Pauta Aduaneira do México (TIGIE)
Pauta Aduaneira do México (TIGIE), capítulo 87: Veículos automóveis, tratores, ciclos e outros veículos terrestres, suas partes e acessórios
- 381Linhas pautais
- 0%–50%Taxa
Na Pauta Aduaneira do México (TIGIE), o capítulo 87 tem 381 linhas pautais em 16 posições.
As taxas vão de 0% a 50%, com uma média de 16,6%; 129 linhas estão isentas de direitos.
A posição 8708, partes e acessórios dos veículos automóveis das posições 8701 a 8705, é a mais subdividida: 141 linhas pautais.
A taxa mais frequente é zero, em 129 linhas pautais.
A mais alta, 50%, aplica-se ao código 8701.21.01.00 (únicamente con motor de émbolo: usados, usados.).
8701 Tratores (exceto os carros-tratores da posição 8709)
- 8701.10.01.00Tractores de un solo eje.
- 8701.21.01.00Únicamente con motor de émbolo: usados, usados.
- 8701.21.99.00Únicamente con motor de émbolo: los demás, los demás.
- 8701.22.01.00Equipados para la propulsión con motor de émbolo: usados, usados.
- 8701.22.99.00Equipados para la propulsión con motor de émbolo: los demás, los demás.
- 8701.23.01.00Equipados para la propulsión con motor de émbolo: usados, usados.
- 8701.23.99.00Equipados para la propulsión con motor de émbolo: los demás, los demás.
- 8701.24.01.00Únicamente propulsados con motor eléctrico: usados, usados.
- 8701.24.99.00Únicamente propulsados con motor eléctrico: los demás, los demás.
- 8701.29.01.00Tractores: los demás, usados, usados.
- 8701.29.99.00Tractores: los demás, los demás, los demás.
- 8701.30.01.00Tractores de orugas con potencia al volante del motor superior o igual a 105 CP sin exceder de 380 CP, medida a 1900 RPM, incluso con hoja empujadora.
- 8701.30.99.00Tractores: tractores de orugas, los demás, los demás.
- 8701.91.01.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.91.02.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.91.99.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.91.99.02Tractores para vías férreas, provistos de aditamento de ruedas con neumáticos accionados mecánicamente para rodarlos sobre pavimento.
- 8701.91.99.03Tractores sobre bandas de hule, dotados de toma de fuerza para el acoplamiento de implementos agrícolas.
- 8701.91.99.99Inferior o igual a 18 kW.: los demás, los demás.
- 8701.92.01.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente y lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.92.02.
- 8701.92.02.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior o igual a 32 CP.
- 8701.92.03.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.92.99.01Tractores para vías férreas, provistos de aditamento de ruedas con neumáticos accionados mecánicamente para rodarlos sobre pavimento.
- 8701.92.99.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.92.99.03Tractores sobre bandas de hule, dotados de toma de fuerza para el acoplamiento de implementos agrícolas.
- 8701.92.99.99Superior a 18 kW pero inferior o igual a 37 kW.: los demás, los demás.
- 8701.93.01.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior a 53 CP, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.93.02.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.93.99.01Tractores para vías férreas, provistos de aditamento de ruedas con neumáticos accionados mecánicamente para rodarlos sobre pavimento.
- 8701.93.99.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.93.99.03Tractores sobre bandas de hule, dotados de toma de fuerza para el acoplamiento de implementos agrícolas.
- 8701.93.99.99Superior a 37 kW pero inferior o igual a 75 kW.: los demás, los demás.
- 8701.94.01.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.94.02, 8701.94.03 y 8701.94.04.
- 8701.94.02.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.94.03.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior o igual a 140 CP, transmisión manual y tablero de instrumentos analógico, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.94.02.
- 8701.94.04.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior o igual a 106 CP pero inferior a 140 CP, con cabina con aire acondicionado y transmisión syncroplus o powerquad, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.94.02.
- 8701.94.05.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.94.02, 8701.94.03 y 8701.94.04.
- 8701.94.99.01Tractores para vías férreas, provistos de aditamento de ruedas con neumáticos accionados mecánicamente para rodarlos sobre pavimento.
- 8701.94.99.02Tractores sobre bandas de hule, dotados de toma de fuerza para el acoplamiento de implementos agrícolas.
