Subpartida · Capítulo 87 · Partida 8704

8704.10

8704.10: Volquetes automotores diseñados para utilizarlos fuera de la red de carreteras

Dúmper fuera de carretera

La subpartida SA 8704.10 —dúmper fuera de carretera— pertenece a la partida 8704, en el capítulo 87.

Lo que paga

Importación: UE

Derecho de aduana Exento derecho de terceros países · en 2 líneas nacionales depende del país de origen
Derechos adicionales y tasas 1 medida adicional Requisitos de importación: 9
IVA tipo general del Estado miembro de importación, del 17 % al 27 %
Calculadora de arancelesCalcular aranceles e impuestos →

Tipos por línea nacional · Nomenclatura combinada de la UE

Líneas arancelarias (UE) →
  1. 8704 10 Volquetes automotores diseñados para utilizarlos fuera de la red de carreteras:
  2. 8704 10 10 Con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel) o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa Exentop/st
  3. 8704 10 90 Los demás Exentop/st

Derechos adicionales y normas de importación

Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.

Derechos adicionales y tasas 1

  • Tasa de tramitaciónTasa de gestión de la Unión 2 EUR
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Vigencia
    desde el 1 de noviembre de 2026
    Acto jurídico
    Regulation 2108/26
    Documentos
    • Y126 Goods sold in distance sales

