0910 99 31 a 0910 99 39 · Tomillo
Estas subpartidas comprenden el tomillo, del que existen varias especies (Thymus vulgaris, Thymus zygis y Thymus serpyllum L. o serpol), incl. desecado.
Nomenclatura combinada de la UE · código NC · HS 0910.99
✓ Utilizable en una declaración aduanera Datos: Nomenclatura combinada de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2026 · comprobados el 24 de octubre de 2026
Importación: UE
Cargas que se suman al derecho de aduana y requisitos que deben cumplir las mercancías en la frontera.
El tipo que cada Estado miembro aplica a las mercancías de este código, según la base de datos Taxes in Europe de la Comisión. Un tipo reducido puede abarcar solo parte de las mercancías de un código: consulte la normativa nacional del IVA.
TEDB · 3 de noviembre de 2026
| País | Valor | Cuota | Variación |
|---|---|---|---|
| 26,5 M € | 26 % | -3,1 % | |
| 15,3 M € | 15,1 % | +17,7 % | |
| 8,5 M € | 8,4 % | -9 % | |
| 6,4 M € | 6,3 % | +78,5 % | |
| 4,4 M € | 4,3 % | -7,4 % | |
| 3,7 M € | 3,6 % | +1485,4 % | |
| 3,6 M € | 3,5 % | +82 % | |
| 3,2 M € | 3,2 % | -4 % |
0910.99 Jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel, curri: las demás especias, las demás
Decisiones de la aduana de EE. UU. (CBP, CROSS) y de la administración británica HMRC (Advance Tariff Rulings) sobre mercancías clasificadas aquí. Una resolución solo vincula a su titular, pero muestra cómo clasifican las autoridades mercancías similares. Las descripciones son los textos en inglés de las autoridades.
Frozen whole curry leaves of the Murraya Koenigii variety. The leaves are washed and frozen after harvest at a temperature of -50°C. There are to be used in cooking
1. Las mezclas entre sí de los productos de las partidas 0904 a 0910 se clasifican como sigue:
a) las mezclas entre sí de productos de una misma partida se clasifican en dicha partida;
b) las mezclas entre sí de productos de distintas partidas se clasifican en la partida 0910.
El hecho de que se añadan otras sustancias a los productos comprendidos en las partidas 0904 a 0910 [incluidas las mezclas citadas en las letras a) o b) anteriores] no influye en su clasificación, siempre que las mezclas así obtenidas conserven el carácter esencial de los productos citados en cada una de estas partidas. Por el contrario, dichas mezclas se excluyen de este Capítulo y se clasifican en la partida 2103 si constituyen condimentos o sazonadores compuestos.
2. Este Capítulo no comprende la pimienta de Cubeba (Piper cubeba) ni los demás productos de la partida 1211.
Las notas explicativas de la Comisión Europea sobre la clasificación de las mercancías en estos códigos NC. No son jurídicamente vinculantes, pero las autoridades aduaneras las siguen; completan las notas explicativas del SA de la Organización Mundial de Aduanas.
Estas subpartidas comprenden el tomillo, del que existen varias especies (Thymus vulgaris, Thymus zygis y Thymus serpyllum L. o serpol), incl. desecado.
Solo se clasifica en esta subpartida el tomillo de la especie Thymus serpyllum L.
Consideraciones generales
La clasificación de las especias mezcladas entre sí o con otras sustancias añadidas está determinada por la nota 1 de este capítulo.
De acuerdo con la citada nota, las mezclas de especias con otras sustancias, que hayan perdido el carácter esencial de especias, están excluidas de este capítulo. Se clasifican en la partida 2103, si constituyen condimentos o sazonadores compuestos. En lo que se refiere a las mezclas utilizadas directamente para la aromatización de bebidas o la preparación de extractos destinados a la fabricación de bebidas y constituidas por especias y plantas, partes de plantas, semillas o frutos (enteros, cortados, triturados o pulverizados) de especies pertenecientes a otros capítulos (7, 11, 12, etc.) véanse las notas explicativas del SA, consideraciones generales del capítulo 9, sexto y séptimo párrafos.