- 8701.94.99.99Superior a 75 kW pero inferior o igual a 130 kW.: los demás, los demás.
- 8701.95.01.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior a 180 CP, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.95.02.00Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.95.99.01Tractores para vías férreas, provistos de aditamento de ruedas con neumáticos accionados mecánicamente para rodarlos sobre pavimento.
- 8701.95.99.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.
- 8701.95.99.03Tractores sobre bandas de hule, dotados de toma de fuerza para el acoplamiento de implementos agrícolas.
- 8701.95.99.99Superior a 130 kW.: los demás, los demás.
8702 Veículos automóveis para transporte de dez pessoas ou mais, incluindo o motorista
- 8702.10.05.00Únicamente con motor de émbolo: usados, usados.
- 8702.10.99.01Con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8702.10.99.03.
- 8702.10.99.02Con carrocería integral, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8702.10.99.04.
- 8702.10.99.03Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis.
- 8702.10.99.04Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral.
- 8702.20.05.00Equipados para la propulsión con motor de émbolo: usados, usados.
- 8702.20.99.01Con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8702.20.99.03.
- 8702.20.99.02Con carrocería integral, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8702.20.99.04.
- 8702.20.99.03Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis.
- 8702.20.99.04Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral.
- 8702.30.05.00Equipados para la propulsión con motor de émbolo: usados, usados.
- 8702.30.99.01Con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8702.30.99.03.
- 8702.30.99.02Con carrocería integral, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8702.30.99.04.
- 8702.30.99.03Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis.
- 8702.30.99.04Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral.
- 8702.40.01.00Únicamente propulsados con motor eléctrico: trolebuses, excepto usados, trolebuses, excepto usados.
- 8702.40.02.01Con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8702.40.02.03.
- 8702.40.02.02Con carrocería integral, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8702.40.02.04.
- 8702.40.02.03Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis.
- 8702.40.02.04Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral.
- 8702.40.06.00Únicamente propulsados con motor eléctrico: usados, usados.
- 8702.40.07.00Únicamente propulsados con motor eléctrico: trolebuses usados, trolebuses usados.
- 8702.90.01.00Vehículos automóviles para transporte de diez: los demás, trolebuses, excepto usados, trolebuses, excepto usados.
- 8702.90.06.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8702.90.08.
- 8702.90.08.00Vehículos automóviles para transporte de diez: los demás, trolebuses usados, trolebuses usados.
- 8702.90.99.01Con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8702.90.99.03.
- 8702.90.99.02Con carrocería integral, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8702.90.99.04.
- 8702.90.99.03Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis.
- 8702.90.99.04Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral.
8703 Automóveis de passageiros e outros veículos automóveis principalmente concebidos para transporte de pessoas (exceto os da posição 8702), incluindo os veículos de uso misto (station wagons) e os automóveis de corrida
- 8703.10.04.01Con motor eléctrico, excepto los comprendidos en el número de identificación comercial 8703.10.04.02.
- 8703.10.04.02Vehículos especiales para el transporte de personas en terrenos de golf.
- 8703.10.04.99Vehículos especialmente diseñados para desplazarse sobre: los demás.
- 8703.21.01.00Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.
- 8703.21.02.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.21.01.
- 8703.21.99.00De cilindrada inferior o igual a 1,000 cm³.: los demás, los demás.
- 8703.22.02.00De cilindrada superior a 1,000 cm³ pero inferior o igual: usados, usados.
- 8703.22.99.00De cilindrada superior a 1,000 cm³ pero inferior o igual: los demás, los demás.
- 8703.23.02.00De cilindrada superior a 1,500 cm³ pero inferior o igual: usados, usados.
- 8703.23.99.00De cilindrada superior a 1,500 cm³ pero inferior o igual: los demás, los demás.
- 8703.24.02.00De cilindrada superior a 3,000 cm³.: usados, usados.
- 8703.24.99.00De cilindrada superior a 3,000 cm³.: los demás, los demás.
- 8703.31.02.00De cilindrada inferior o igual a 1,500 cm³.: usados, usados.
- 8703.31.99.00De cilindrada inferior o igual a 1,500 cm³.: los demás, los demás.
- 8703.32.02.00De cilindrada superior a 1,500 cm³ pero inferior o igual: usados, usados.