Requisitos de importación 11

  • Control de importaciónRestricción del despacho a libre práctica
    Se aplica a mercancías originarias de
    Irak, Siria
    Acto jurídico
    Regulation 1210/03, Regulation 1332/13
  • Control de importaciónControl de la importación de mercancías y tecnologías restringidas
    Se aplica a mercancías originarias de
    Libia
    Acto jurídico
    Regulation 0044/16
    Documentos
    • Y920 Mercancías distintas a las descritas en las notas a pie de página asociadas a la medida.
  • Control de importaciónControl de la importación de mercancías y tecnologías restringidas
    Se aplica a mercancías originarias de
    Rusia
    Vigencia
    hasta el 31 de julio de 2027
    Acto jurídico
    Decision 0512/14
    Documentos
    • Y920 Mercancías distintas a las descritas en las notas a pie de página asociadas a la medida.
  • Control de importaciónControl de las importaciones de gases fluorados de efecto invernadero
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0573/24
    Documentos
    • Y152 Exención de la prohibición de importación concedida para su reparación o revisión, de conformidad con el artículo 11, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y986 Excepción a la prohibición de importación de conformidad con el artículo 11, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y160 Mercancías distintas de las sujetas a las disposiciones pertinentes del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y169 Productos y aparatos, incluidas las piezas, que contengan gases fluorados o cuyo funcionamiento dependa de gases fluorados no sujetos a una prohibición impuesta por el artículo 11.1. (excluidas las exenciones militares y de reparación) y el anexo IV [Reglamento (UE) 2024/573]
    • Y123 Empresa registrada en el portal de gases fluorados de conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) 2024/573
    • C057 Copia de la declaración de conformidad - Opción A, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, y en el anexo del Reglamento (UE) 2025/2155
    • C079 Copia de la declaración de conformidad - Opción B, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, y en el anexo del Reglamento (UE) 2025/2155
    • C082 Copia de la declaración de conformidad - Opción C, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, y en el anexo del Reglamento (UE) 2025/2155
    • Y120 Empresas que importen menos de 10 toneladas equivalentes de CO₂ de hidrofluorocarburos al año contenidas en productos o aparatos exentos de lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento (UE) 2024/573 [artículo 19, apartado 6, del Reglamento (UE) 2024/573]
    • Y179 Productos o aparatos precargados con gases fluorados de efecto invernadero a los que no se aplica el artículo 19 del Reglamento (CE) n.º 2024/573 (por ejemplo, porque no contienen HFC)
    • Y054 Mercancías etiquetadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/573
    • Y163 Masa neta de los gases fluorados de efecto invernadero cargados en productos y aparatos
    • Y121 Toneladas equivalentes de CO₂ de los gases a granel y de los gases contenidos en los productos o aparatos, y en sus partes
  • Control de importaciónControl de las importaciones de sustancias que agotan la capa de ozono
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 0590/24
    Documentos
    • L100 Licencia de importación " sustancias reguladas" (ozono), expedida por la Comisión
    • Y792 Sustancias, productos y aparatos distintos de los incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2024/590
    • Y791 Exención de la prohibición de sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a ser usadas para los usos esenciales de laboratorio y análisis [véanse el artículo 8 y el artículo 13, apartado 1, letra c) (importación), y el artículo 14, apartado 1, letra a) (exportación, del Reglamento (UE) 2024/590], y de productos y aparatos [véanse el artículo 11, apartado 1, y el artículo 13, apartado 1, letra j) (importación), y el art. 14, apdo. 1, letra g) (exportación), del Reglamento (UE) 2024/590]
    • Y789 Exención de la prohibición de productos y aparatos que contengan halones o cuyo funcionamiento dependa de ellos [véanse el artículo 13, apartado 1, letra h) (importación), y el artículo 14, apartado 1, letra f) (exportación, del Reglamento (UE) 2024/590]
    • Y790 Exención de la prohibición de sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a la destrucción o a la regeneración [véanse el artículo 12 y el artículo 13, apartado 1, letras d) y e) (importación), del Reglamento (UE) 2024/590], y de productos y aparatos [véanse el artículo 12 y el artículo 13, apartado 1, letra i) (importación)]
    • Y797 Número de identificación del registro en el sistema de licencias establecido en el artículo 17, apartado 3, letra a), del Reglamento (UE) 2024/590
    • Y798 Declaración de la masa neta de las sustancias que agotan la capa de ozono, cuando estén incluidas en productos y aparatos
    • Y799 Masa neta de las sustancias que agotan la capa de ozono multiplicada por el PAO de estas, también cuando estén incluidas en productos y aparatos
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia
    Acto jurídico
    Regulation 0765/06
    Documentos
    • Y759 Bienes distintos de los descritos en la Lista Común Militar de la Unión Europea
    • Y757 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1bis bis.1 del Reglamento (EC) 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1bis bis.2a)
    • Y758 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 bis bis del Reglamento (CE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones contractuales en el artículo 1 bis bis, apartado 2b)
  • Control de importaciónRestricciones a la importación o exportación de productos de la LCM
    Se aplica a mercancías originarias de
    Rusia
    Acto jurídico
    Regulation 0833/14
    Documentos
    • Y759 Bienes distintos de los descritos en la Lista Común Militar de la Unión Europea
    • Y692 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 4, apartado 2)
  • Control de importaciónControl a la importación – residuos
    Se aplica a mercancías originarias de
    todos los países
    Acto jurídico
    Regulation 1157/24
    Documentos
    • C672 Información que debe acompañar a los traslados de resididuos conforme al Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 18 y anexo VII
    • C669 Documento de notificación conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 5 y anexo IA
    • Y923 Producto no sujeto a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157
    • C670 Documento de movimiento conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1157 - Artículo 5 y anexo IAB
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Bielorrusia, Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0765/06, Regulation 0692/14
    Documentos
    • Y727 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 3).
    • Y728 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 1 novodecies bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 1 novodecies bis, apartado 4).
    • L152 Autorización de importación en virtud del artículo 1 novodecies bis, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo
    • Y870 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 8 septies del Reglamento (UE) n.º 765/2006]
    • Y997 Mercancías no originarias de Crimea o Sebastopol ni destinadas a ellas [artículo 2 y artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 692/2014 del Consejo]
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Libia, Ucrania
    Acto jurídico
    Regulation 0813/25, Regulation 0263/22
    Documentos
    • Y182 Mercancías distintas de las afectadas por las prohibiciones definidas en el artículo 3(a), del Reglamento (UE) n.º 2016/44
    • Y984 Mercancías no originarias o no destinadas a las zonas de Ucrania no controladas por el Gobierno en las provincias de Donetsk, Kherson, Luhansk y Zaporizhzhia
    • N954 Certificado de circulación EUR.1
    • N864 Declaración en factura o declaración de origen extendida por un exportador en una factura u otro documento comercial
  • Control de importaciónControl a la importación
    Se aplica a mercancías originarias de
    Rusia
    Vigencia
    hasta el 31 de diciembre de 2027
    Acto jurídico
    Regulation 0833/14
    Documentos
    • L142 Autorización de importación en virtud del artículo 3 decies, apartado 3 quater, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
    • Y874 No se aplican las prohibiciones definidas en el artículo 3 decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo (véanse las exenciones en el artículo 3 decies, apartado 3 bis bis).
    • L143 Autorización de importación en virtud del artículo 12 ter, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo
    • Y859 Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]

