Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 1302.32
1302 32 90
1302 32 90: De semillas de guar
✓ Utilizable en una declaración aduaneraDatos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
1302 Jugos y extractos vegetales; materias pécticas, pectinatos y pectatos; agar-agar y demás mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados:
Mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados:
1302 32 Mucílagos y espesativos de la algarroba o de su semilla o de las semillas de guar, incluso modificados:
1302 32 90 De semillas de guar
Lo que paga
Importación: UE
Derecho de aduanaExento derecho de terceros países depende del país de origen
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
Derechos adicionales y tasas 5
Derecho adicionalDerechos adicionales50 % con el documento Y-155 (Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia) · en otro caso exento
Se aplica a mercancías originarias de
todos los países excepto Bielorrusia, Rusia
Acto jurídico
Regulation 1227/25
Documentos
Y155 Productos exportados directa o indirectamente desde la Federación de Rusia o Bielorrusia
Derecho adicionalDerechos adicionales50 %
Se aplica a mercancías originarias de
Bielorrusia, Rusia
Acto jurídico
Regulation 1227/25
Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor3 EUR
Se aplica a mercancías originarias de
todos los países
Vigencia
hasta el 31 de octubre de 2026
Acto jurídico
Regulation 0382/26
Derecho sobre envíos de escaso valorDerechos de aduana para envíos de escaso valor3 EUR
C678 Documento Sanitario Común de Entrada para piensos y alimentos de origen no animal (DSCE-D) [conforme a lo establecido en el anexo II, parte 2, sección D, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión (DO L 261)]
Y978 Exención en virtud del artículo 1, apartado 3 del Reglamento (UE) 2019/1793
Y937 A las mercancías declaradas no se les aplica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1793 de la Comisión
Y176 Mercancías de origen de terceros países procedentes de Noruega, de conformidad con la legislación pertinente de la UE
Control de importaciónControl de las importaciones de productos ecológicos
Se aplica a mercancías originarias de
todos los países excepto Suiza, Islandia, Liechtenstein, Noruega
Acto jurídico
Regulation 2306/21
Documentos
C644 Certificado de control por los productos ecológicos
Y929 Productos no afectados por el Reglamento (UE) n.º 2018/848 (productos ecológicos)
Control de importaciónControl a la importación
Se aplica a mercancías originarias de
Ucrania
Acto jurídico
Regulation 0692/14
Documentos
Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
IVA a la importación en los Estados miembros
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
Alemania19 %
Austria20 %
Bélgica21 %
Bulgaria20 %
Chequia12 % tipo reducido
Chipre19 %
Croacia25 %
Dinamarca25 %
Eslovaquia19 % tipo reducido
Eslovenia22 %
España10 % tipo reducido
Estonia24 %
Finlandia13,5 % tipo reducido
Francia5,5 % tipo reducido
Grecia24 %
Hungría5 % tipo reducido
Irlanda23 %
Italia22 %
Letonia21 %
Lituania21 %
Luxemburgo17 %
Malta0 % tipo reducido
Países Bajos21 %
Polonia23 %
Portugal23 %
Rumanía21 %
Suecia6 % tipo reducido
TEDB · 29 de octubre de 2026
UE: importaciones mensuales · HS 1302.32
últimos 12 meses120,2 M €-10,6 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación2,04 € por kg
Tipo preferencial0 %
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)
Resoluciones vinculantes para mercancías similares
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
N352844U.S. CBP24 de septiembre de 2025 · 1302.32.00.20
The tariff classification, country of origin, and eligibility under the United States-Mexico-Canada Agreement (USMCA) for HydroSystem 102P