- 8703.32.99.00De cilindrada superior a 1,500 cm³ pero inferior o igual: los demás, los demás.
- 8703.33.02.00De cilindrada superior a 2,500 cm³.: usados, usados.
- 8703.33.99.00De cilindrada superior a 2,500 cm³.: los demás, los demás.
- 8703.40.02.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.40.03.
- 8703.40.03.00Motociclos de tres ruedas (trimotos), de cilindrada inferior o igual a 1,000 cm³, que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.
- 8703.40.99.00Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor: los demás, los demás.
- 8703.50.02.00Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor: usados, usados.
- 8703.50.99.00Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor: los demás, los demás.
- 8703.60.02.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.60.03.
- 8703.60.03.00Motociclos de tres ruedas (trimotos), de cilindrada inferior o igual a 1,000 cm³, que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.
- 8703.60.99.00Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor: los demás, los demás.
- 8703.70.02.00Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor: usados, usados.
- 8703.70.99.00Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor: los demás, los demás.
- 8703.80.01.00Los demás vehículos, propulsados únicamente con motor: eléctricos, excepto usados, eléctricos, excepto usados.
- 8703.80.02.00Los demás vehículos, propulsados únicamente con motor: usados, usados.
- 8703.90.02.00Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles: los demás, usados, usados.
- 8703.90.99.00Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles: los demás, los demás, los demás.
8704 Veículos automóveis para transporte de mercadorias
- 8704.10.02.01Tipo " Dumpers" con capacidad útil de carga superior a 30,000 kg.
- 8704.10.02.99Volquetes automotores diseñados para utilizarlos fuera: los demás.
- 8704.21.01.00Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
- 8704.21.04.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.21.01.
- 8704.21.99.01De peso total con carga máxima inferior o igual a 2,721 kg.
- 8704.21.99.02De peso total con carga máxima superior a 2,721 kg, pero inferior o igual a 4,536 kg.
- 8704.21.99.99De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t.: los demás, los demás.
- 8704.22.01.00Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
- 8704.22.07.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.22.01.
- 8704.22.99.01De peso total con carga máxima superior o igual a 5,000 kg, pero inferior o igual a 6,351 kg.
- 8704.22.99.02De peso total con carga máxima superior a 6,351 kg, pero inferior o igual a 7,257 kg.
- 8704.22.99.03De peso total con carga máxima superior a 7,257 kg, pero inferior o igual a 8,845 kg.
- 8704.22.99.04De peso total con carga máxima superior a 8,845 kg, pero inferior o igual a 11,793 kg.
- 8704.22.99.05De peso total con carga máxima superior a 11,793 kg, pero inferior o igual a 14,968 kg.
- 8704.22.99.99De peso total con carga máxima superior a 5 t pero inferior: los demás, los demás.
- 8704.23.01.00De peso total con carga máxima superior a 20 t.: acarreadores de escoria, acarreadores de escoria.
- 8704.23.02.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.23.01.
- 8704.23.99.00De peso total con carga máxima superior a 20 t.: los demás, los demás.
- 8704.31.01.00Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
- 8704.31.02.00Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.
- 8704.31.05.00Usados, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8704.31.01 y 8704.31.02.
- 8704.31.99.01De peso total con carga máxima superior a 2,721 kg, pero inferior o igual a 4,536 kg.
- 8704.31.99.99De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t.: los demás, los demás.
- 8704.32.01.00Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
- 8704.32.07.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.32.01.
- 8704.32.99.01De peso total con carga máxima superior o igual a 5,000 kg, pero inferior o igual a 6,351 kg.
- 8704.32.99.02De peso total con carga máxima superior a 6,351 kg, pero inferior o igual a 7,257 kg.
- 8704.32.99.03De peso total con carga máxima superior a 7,257 kg, pero inferior o igual a 8,845 kg.
- 8704.32.99.04De peso total con carga máxima superior a 11,793 kg, pero inferior o igual a 14,968 kg.
- 8704.32.99.99De peso total con carga máxima superior a 5 t.: los demás, los demás.
- 8704.41.01.00Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
- 8704.41.02.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.41.01.
- 8704.41.99.00De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t.: los demás, los demás.
- 8704.42.01.00Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
- 8704.42.02.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.42.01.
- 8704.42.99.00De peso total con carga máxima superior a 5 t pero inferior: los demás, los demás.
