Tarif douanier du Mexique (TIGIE)
Tarif douanier du Mexique (TIGIE), chapitre 97 : Objets d'art, de collection ou d'antiquité
- 26Lignes tarifaires
- ExemptionTaux
Le chapitre 97 compte 26 lignes dans le tarif douanier du Mexique (TIGIE), dans 6 positions.
Toutes les lignes sont en franchise de droits.
La position la plus détaillée est la 9705 (collections et pièces de collection présentant un intérêt…), avec 13 lignes.
Le taux le plus fréquent est l’exemption, sur 26 lignes.
9701 Tableaux, peintures et dessins, faits entièrement à la main, à l'exclusion des dessins du no 4906 et des articles manufacturés décorés à la main ; collages, mosaïques et tableautins similaires
- 9701.21.01.00Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano, excepto : pinturas y dibujos, pinturas y dibujos, pinturas y dibujos.
- 9701.22.01.00Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano, excepto : mosaicos, mosaicos, mosaicos.
- 9701.29.99.00Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano, excepto : los demás, los demás, los demás.
- 9701.91.01.00Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano, excepto : pinturas y dibujos, pinturas y dibujos, pinturas y dibujos.
- 9701.92.01.00Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano, excepto : mosaicos, mosaicos, mosaicos.
- 9701.99.99.00Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano, excepto : los demás, los demás, los demás.
9702 Gravures, estampes et lithographies originales
9703 Productions originales de l'art statuaire ou de la sculpture, en toutes matières
9704 Timbres-poste, timbres fiscaux, marques postales, enveloppes premier jour, entiers postaux et analogues, oblitérés, ou bien non oblitérés, autres que les articles du no 4907
9705 Collections et pièces de collection présentant un intérêt archéologique, ethnographique, historique, zoologique, botanique, minéralogique, anatomique, paléontologique ou numismatique
- 9705.10.01.00Bienes que hayan sido declarados monumentos arqueológicos de conformidad con el acuerdo que al respecto emita el Presidente de la República o el Secretario de Cultura, por conducto del titular del Instituto competente.
- 9705.10.02.00Objetos de interés histórico o etnográfico, que no hayan sido declarados monumentos arqueológicos o históricos de conformidad con el acuerdo que al respecto emita el Presidente de la República o el Secretario de Cultura, por conducto del titular del Instituto competente.
- 9705.10.99.00Colecciones y piezas de colección que tengan un interés : las demás, las demás.
- 9705.21.01.00Objetos de interés paleontológico, que no hayan sido declarados monumentos arqueológicos o históricos de conformidad con el acuerdo que al respecto emita el Presidente de la República o el Secretario de Cultura, por conducto del titular del Instituto competente.
- 9705.21.99.00Especímenes humanos y sus partes : los demás, los demás.
- 9705.22.01.00Objetos de interés paleontológico, que no hayan sido declarados monumentos arqueológicos o históricos de conformidad con el acuerdo que al respecto emita el Presidente de la República o el Secretario de Cultura, por conducto del titular del Instituto competente.
- 9705.22.99.00Especies extintas o en peligro de extinción, y sus partes : los demás, los demás.
- 9705.29.01.00Objetos de interés paleontológico, que no hayan sido declarados monumentos arqueológicos o históricos de conformidad con el acuerdo que al respecto emita el Presidente de la República o el Secretario de Cultura, por conducto del titular del Instituto competente.
- 9705.29.99.00Colecciones y piezas de colección que tengan un interés : las demás, las demás, las demás.
- 9705.31.01.00Objetos de interés histórico, que no hayan sido declarados monumentos arqueológicos o históricos de conformidad con el acuerdo que al respecto emita el Presidente de la República o el Secretario de Cultura, por conducto del titular del Instituto competente.
- 9705.31.99.00De más de 100 años.: las demás, las demás.
- 9705.39.01.00Objetos de interés histórico, que no hayan sido declarados monumentos arqueológicos o históricos de conformidad con el acuerdo que al respecto emita el Presidente de la República o el Secretario de Cultura, por conducto del titular del Instituto competente.
- 9705.39.99.00Colecciones y piezas de colección que tengan un interés : las demás, las demás, las demás.