y727 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 3).
    • Y728 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 4).
    • L152 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
    • Y870 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Rusia
    Vigencia
    hasta el 23 de abril de 2031
    Acto jurídico
    Regulation 0833/14
    Documentos
    • L142 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
    • Y874 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).
    • Y683 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 decies).
    • L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
    • Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial

Medidas de exportación 3

Prohibiciones, licencias, controles y sanciones que se aplican cuando estas mercancías salen de la UE.

Medidas de exportaciónDestinoActo jurídicoValidez
Restricción a la exportaciónRégimen de sanciones: Iraq All third countries Regulation 1210/03 1 de enero de 2007
Autorización de exportaciónRégimen de sanciones: Syria All third countries Regulation 1332/13 15 de diciembre de 2013
Control de las exportaciones de bienes culturales All third countries Regulation 0116/09 2 de marzo de 2009

Datos TARIC a 4 de noviembre de 2026

IVA a la importación en los Estados miembros

El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.

  • Alemania 19 %
  • Austria 20 %
  • Bélgica 21 %
  • Bulgaria 20 %
  • Chequia 12 % tipo reducido
  • Chipre 19 %
  • Croacia 25 %
  • Dinamarca 25 %
  • Eslovaquia 23 %
  • Eslovenia 22 %
  • España 21 %
  • Estonia 24 %
  • Finlandia 25,5 %
  • Francia 20 %
  • Grecia 24 %
  • Hungría 27 %
  • Irlanda 23 %
  • Italia 22 %
  • Letonia 21 %
  • Lituania 21 %
  • Luxemburgo 17 %
  • Malta 18 %
  • Países Bajos 21 %
  • Polonia 23 %
  • Portugal 23 %
  • Rumanía 21 %
  • Suecia 25 %

TEDB · 6 de noviembre de 2026

Tipos preferenciales por país

Acuerdo o régimenPaísesTipo
derecho de terceros países (sin acuerdo)—3,7 %
GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas))
Afganistán, Angola, Bangladés, Benín y 42 más

Afganistán, Angola, Bangladés, Benín, Burkina Faso, Burundi, Bután, Camboya, Chad, Comoras, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, Islas Salomón, Kiribati, Laos, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauritania, Mozambique, Myanmar (Birmania), Nepal, Níger, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Timor-Leste, Togo, Tuvalu, Uganda, Yemen, Yibuti, Zambia

Exento
CARIFORUM
Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice y 10 más

Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Surinam, Trinidad y Tobago

Exento
PTU (Países y territorios de ultramar)
Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao y 8 más

Antártida, Aruba, Caribe neerlandés, Curazao, Groenlandia, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, San Bartolomé, San Pedro y Miquelón, Sint Maarten, Territorios Australes Franceses, Wallis y Futuna

Exento
SPG - Régimen general
Congo, India, Indonesia, Islas Cook y 7 más

Congo, India, Indonesia, Islas Cook, Kenia, Micronesia, Nigeria, Niue, Siria, Tayikistán, Vanuatu

Exento
GSP+ (régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza)
Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán y 4 más

Bolivia, Cabo Verde, Filipinas, Kirguistán, Mongolia, Pakistán, Sri Lanka, Uzbekistán