- 8704.43.01.00De peso total con carga máxima superior a 20 t.: acarreadores de escoria, acarreadores de escoria.
- 8704.43.02.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.43.01.
- 8704.43.99.00De peso total con carga máxima superior a 20 t.: los demás, los demás.
- 8704.51.01.00Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
- 8704.51.02.00Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.
- 8704.51.03.00Usados, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8704.51.01 y 8704.51.02.
- 8704.51.99.00De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t.: los demás, los demás.
- 8704.52.01.00Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
- 8704.52.02.00Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.52.01.
- 8704.52.99.00De peso total con carga máxima superior a 5 t.: los demás, los demás.
- 8704.60.01.00Los demás, únicamente propulsados con motor eléctrico: usados, usados.
- 8704.60.02.00Los demás, únicamente propulsados con motor eléctrico: eléctricos, excepto usados, eléctricos, excepto usados.
- 8704.90.99.00Vehículos automóviles para transporte de mercancías: los demás, los demás, los demás.
8705 Veículos automóveis para usos especiais (por exemplo, autossocorros, camiões-guindastes, veículos de combate a incêndio, camiões-betoneiras, veículos para varrer, veículos para espalhar, veículos-oficinas, veículos radiológicos), exceto os concebidos principalmente para transporte de pessoas ou de mercadorias
- 8705.10.01.00Vehículos automóviles para usos especiales, excepto: camiones grúa., camiones-grúa., camiones-grúa.
- 8705.20.01.00Con equipos hidráulicos de perforación destinados a programas de abastecimiento de agua potable en el medio rural.
- 8705.20.99.00Camiones automóviles para sondeo o perforación: los demás, los demás.
- 8705.30.01.00Vehículos automóviles para usos especiales, excepto: camiones de bomberos, camiones de bomberos, camiones de bomberos.
- 8705.40.01.00Camiones hormigonera, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8705.40.02.
- 8705.40.02.00Vehículos automóviles para usos especiales, excepto: camiones hormigonera, usados, usados.
- 8705.90.01.00Con equipos especiales para el aseo de calles.
- 8705.90.02.00Para aplicación de fertilizantes fluidos.
- 8705.90.99.00Vehículos automóviles para usos especiales, excepto: los demás, los demás, los demás.
8706 Chassis com motor para os veículos automóveis das posições 8701 a 8705
8707 Carroçarias para os veículos automóveis das posições 8701 a 8705, incluindo as cabinas
- 8707.10.02.00De vehículos de la partida 87.03.
- 8707.90.02.00Para transporte de más de 16 personas, para ser montadas sobre chasis de largueros completos, para vehículos de dos ejes.
- 8707.90.99.01Carrocerías de vehículos automóviles de las partidas 87.01: las demás, las demás, cajas de volteo.
- 8707.90.99.02Carrocerías de vehículos automóviles de las partidas 87.01: las demás, las demás, cajas " Pick-up".
- 8707.90.99.99Carrocerías de vehículos automóviles de las partidas 87.01: las demás, las demás, las demás.
8708 Partes e acessórios dos veículos automóveis das posições 8701 a 8705
- 8708.10.01.00Parachoques (paragolpes, defensas) y sus partes: defensas para trolebuses, defensas para trolebuses.
- 8708.10.02.00Defensas reconocibles como diseñadas exclusivamente para tractores agrícolas.
- 8708.10.03.00Defensas completas, reconocibles como diseñadas exclusivamente para vehículos automóviles de hasta diez plazas.
- 8708.10.99.00Parachoques (paragolpes, defensas) y sus partes: los demás, los demás.
- 8708.21.01.00Partes y accesorios de vehículos automóviles: cinturones de seguridad, cinturones de seguridad, cinturones de seguridad.
- 8708.22.01.00Parabrisas, vidrios traseros (lunetas) y demás ventanillas especificados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo.
- 8708.29.01.00Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, guardafangos, guardafangos.
- 8708.29.02.00Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, capots (cofres)., capots (cofres).
- 8708.29.03.00Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, estribos, estribos.
- 8708.29.04.00Viseras, forros de tablero, paneles de puerta, coderas, sombrereras, incluso acojinadas.
- 8708.29.05.00Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, para trolebuses, para trolebuses.
- 8708.29.06.00Para tractores de ruedas.
- 8708.29.07.00Parrillas de adorno y protección para radiador.