UE: importaciones mensuales

últimos 12 meses533,8 M €+2,6 % · 12 meses anteriores
Precio medio de importación6,17 € por kg
Tipo preferencial0 %
ene 2024: 42,3 M €feb 2024: 29,4 M €mar 2024: 31,6 M €abr 2024: 51,4 M €may 2024: 41,5 M €jun 2024: 44,5 M €jul 2024: 45 M €ago 2024: 34,6 M €sept 2024: 48,2 M €oct 2024: 41,9 M €nov 2024: 51 M €dic 2024: 31,6 M €ene 2025: 48,8 M €feb 2025: 38,8 M €mar 2025: 46,1 M €abr 2025: 39,6 M €may 2025: 42,9 M €jun 2025: 41,6 M €jul 2025: 44,2 M €ago 2025: 45,5 M €sept 2025: 59,7 M €oct 2025: 39,9 M €nov 2025: 37,7 M €dic 2025: 37,9 M €ene 2026: 33,6 M €feb 2026: 49,8 M €mar 2026: 49,1 M €abr 2026: 46,3 M €may 2026: 54 M €jun 2026: 39,8 M €jul 2026: 43,2 M €ago 2026: 43 M € 202420252026
Datos hasta agosto de 2026 (provisional) · Datos mensuales: Eurostat Comext (CC BY 4.0), HMRC (OGL v3.0)

Principales proveedores, últimos 12 meses

PaísValorCuotaVariación
Reino Unido 188,8 M € 35,4 % +15,4 %
Japón 128,1 M € 24 % +15,1 %
Sudáfrica 53 M € 9,9 % +0,9 %
China 39,9 M € 7,5 % +20,2 %
Estados Unidos 39,3 M € 7,4 % -10,9 %
Noruega 26,7 M € 5 % +3,8 %
India 25,1 M € 4,7 % -41,6 %
Corea del Sur 8,6 M € 1,6 % -34,2 %

La misma subpartida en otros aranceles

Comercio mundial en 2024

8704.10 · 12 mil M US$

Valor comercial (dólares EE. UU.) sin comercio declarado < 1 M US$1 M US$+30 M US$+210 M US$+> 1305 M US$

Exportaciones: 110
  1. Estados Unidos: 2786 M US$
  2. China: 2117 M US$
  3. Reino Unido: 1392 M US$
  4. Japón: 1305 M US$
  5. Suecia: 944 M US$
  6. India: 718 M US$
  7. Alemania: 449 M US$
  8. Brasil: 278 M US$
  9. Sudáfrica: 257 M US$
  10. Austria: 224 M US$
  11. Finlandia: 210 M US$
  12. Bélgica: 153 M US$
  13. Países Bajos: 146 M US$
  14. Turquía: 135 M US$
  15. Tailandia: 116 M US$
  16. Noruega: 103 M US$
  17. Canadá: 102 M US$
  18. Kazajistán: 69 M US$
  19. Indonesia: 67 M US$
  20. España: 63 M US$
  21. Francia: 61 M US$
  22. Italia: 59 M US$
  23. Estonia: 48 M US$
  24. Arabia Saudí: 39 M US$
  25. Australia: 37 M US$
  26. Zambia: 36 M US$
  27. Chile: 33 M US$
  28. Bielorrusia: 30 M US$
  29. Dinamarca: 29 M US$
  30. Singapur: 28 M US$
  31. Irlanda: 17 M US$
  32. Côte d’Ivoire: 16 M US$
  33. México: 15 M US$
  34. Corea del Sur: 14 M US$
  35. Suiza: 10 M US$
  36. Polonia: 9 M US$
  37. Rumanía: 9 M US$
  38. Nueva Caledonia: 8 M US$
  39. Hungría: 8 M US$
  40. Burkina Faso: 8 M US$
  41. Emiratos Árabes Unidos: 7 M US$
  42. Lesoto: 6 M US$
  43. Israel: 6 M US$
  44. Taiwán: 6 M US$
  45. Filipinas: 5 M US$
  46. RAE de Hong Kong (China): 4 M US$
  47. Chequia: 4 M US$
  48. Nueva Zelanda: 4 M US$
  49. Portugal: 4 M US$
  50. Ghana: 3 M US$
  51. Eslovenia: 3 M US$
  52. Mauricio: 2 M US$
  53. Luxemburgo: 2 M US$
  54. Bosnia y Herzegovina: 1 M US$
  55. Malasia: 1 M US$
  56. Chipre: 1 M US$
  57. Eslovaquia: 1 M US$
  58. Croacia: 1 M US$
  59. Angola: 1 M US$
  60. Costa Rica: 1 M US$