Exento
América Central Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá Exento
Mercosur Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay Exento
SADC EPA Botsuana, Esuatini, Namibia Exento
Espacio Económico Europeo Islandia, Liechtenstein, Noruega Exento
Estados de África Oriental y Meridional Mauricio, Seychelles, Zimbabue Exento
unión aduanera UE–Andorra Andorra Exento
acuerdo UE–Albania Albania Exento
acuerdo UE–Bosnia y Herzegovina Bosnia y Herzegovina Exento
acuerdo UE–Canadá Canadá Exento
acuerdo UE–Suiza Suiza Exento
acuerdo UE–Côte d’Ivoire Côte d’Ivoire Exento
acuerdo UE–Chile Chile Exento
acuerdo UE–Camerún Camerún Exento
acuerdo UE–Colombia Colombia Exento
acuerdo UE–Argelia Argelia Exento
acuerdo UE–Ecuador Ecuador Exento
acuerdo UE–Egipto Egipto Exento
Origen preferencial de conformidad con el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra. Sáhara Occidental Exento
acuerdo UE–Fiyi Fiyi Exento
acuerdo UE–Islas Feroe Islas Feroe Exento
acuerdo UE–Reino Unido Reino Unido Exento
acuerdo UE–Georgia Georgia Exento
acuerdo UE–Ghana Ghana Exento
acuerdo UE–Israel Israel Exento
acuerdo UE–Jordania Jordania Exento
acuerdo UE–Japón Japón Exento
acuerdo UE–Corea del Sur Corea del Sur Exento
acuerdo UE–Líbano Líbano Exento
acuerdo UE–Marruecos Marruecos Exento
acuerdo UE–Moldavia Moldavia Exento
acuerdo UE–Montenegro Montenegro Exento
acuerdo UE–Macedonia del Norte Macedonia del Norte Exento
acuerdo UE–México México Exento
acuerdo UE–Nueva Zelanda Nueva Zelanda Exento
acuerdo UE–Perú Perú Exento
acuerdo UE–Papúa Nueva Guinea Papúa Nueva Guinea Exento
acuerdo UE–Territorios Palestinos Territorios Palestinos Exento
acuerdo UE–Serbia Serbia Exento
acuerdo UE–Singapur Singapur Exento
unión aduanera UE–San Marino San Marino Exento
acuerdo UE–Túnez Túnez Exento
unión aduanera UE–Turquía Turquía Exento
acuerdo UE–Ucrania Ucrania Exento
acuerdo UE–Estados Unidos Estados Unidos Exento
acuerdo UE–Vietnam Vietnam Exento
acuerdo UE–Samoa Samoa Exento
acuerdo UE–Kosovo Kosovo Exento
acuerdo UE–Sudáfrica Sudáfrica Exento

UE: importaciones mensuales · HS 9405.31

últimos 12 meses195,8 M €-10,4 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación7,89 € por kg
Tipo preferencial1 %
ene 2024: 1,4 M €feb 2024: 1,8 M €mar 2024: 2,6 M €abr 2024: 1,9 M €may 2024: 2,4 M €jun 2024: 4,7 M €jul 2024: 11,3 M €ago 2024: 33,5 M €sept 2024: 54,7 M €oct 2024: 56,7 M €nov 2024: 18,2 M €dic 2024: 4,2 M €ene 2025: 2,3 M €feb 2025: 2,5 M €mar 2025: 2,5 M €abr 2025: 2,7 M €may 2025: 6,2 M €jun 2025: 8,7 M €jul 2025: 20,3 M €ago 2025: 39,6 M €sept 2025: 62,4 M €oct 2025: 42 M €nov 2025: 16 M €dic 2025: 3,8 M €ene 2026: 800 mil €feb 2026: 1,3 M €mar 2026: 2 M €abr 2026: 2,2 M €may 2026: 5,3 M €jun 2026: 7,2 M €jul 2026: 16,5 M €ago 2026: 36,3 M € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
China 192,3 M € 98,2 % -10,6 %
Vietnam 910 mil € 0,5 % +36,3 %
RAE de Hong Kong (China) 795 mil € 0,4 % -18,2 %
Reino Unido 694 mil € 0,4 % +4,7 %
Ucrania 96 mil € 0 % +77.551,6 %
Estados Unidos 96 mil € 0 % +27,4 %
Australia 91 mil € 0 % +7861,9 %
Turquía 83 mil € 0 % +36,6 %

La misma subpartida en otros aranceles

9405.31 Diseñadas para ser utilizadas únicamente con fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED)

Resoluciones vinculantes para mercancías similares

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • 600015020 HMRC 26 de enero de 2026 – 25 de enero de 2029 · 9405 31 00 00

    Battery Operated LED Bottle Stopper String Lights. Features 20 Warm White LED lights on a 2-metre wire with 10cm bulb spacing. They are elegantly shaped like a wine cork (Plastic)to fit neatly into most standard bottles.re perfect for table decorations, Christmas, weddings, parties, and home…

  • 600013565 HMRC 9 de septiembre de 2025 – 8 de septiembre de 2028 · 9405 31 00 00

    200 bright white light-emitting diode (LED) lights. They have 8 different settings and timer function that can be used for indoor and outdoor use. Each bulb is 0.5m with 5cm spacing between each bulb. It has a green lead wire with the total length being 10.45m. it is powered by 3 x AA battery box…

Notas legales

Notas de capítulo: Capítulo 94 →

Notas explicativas de la NC

Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.