- 8708.29.08.00Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, biseles, biseles.
- 8708.29.09.00Tapas de cajuelas portaequipajes.
- 8708.29.10.00Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, marcos para cristales, marcos para cristales.
- 8708.29.11.00Aletas, excepto de vidrio, aun cuando se presenten con marco.
- 8708.29.12.00Soportes o armazones para acojinados.
- 8708.29.13.00Reconocibles como diseñados exclusivamente para capots (cofres).
- 8708.29.16.00Toldos exteriores acojinados, techos corredizos centrales o laterales y sus partes; de accionamiento manual o electrónico.
- 8708.29.17.00Juntas preformadas para carrocería.
- 8708.29.18.00Reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.
- 8708.29.19.00Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, ensambles de puertas, ensambles de puertas.
- 8708.29.20.00Partes troqueladas para carrocería.
- 8708.29.22.00Tableros de instrumentos, incluso con instrumentos de medida o control, para uso exclusivo en vehículos automóviles.
- 8708.29.23.00Dispositivos retractores y sus partes o piezas sueltas, para cinturones de seguridad.
- 8708.29.24.00Dispositivos interiores (consolas), reconocibles como diseñados exclusivamente para vehículos automóviles hasta de diez plazas, aún cuando se presenten con palancas al piso para cambios de velocidades.
- 8708.29.99.01Compuerta trasera abatible para cajas " Pick-up".
- 8708.29.99.02Panel lateral de carrocería.
- 8708.29.99.03Placa inferior (piso), incluso estampada o troquelada.
- 8708.29.99.04Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, los demás, techos.
- 8708.29.99.05Base para fijación de asientos, incluso estampada o troquelada.
- 8708.29.99.06Pared divisoria del compartimiento del motor y la cabina (pared de fuego), incluso estampada o troquelada.
- 8708.29.99.07Pilar (poste) de carrocería.
- 8708.29.99.08Refuerzos estructurales de carrocería.
- 8708.29.99.99Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, los demás, los demás.
- 8708.30.01.00Frenos y servofrenos; sus partes: para trolebuses, para trolebuses.
- 8708.30.02.00Reconocibles como diseñadas exclusivamente para tractores de ruedas.
- 8708.30.04.00Guarniciones de frenos montadas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.30.01, 8708.30.02 y lo reconocido como exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.
- 8708.30.06.00Cilindros de ruedas para mecanismos de frenos; juegos de repuesto para cilindros de rueda y para cilindros maestros, presentados en surtidos (kits) para su venta al por menor.
- 8708.30.08.00Frenos de tambor accionados por leva o sus partes componentes.
- 8708.30.09.00Cilindros maestros para mecanismos de frenos.
- 8708.30.10.00Frenos de tambor accionados hidráulicamente o sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.30.06.
- 8708.30.11.00Mangueras de frenos hidráulicos automotrices con conexiones.
- 8708.30.99.01Mecanismos de frenos de disco o sus partes componentes.
- 8708.30.99.02Reconocibles como diseñados exclusivamente para el sistema de frenos de aire.
- 8708.30.99.03Reforzador por vacío para frenos (" booster") o sus partes y piezas sueltas.
- 8708.30.99.04Tubos preformados, para sistemas de frenos, de hierro o acero, soldado por procedimiento brazing, con diferentes tipos de recubrimiento, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 3.175 mm, sin exceder de 9.525 mm, y espesor de pared igual o superior a 0.450 mm pero inferior o igual a 2.03 mm, con sus terminales de conexión y resortes o adaptaciones.
- 8708.30.99.99Frenos y servofrenos; sus partes: los demás, los demás.
- 8708.40.01.00Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.94.05 y 8701.95.01.
- 8708.40.02.00Cajas de velocidades mecánicas, con peso inferior a 120 kg.
- 8708.40.03.00Cajas de velocidades automáticas.
- 8708.40.04.00Cajas de velocidades mecánicas con peso superior o igual a 120 kg.
- 8708.40.05.00Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.
- 8708.40.07.00Partes reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.40.02 y 8708.40.04, excepto engranes.
- 8708.40.08.00Forja de flecha, para ser utilizada en cajas de velocidad de uso automotriz.
- 8708.40.99.01Cajas de cambio y sus partes: las demás, engranes.