Principales exportadores

PuestoPaísValorCuota
1 Estados Unidos 2786 M US$ 22,8 %
2 China 2117 M US$ 17,3 %
3 Reino Unido 1392 M US$ 11,4 %
4 Japón 1305 M US$ 10,7 %
5 Suecia 944 M US$ 7,7 %
6 India 718 M US$ 5,9 %
7 Alemania 449 M US$ 3,7 %
8 Brasil 278 M US$ 2,3 %
9 Sudáfrica 257 M US$ 2,1 %
10 Austria 224 M US$ 1,8 %

Principales importadores

PuestoPaísValorCuota
1 Estados Unidos 2009 M US$ 16,4 %
2 Australia 1216 M US$ 9,9 %
3 Canadá 1031 M US$ 8,4 %
4 Indonesia 656 M US$ 5,4 %
5 Chile 584 M US$ 4,8 %
6 Rusia 578 M US$ 4,7 %
7 Mongolia 482 M US$ 3,9 %
8 Sudáfrica 361 M US$ 2,9 %
9 Perú 278 M US$ 2,3 %
10 Emiratos Árabes Unidos 243 M US$ 2 %

Aranceles de importación de este producto en el mundo 163

El arancel de nación más favorecida (NMF) que cada país aplica a las mercancías de esta subpartida del SA: la media de sus líneas arancelarias nacionales, con la línea más baja y la más alta cuando difieren. Las mercancías de países con un acuerdo comercial suelen pagar menos.

  • 5 %arancel mediano
  • 41número de países con arancel cero (NMF)
  • 45 %el más alto: San Cristóbal y Nieves, India, Bermudas