Hay que señalar que los desperdicios y desechos procedentes normalmente de la recolección de las especias, de las operaciones posteriores (por ejemplo: clasificado, secado), del almacenado o del transporte deben considerarse como productos «sin triturar ni pulverizar», salvo cuando estos productos sean identificables como procedentes de una molturación intencional (debido a su homogeneidad, por ejemplo).
La expresión «triturados o pulverizados» utilizada en varias partidas de este capítulo, no incluye los productos cortados en trozos.
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea, Diario Oficial, serie C (texto consolidado y modificaciones posteriores) · © European Union
La nomenclatura combinada de cada año, publicada en el Diario Oficial: designación, derecho de terceros países y unidad suplementaria.
| Año | Designación | Derecho de terceros países | Unidad suplementaria |
|---|---|---|---|
| 2026 | Serpol (Thymus serpyllum L.) | Exento | — |
| 2025 | sin cambios | Exento | — |
| 2024 | sin cambios | Exento | — |
| 2023 | sin cambios | Exento | — |
| 2022 | sin cambios | Exento | — |
| 2021 | sin cambios | Exento | — |
| 2020 | sin cambios | Exento | — |
| 2019 | Wild thyme (Thymus serpyllum L.) | Exento | — |
En la nomenclatura combinada de la UE, 0910 99 31 es una de las 7 líneas de la subpartida 0910.99, jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel, curri.
El derecho de terceros países es nulo (exento), y las cantidades se declaran en —.
En la UE, a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia se les aplica, además del derecho de aduana, un derecho adicional del 50 %.
Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, la UE importó mercancías de la subpartida 0910.99 por valor de 101,8 M € (+9 % respecto a los 12 meses anteriores), a un precio medio de 4,22 € por kilo; Turquía aportó el 26 %, por delante de Egipto.
Para la misma subpartida, el tipo legal (Ley 474) en Turquía es del 30 %, el derecho general en Estados Unidos va del 0 % al 4,8 %, el derecho de terceros países en el Reino Unido es nulo, el tipo NMF (nación más favorecida) en Canadá es nulo, el impuesto general de importación (IGI) en México es del 20 %, el tipo de la TEC en Brasil es del 9 %, el derecho de importación extrazona (AEC) en Argentina es del 9 %, el derecho ad valorem en Perú es nulo, el tipo normal (Normal Tariff) en Nueva Zelanda va del 0 % al 5 %, el tipo aplicado en Japón va del 0 % al 3,6 %, el tipo de la columna 1 en Taiwán va del 0 % al 15 %, el derecho de aduana en los países del CCG es del 5 %, el derecho ordinario en Noruega es nulo, el derecho NMF en Macedonia del Norte es nulo y el derecho de importación en Nigeria es del 20 %.
Los Estados miembros de la UE importaron mercancías de la subpartida 0910.99 por valor de 316 M US$ en 2024; el mayor proveedor de fuera de la UE fue Turquía.
El derecho de terceros países en la nomenclatura combinada de la UE es nulo (exento); la unidad suplementaria es —. No incluye los tipos preferenciales para países con acuerdo, los derechos antidumping ni el IVA.
Derecho adicional del 50 % a las mercancías originarias de Bielorrusia y de Rusia. Estos derechos se suman al derecho de aduana.
Sí. España, como todos los Estados miembros, aplica la nomenclatura combinada y el arancel aduanero común: el derecho de terceros países es el mismo en toda la UE. Los tipos preferenciales dependen del origen de la mercancía; el IVA y los impuestos especiales se añaden aparte.
Para el conjunto de la subpartida 0910.99, el mayor proveedor de fuera de la UE en 2024 fue Turquía (37 M US$), por delante de India.