- 8708.40.99.99Cajas de cambio y sus partes: las demás, las demás.
- 8708.50.01.00Ejes con diferencial, incluso provistos con otros órganos: para trolebuses, para trolebuses.
- 8708.50.02.00Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.94.05 y 8701.95.01.
- 8708.50.03.00Reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.
- 8708.50.04.00Ejes con diferencial traseros sin acoplar a las masas, reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.
- 8708.50.05.00Acoplados a las masas, con o sin mecanismos de frenos y tambores, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.04 y 8708.50.91.
- 8708.50.06.00Conjunto diferencial integral compuesto de caja de velocidades, diferencial con o sin flecha (semieje), y sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.50.91.
- 8708.50.07.00Ejes con diferencial delanteros, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.06 y 8708.50.91.
- 8708.50.10.00Ejes portadores delanteros, y sus partes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.50.13.
- 8708.50.13.00Ejes portadores reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.
- 8708.50.14.00Vigas, muñones, brazos en forja para ejes delanteros de vehículos con capacidad de carga superior o igual a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras).
- 8708.50.15.00Corona en forja para ejes traseros de vehículos con capacidad de carga superior o igual a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
- 8708.50.16.00Fundiciones (esbozos) de mazas para eje delantero de vehículos con capacidad de carga superior a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras).
- 8708.50.18.00Forjas para la fabricación de flechas de velocidad constante (homocinéticas).
- 8708.50.20.00Reconocibles como diseñados exclusivamente para ejes cardán, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.22 y 8708.50.23.
- 8708.50.22.00Ensamble de toma de fuerza para control de tracción delantera-trasera (PTU).
- 8708.50.23.00Ensamble diferencial hidráulico para estabilización de revoluciones (" Geromatic").
- 8708.50.24.00Forjas o fundiciones de yugos, con peso unitario superior a 6.4 kg pero inferior o igual a 14 kg, para utilizarse en el eje trasero motriz.
- 8708.50.25.00Forjas de flechas de entrada y salida para diferencial de eje trasero; forjas de flechas semi-eje para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
- 8708.50.26.00Conjuntos compuestos de las siguientes fundiciones: de portadiferencial, de caja para baleros, de caja diferencial, de caja cambiador y de caja piñón, todos ellos para integrar portadiferenciales de eje trasero de vehículos de carga.
- 8708.50.27.00Fundiciones de mazas para eje diferencial trasero para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
- 8708.50.28.00Placas troqueladas (preformas), de acero, para la fabricación de fundas para ejes traseros con diferencial, de vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
- 8708.50.29.00Forjas de crucetas para eje trasero motriz para vehículos con capacidad de carga superior o igual a 8,846 kg (19,501 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
- 8708.50.30.00Forjas de piñón para ejes traseros motriz, para vehículos con capacidad de carga superior o igual a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
- 8708.50.91.00Los demás ejes con diferencial reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03, excepto los comprendidos en las fracciones arancelarias 8708.50.04 y 8708.50.05.
- 8708.50.92.00Los demás ejes con diferencial, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 8708.50.91.
- 8708.50.99.01Fundas para ejes traseros.
- 8708.50.99.02Flechas semiejes, acoplables al mecanismo diferencial, incluso las de velocidad constante (homocinéticas) y sus partes componentes.
- 8708.50.99.03Juntas universales, tipo cardán para cruceta.
- 8708.50.99.04Ejes con diferencial, incluso provistos con otros órganos: los demás, ejes cardánicos.
- 8708.50.99.99Ejes con diferencial, incluso provistos con otros órganos: los demás, los demás.
- 8708.70.06.00Tapones o polveras y arillos para ruedas, excepto las reconocidas como diseñadas exclusivamente para trolebuses y lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.
- 8708.70.99.01Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en los números de identificación comercial 8701.91.01.00, 8701.92.01.00, 8701.93.01.00, 8701.94.01.00, 8701.95.01.00 y 8701.94.05.00.
- 8708.70.99.02Ruedas, de aleaciones metálicas de rayos o deportivos de cama ancha.
- 8708.70.99.03Rims (camas) sin neumáticos, con diámetro exterior inferior o igual a 70 cm, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8708.70.99.02.
- 8708.70.99.04Rines de aluminio y de aleaciones de aluminio con diámetro superior a 57.15 cm (22.5 pulgadas).