163

País importadorArancel NMFlíneas de – aaño de los datos
Afganistán 10 % 2018 · HS 2012
Albania 0 % 2023
Angola 1 % 0 % – 2 % 2023 · HS 2017
Anguila 10 % 2021 · HS 2017
Antigua y Barbuda 20 % 2021 · HS 2007
Arabia Saudí 5 % 2023
Argelia 5 % 2023
Argentina 1 % 0 % – 2 % 2023 · HS 2017
Armenia 3,7 % 0 % – 5 % 2023
Aruba 12 % 2021 · HS 2012
Australia 5 % 2023
Azerbaiyán 5 % 2023 · HS 2017
Bahamas 0 % 2022
Bangladés 1 % 2023 · HS 2017
Barbados 10 % 2022 · HS 2017
Baréin 5 % 2023
Belice 10 % 2023
Benín 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Bermudas 35 % 2023
Bielorrusia 3,7 % 0 % – 5 % 2021 · HS 2017
Bolivia 0 % 2023 · HS 2017
Bosnia y Herzegovina 3,3 % 0 % – 10 % 2022
Botsuana 5 % 0 % – 10 % 2023
Brasil 7 % 0 % – 14 % 2023 · HS 2017
Brunéi 0 % 2023 · HS 2017
Burkina Faso 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Burundi 5 % 0 % – 10 % 2023
Bután 0 % 2022
Cabo Verde 5 % 2023 · HS 2017
Camboya 15 % 2023 · HS 2017
Camerún 10 % 2023
Canadá 0 % 2023
Catar 5 % 2023
Chad 10 % 2023
Chile 6 % 2023 · HS 2017
China 6 % 2023
Colombia 0 % 2023 · HS 2017
Comoras 5 % 2021 · HS 2017
Congo 10 % 2023
Corea del Sur 0 % 2023
Costa Rica 0 % 2023
Côte d’Ivoire 7,5 % 5 % – 10 % 2023 · HS 2017
Cuba 5 % 2023 · HS 2017
Dominica 10 % 2023 · HS 2017
Ecuador 2 % 0 % – 5 % 2023 · HS 2017
Egipto 5 % 2019 · HS 2017
El Salvador 1 % 2022
Emiratos Árabes Unidos 5 % 2023
Estados Unidos 0 % 2023
Esuatini 5 % 0 % – 10 % 2023
Etiopía 7,5 % 0 % – 10 % 2021 · HS 2017
Filipinas 2,6 % 2,3 % – 3 % 2023
Fiyi 2,5 % 0 % – 5 % 2023
Gabón 10 % 2023
Gambia 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Georgia 0 % 2022 · HS 2017
Ghana 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Gibraltar 12 % 2023 · HS 2017
Granada 15 % 2023 · HS 2012
Guatemala 0 % 2023
Guinea 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Guinea Ecuatorial 10 % 2023
Guinea-Bisáu 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Guyana 10 % 2023 · HS 2017
Haití 5 % 2020 · HS 2017
Honduras 10 % 2023
India 40 % 2023
Indonesia 20 % 5 % – 50 % 2023
Irán 13 % 5 % – 20 % 2020 · HS 2017
Islandia 0 % 2023
Islas Caimán 30 % 2021 · HS 2002
Islas Cook 6,7 % 0 % – 20 % 2022 · HS 2017
Islas Salomón 10 % 2023 · HS 2017
Israel 0 % 2022 · HS 2017
Jamaica 10 % 2023
Japón 0 % 2023
Jordania 0 % 2023
Kazajistán 0,4 % 0 % – 3 % 2023
Kenia 5 % 0 % – 10 % 2023
Kirguistán 3,7 % 0 % – 5 % 2021 · HS 2017
Kiribati 0 % 2023 · HS 2002
Kuwait 5 % 2023
Laos 20 % 2023 · HS 2017
Lesoto 5 % 0 % – 10 % 2023
Líbano 5 % 2020 · HS 2017
Liberia 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Libia 5 % 2021 · HS 2017
Liechtenstein 0 % 2021 · HS 2017
Macedonia del Norte 0 % 2023
Madagascar 5 % 2023
Malasia 16 % 0 % – 30 % 2023
Malaui 0 % 2021 · HS 2017
Maldivas 35 % 2023
Mali 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Marruecos 2,5 % 2023
Mauricio 0 % 2023
Mauritania 7,5 % 5 % – 10 % 2023 · HS 2017
México 0 % 2023 · HS 2017
Micronesia 4 % 2021 · HS 2017
Moldavia 5 % 2023 · HS 2017
Mongolia 5 % 2023
Montserrat 25 % 2023 · HS 2017
Mozambique 5 % 2023
Myanmar (Birmania) 8,9 % 7,5 % – 10 % 2023 · HS 2017
Namibia 5 % 0 % – 10 % 2023
Nauru 25 % 2021 · HS 2017
Nepal 30 % 2023
Nicaragua 0 % 2023
Níger 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Nigeria 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Noruega 0 % 2023
Nueva Zelanda 2,5 % 0 % – 5 % 2023
Omán 5 % 2023
Pakistán 30 % 2023
Panamá 0 % 2023
Papúa Nueva Guinea 0 % 2023
Paraguay 0 % 2023 · HS 2017
Perú 0 % 2023 · HS 2017
RAE de Hong Kong (China) 0 % 2023
RAE de Macao (China) 0 % 2023
Reino Unido 0 % 2023
República Centroafricana 10 % 2023
República Dominicana 8 % 2023
Ruanda 5 % 0 % – 10 % 2023
Rusia 3,7 % 0 % – 5 % 2021 · HS 2017
Samoa 0 % 2020 · HS 2017
San Cristóbal y Nieves 45 % 2023
San Pedro y Miquelón 5 % 2021 · HS 2017
San Vicente y las Granadinas 10 % 2023
Santa Lucía 20 % 2023 · HS 2012
Santo Tomé y Príncipe 10 % 2019 · HS 2017
Senegal 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Seychelles 0 % 2023
Sierra Leona 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Singapur 0 % 2023 · HS 2017
Siria 20 % 2020 · HS 2012
Somalia 15 % 2023 · HS 2017
Sri Lanka 0 % 2023
Sudáfrica 5 % 0 % – 10 % 2023
Sudán 10 % 2021 · HS 2017
Suiza 0 % 2023
Surinam 5 % 2023 · HS 2007
Tailandia 5 % 2023
Tanzania 5 % 0 % – 10 % 2023
Tayikistán 5 % 2021 · HS 2012
Territorios Palestinos 0 % 2017 · HS 2017
Togo 7,5 % 5 % – 10 % 2023
Tonga 3 % 2023 · HS 2017
Trinidad y Tobago 10 % 2023 · HS 2012
Turquía 0 % 2023
Tuvalu 9 % 2017 · HS 2017
Ucrania 0 % 2023 · HS 2017
Uganda 5 % 0 % – 10 % 2023
Unión Europea (27 países) 0 % 2023
Uruguay 1 % 0 % – 2 % 2023 · HS 2017
Uzbekistán 30 % 2021 · HS 2017
Vanuatu 15 % 2023
Venezuela 7 % 0 % – 14 % 2023 · HS 2017
Vietnam 17 % 0 % – 50 % 2023
Wallis y Futuna 10 % 2021 · HS 2012
Yemen 15 % 5 % – 25 % 2017 · HS 2017
Zambia 15 % 2023
Zimbabue 0 % 2023

Datos arancelarios de los años 2017–2023; los tipos pueden haber cambiado desde entonces. · UNCTAD TRAINS, consultado a través de WITS (Banco Mundial)

Clasificaciones y correspondencias

Dónde se sitúa esta subpartida del SA en las clasificaciones estadísticas de las Naciones Unidas y qué códigos tenía en ediciones anteriores del Sistema Armonizado.