9405 · Aparatos de alumbrado, incluidos los proyectores, y sus partes, no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares, con fuente de luz inseparable, y sus partes no expresadas ni comprendidas en otra parte

Se excluyen de esta partida los artículos iluminados hechos de diversos materiales (por ejemplo, vidrio, metal, plástico) diseñados únicamente para decoración interior o exterior. Están equipados con luces (por ejemplo, guirnaldas luminosas LED, bandas LED) destinadas a realzar su carácter decorativo.

Estos artículos no están diseñados principalmente para iluminar, por ejemplo, una habitación (ya que las luces están destinadas a acentuar el objeto decorativo y el flujo luminoso es demasiado bajo como para servir de iluminación funcional) ni son lámparas especializadas [véanse también las notas explicativas del sistema armonizado (NESA) de la partida 9405, I), 1) y 3)].

Estos artículos deben clasificarse en función de la materia constitutiva del componente decorativo, porque su diseño y sus características generales indican que están destinados a un uso ornamental.

Para estos artículos, la presencia de paneles solares no es pertinente para su clasificación en la partida 9405 (véase la figura 7).

Ejemplos de productos que deben clasificarse según su materia constitutiva:

9405 31 00 y 9405 39 00 · y Guirnaldas eléctricas de los tipos utilizados en los árboles de Navidad

Se clasifican en estas subpartidas las cadenas o guirnaldas eléctricas de los tipos utilizados en los árboles de Navidad.

Las características objetivas de estos artículos, tales como la longitud, el tipo de luces, la distancia entre las bombillas, la forma de estas (normales o relacionadas con las Navidades), la facilidad de manipulación a la hora de colocarlas en el árbol de Navidad, indican que están destinadas a ser utilizadas principalmente para decorar un árbol de Navidad mediante iluminación.

Las bombillas para las Navidades pueden tener la forma de copos de nieve, estrellas o carámbanos u otras imágenes de las fiestas invernales; no hace falta que guarden relación con tradiciones arraigadas.

Ejemplos de productos que deben clasificarse en las subpartidas 9405 31 00 y 9405 39 00 como «guirnaldas de los tipos utilizados en los árboles de Navidad»:

Red luminosa constituida por cables eléctricos de color verde oscuro con 160 microbombillas incandescentes transparentes (1,5 V/0,5 W), unidas formando una red de 320 cm × 150 cm. El tamaño de la red hace que sea fácil de colocar en un árbol de Navidad. El color de los cables y el tamaño de malla de la red (de 19 cm × 19 cm), que permite introducirla hasta el interior de las ramas haciéndola pasar por sus puntas, hacen que, al iluminarse las bombillas, tanto los cables como las bombillas queden ocultos, y la luz se proyecte hacia el exterior, lográndose un efecto decorativo uniforme.Cadena luminosa de 55 m de longitud consistente en un cable eléctrico con 240 microbombillas incandescentes transparentes (2,5 V/0,25W). La distancia entre cada bombilla es de 21 cm. La cadena luminosa está pensada para su uso tanto en exteriores como en interiores.

Se excluyen de estas subpartidas las guirnaldas eléctricas que no estén pensadas para su uso principalmente en árboles de Navidad y que se destinen a diversos fines decorativos a lo largo del año, por ejemplo, para decorar casas, balcones, lugares de banquetes de boda y jardines, o para decorar artículos más pequeños, tales como coronas, floreros o mesas.

Asimismo, las guirnaldas eléctricas con bombillas diseñadas, por ejemplo, en forma de calabaza o corazón, no se incluyen en esta subpartida, ya que no guardan ninguna relación con la Navidad.

Ejemplos de productos que deben clasificarse en la subpartida 9405 4x como «las demás luminarias y aparatos de alumbrado, eléctricos»:

Cortina de luces LED en forma de guirnalda (con longitudes diversas), compuestas de dos cables eléctricos aislados con hilos de longitudes diversas (30-70 cm de largo). Los hilos están equipados con aproximadamente 200 fuentes luminosas de LED en total. La guirnalda lleva un cable de conexión y un transformador.Cadena luminosa de micro-LED, de una longitud total de 240 cm, consistente en un alambre metálico y 40 fuentes luminosas con una separación de 5 cm, alimentadas por batería.