N345031U.S. CBP5 de febrero de 2025 · 1302.32.00.40
The Tariff Classification of Cocoa Reduction Blend from Canada
Notas legales
Nota
1. La partida 1302 comprende, entre otros, los extractos de regaliz, piretro (pelitre), lúpulo, o áloe, y el opio.
Por el contrario, se excluyen:
a) el extracto de regaliz con un contenido de sacarosa superior al 10 % en peso o presentado como artículo de confitería (partida 1704);
c) los extractos de café, té o yerba mate (partida 2101);
d) los jugos y extractos vegetales que constituyan bebidas alcohólicas (Capítulo 22);
e) el alcanfor natural, la glicirricina y demás productos de las partidas 2914 o 2938;
f) los concentrados de paja de adormidera con un contenido en alcaloides superior o igual al 50 % en peso (partida 2939);
g) los medicamentos de las partidas 3003 o 3004 y los reactivos para determinación de los grupos o de los factores sanguíneos (partida 3822);
h) los extractos curtientes o tintóreos (partidas 3201 o 3203);
ij) los aceites esenciales (incluidos los «concretos» o «absolutos»), los resinoides y las oleorresinas de extracción, así como los destilados acuosos aromáticos y disoluciones acuosas de aceites esenciales y las preparaciones a base de sustancias odoríferas de los tipos utilizados para la preparación de bebidas (Capítulo 33);
k) el caucho natural, balata, gutapercha, guayule, chicle y gomas naturales análogas (partida 4001).
Nota complementaria
1. Las mezclas de materias pécticas y azúcar con un contenido de azúcar superior al 90 % en peso, calculado sobre materia seca, no deben clasificarse en la subpartida 130220, sino, en principio, en el Capítulo 17, ya que se considera que el azúcar determina el carácter del producto.
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
1302 · Jugos y extractos vegetales; materias pécticas, pectinatos y pectatos; agar-agar y demás mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados
Los extractos vegetales de la partida 1302 son materias primas vegetales en bruto obtenidas, por ejemplo, por extracción con disolventes, sin modificar químicamente ni transformar de otro modo. Se autorizan, sin embargo, los aditivos inertes (por ejemplo, antiaglomerantes), los procedimientos de transformación relativos a la normalización o un tratamiento físico como el secado o la filtración.
1302 31 00 a 1302 39 00 · Mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados
En la medida en que un producto se hinche en agua fría o se disuelva en agua caliente, se cumplen los criterios mencionados en la nota explicativa del SA a la partida 1302, parte C, primer párrafo.
1302 32 10 y 1302 32 90 · Mucílagos y espesativos de la algarroba o de su semilla o de las semillas de guar, incluso modificados
Véanse las notas explicativas del SA, partida 1302, apartado C.2.
Se excluyen de estas subpartidas los endospermios de las semillas de guar (guar «splits») que se presenten en forma de escamitas irregulares de color amarillo claro (partida 1404).
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
Año
Designación
Derecho de terceros países
Unidad suplementaria
2026
De semillas de guar
Exento
—
2025
sin cambios
Exento
—
2024
sin cambios
Exento
—
2023
sin cambios
Exento
—
2022
sin cambios
Exento
—
2021
sin cambios
Exento
—
2020
sin cambios
Exento
—
2019
Of guar seeds
Exento
—
En la nomenclatura combinada de la UE, 1302 32 90 es una de las 2 líneas de la subpartida 1302.32, mucílagos y espesativos de la algarroba o de su semilla o de las semillas de….
El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en —.
En la UE, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 50 %.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 1302.32 por valor de 120,2 M € (−11 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 2,04 € por kilo; India aportó el 62 %, por delante de Estados Unidos.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es nulo, el derecho general en Estados Unidos es nulo, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México va del 0 % al 15 %, el tipo de la TEC en Brasil va del 0 % al 7,2 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina va del 0 % al 7,2 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda es nulo, el tipo aplicado en Japón es nulo, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 3,5 % al 7,5 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho del arancel normal en Suiza es nulo, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 5 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 1302.32 por valor de 291 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue India.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel tiene el código NC 1302 32 90?
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
¿Se aplican derechos antidumping u otros derechos adicionales al código NC 1302 32 90?
Derecho adicional del 50 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.
¿Se aplica este derecho en España?
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
¿De dónde importa la UE estas mercancías?
Para el conjunto de la subpartida 1302.32, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue India (93 M US$), por delante de Estados Unidos.
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