CUCI Rev. 4
78211 Dumpers designed for off-highway use
Uso final (BEC Rev. 5)
Bienes de capital · BEC 512020
Producto CCP 2.1
44428 Dumpers designed for off-highway use
Actividad CIIU Rev. 4
2824 Fabricación de maquinaria para la explotación de minas y canteras y para obras de construcción

Ediciones anteriores del SA

HSCódigo
20178704.10sin cambios
20128704.10sin cambios
20078704.10sin cambios
20028704.10sin cambios
19968704.10sin cambios
19928704.10sin cambios

Tablas de correspondencia de la División de Estadística de las Naciones Unidas (UNSD)

Resoluciones vinculantes para mercancías similares 1

Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.

  • N359859 U.S. CBP 13 de abril de 2026 · 8704.10.50.60

    The tariff classification of dumpers from Spain

Cambios normativos recientes que citan este código

Actos cuyo texto cita este código o su partida. Compruebe el propio acto: un código puede citarse por motivos distintos de un cambio de su derecho.

  1. EU Modificación arancelaria · Aplicable desde:

    Regulation (EU) 2026/1395 of the European Parliament and of the Council of 17 June 2026 on applying a generalised scheme of tariff preferences and repealing Regulation (EU) No 978/2012

    CELEX 32026R1395 · Fuente: eur-lex.europa.eu

  2. US Antidumping

    Certain Brake Drums From the People's Republic of China: Initiation of Circumvention Inquiry on the Antidumping and Countervailing Duty Orders

    FR Doc. 2026-01598 · 91 FR 3435 · Fuente: federalregister.gov

Cambios normativos →

En la nomenclatura combinada de la UE, la subpartida 8704.10 abarca 2 líneas arancelarias y el derecho de terceros países es nulo.

La subpartida 8704.10 se reparte en 2 líneas en el arancel de aduanas de Turquía; el tipo legal (Ley 474) es nulo.

Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 8704.10 por valor de 533,8 M € (+3 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 6,17 € por kilo; el Reino Unido aportó el 35 %, por delante de Japón.

El comercio mundial de estas mercancías alcanzó 12 mil M US$ en 2024, un 4,8 % menos que en 2023.

El mayor exportador fue Estados Unidos, con el 22,8 % del total, por delante de China.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el código arancelario de «volquetes automotores diseñados para utilizarlos fuera de…»?

Estas mercancías se clasifican en la subpartida 8704.10 del Sistema Armonizado (partida 8704), dentro de la sección XVII. La nomenclatura combinada de la UE, que se aplica en España, desglosa este código hasta 8 dígitos.

¿Qué arancel se aplica a «volquetes automotores diseñados para utilizarlos…» en España y en la UE?

En la nomenclatura combinada de la UE, las importaciones del código 8704.10 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. El derecho es el mismo en España que en los demás Estados miembros. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué arancel se aplica a «volquetes automotores diseñados para utilizarlos…» en Turquía?

En el arancel de aduanas de Turquía, las importaciones del código 8704.10 procedentes de países sin acuerdo preferencial están exentas de derechos. No se incluyen los tipos preferenciales, los derechos antidumping ni el IVA.

¿Qué país es el mayor exportador de «volquetes automotores diseñados para utilizarlos…»?

Estados Unidos, con 2786 M US$ en 2024 (el 22,8 % de las exportaciones mundiales).

¿Qué puesto ocupa España como exportador?

En 2024, España exportó 63 M US$ (el 0,5 % del total mundial) y ocupó el puesto 20 entre 110 países exportadores.

¿Cuáles son los principales proveedores de la UE de «dúmper fuera de carretera»?

En los 12 meses hasta agosto de 2026, los mayores proveedores fueron el Reino Unido (35 %), Japón (24 %) y Sudáfrica (10 %), sobre unas importaciones totales de 533,8 M €.

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