Cadena luminosa de micro-LED, de una longitud total de 860 cm (de los cuales 500 cm corresponden a un cable de conexión), consistente en un alambre metálico y 360 fuentes luminosas con una separación de 1 cm. La cadena luminosa va acompañada de un transformador.

Consideraciones generales del capítulo

MUEBLES; MOBILIARIO MEDICOQUIRÚRGICO; ARTÍCULOS DE CAMA Y SIMILARES; APARATOS DE ALUMBRADO NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; ANUNCIOS, LETREROS Y PLACAS INDICADORAS, LUMINOSOS Y ARTÍCULOS SIMILARES; CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS

Consideraciones generales

A efectos del presente capítulo, el término «Muebles» implica que estos productos están diseñados en general para permanecer en viviendas o jardines privados, etc. Véase también la definición del término «Muebles» en la nota explicativa del SA del capítulo 94, Consideraciones generales, párrafo segundo, letra A).

Por consiguiente, los artículos inflables (como las sillas y los sillones inflables, etc.), diseñados en general para llevar consigo a diferentes lugares (por ejemplo, terrenos de acampada, la playa, etc.) y ser utilizados de forma temporal, no son muebles en el sentido del capítulo 94, sino que, en función de su materia constitutiva, son artículos de acampar de la partida 6306 o artículos de los capítulos 39 o 40.

Debido a sus características objetivas, estos artículos inflables son de fácil transporte, ya que son ligeros, además de fáciles y rápidos de montar y empaquetar.

Ejemplos de algunos de estos artículos inflables:

Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union

Esta subpartida en años anteriores

La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.

AñoDesignaciónDerecho de terceros paísesUnidad suplementaria
2026 Diseñadas para ser utilizadas únicamente con fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED) 3,7 % —
2025 sin cambios 3,7 % —
2024 sin cambios 3,7 % —
2023 sin cambios 3,7 % —
2022 Designed for use solely with light-emitting diode (LED) light sources 3,7 % —
2021 no figura en la nomenclatura de ese año — —
2020 no figura en la nomenclatura de ese año — —
2019 no figura en la nomenclatura de ese año — —

Historial del código

Desde 2022; antes, estas mercancías se clasificaban en 9405 30 00.

El código NC 9405 31 00 es la única línea de la nomenclatura combinada de la UE en la subpartida SA 9405.31 (diseñadas para ser utilizadas únicamente con fuentes luminosas de diodos…).

El derecho de terceros países es del 3,7 %, y las cantidades se declaran en —.

Las mercancías originarias de 153 países pueden entrar en la UE con un tipo preferencial (por ejemplo, GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), CARIFORUM) en lugar del derecho de terceros países del 3,7 %; 153 de ellos están totalmente exentos.

Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 9405.31 por valor de 195,8 M € (−10 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 7,89 € por kilo; China aportó el 98 %, por delante de Vietnam.

Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 3,7 %, el derecho general en Estados Unidos es del 8 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es del 2 %, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es del 7 %, el impuesto general de importación (IGI) en México es nulo, el tipo de la TEC en Brasil es del 16,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 18 %, el derecho ad valorem en Perú es del 6 %, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán es del 3,3 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es del 15 % y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.

Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 9405.31 por valor de 338 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue China.

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel tiene el código NC 9405 31 00?

El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es del 3,7 %; la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué países tienen un tipo reducido para el código NC 9405 31 00?

153 países tienen un tipo preferencial en esta línea, 153 de ellos del 0 %, en el marco de GSP-EBA (un régimen especial a favor de los países menos desarrollados (Todo menos armas)), de CARIFORUM y de PTU, entre otros. El tipo solo se aplica a las mercancías que cumplen las normas de origen del acuerdo y cuentan con prueba de origen. Elija el país de origen en esta página para ver su tipo.

¿Se aplica este derecho en España?

Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.

¿De dónde importa la UE estas mercancías?

Para el conjunto de la subpartida 9405.31, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue China (230 M US$), por delante del Reino Unido.

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