- 8708.70.99.99Ruedas, sus partes y accesorios: los demás, los demás.
- 8708.80.01.00Sistemas de suspensión y sus partes: para trolebuses, para trolebuses.
- 8708.80.02.00Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.94.05 y 8701.95.01.
- 8708.80.03.00Reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.
- 8708.80.04.00Cartuchos para amortiguadores (" Mc Pherson Struts").
- 8708.80.05.00Partes reconocibles como diseñados exclusivamente para sistemas de suspensión, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.80.07, 8708.80.10 y 8708.80.12.
- 8708.80.06.00Horquillas de levante hidráulico.
- 8708.80.07.00Horquillas, brazos, excéntricos o pernos, para el sistema de suspensión delantera.
- 8708.80.08.00Partes componentes de barras de torsión.
- 8708.80.09.00Sistemas de suspensión y sus partes: barras de torsión, barras de torsión.
- 8708.80.10.00Rótulas, para el sistema de suspensión delantera.
- 8708.80.11.00Partes reconocibles como diseñados exclusivamente para amortiguadores.
- 8708.80.12.00Sistemas de suspensión y sus partes: bujes para suspensión, bujes para suspensión.
- 8708.80.99.00Sistemas de suspensión y sus partes: los demás, los demás.
- 8708.91.01.00Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.94.05 y 8701.95.01.
- 8708.91.02.00Radiadores y sus partes: aspas para radiadores, aspas para radiadores.
- 8708.91.03.00Radiadores de aceites lubricantes para motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores Diesel o semi-Diesel).
- 8708.91.99.00Radiadores y sus partes: los demás, los demás.
- 8708.92.03.01Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en los números de identificación comercial 8701.91.01.00, 8701.92.01.00, 8701.93.01.00, 8701.94.01.00, 8701.95.01.00 y 8701.94.05.00.
- 8708.92.03.99Silenciadores y tubos (caños) de escape; sus partes: los demás.
- 8708.93.05.01Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en los números de identificación comercial 8701.91.01.00, 8701.92.01.00, 8701.93.01.00, 8701.94.01.00, 8701.95.01.00 y 8701.94.05.00.
- 8708.93.05.02Embragues completos (discos y plato opresor), excepto lo comprendido en los números de identificación comercial 8708.93.05.01, 8701.30.01.00 y lo reconocido como exclusivamente para trolebuses.
- 8708.93.05.99Embragues y sus partes: los demás.
- 8708.94.12.01Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en los números de identificación comercial 8701.91.01.00, 8701.92.01.00, 8701.93.01.00, 8701.94.01.00, 8701.95.01.00 y 8701.94.05.00.
- 8708.94.12.02Volante de dirección con diámetro exterior inferior a 54.5 cm.
- 8708.94.12.03Cajas de dirección mecánica.
- 8708.94.12.04Columnas para el sistema de dirección.
- 8708.94.12.05Cajas de dirección hidráulica.
- 8708.94.12.06Semiejes y ejes de dirección, y sus partes.
- 8708.94.12.07Mecanismos de ajuste; para volantes de dirección.
- 8708.94.12.91Las demás partes reconocibles como diseñadas exclusivamente para sistemas de dirección, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8708.94.12.06.
- 8708.94.12.99Volantes, columnas y cajas de dirección; sus partes: los demás.
- 8708.95.02.01Bolsa de aire para dispositivos de seguridad.
- 8708.95.02.02Módulos de seguridad por bolsa de aire.
- 8708.95.02.99Bolsas inflables de seguridad con sistema de inflado: los demás.
- 8708.99.04.00Tanques de combustible, excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.
- 8708.99.07.00Bastidores (" chasis"), excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.
- 8708.99.08.00Perchas o columpios, excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.
- 8708.99.09.00Uniones de ballestas (abrazaderas o soportes), excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.
- 8708.99.99.01Mecanismos de cambio de diferencial (dual).
- 8708.99.99.02Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en los números de identificación comercial 8701.91.01.00, 8701.92.01.00, 8701.93.01.00, 8701.94.01.00, 8701.95.01.00 y 8701.94.05.00.
- 8708.99.99.03Acoplamientos o dispositivos de enganche para tractocamiones.
- 8708.99.99.04Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, los demás, engranes.
- 8708.99.99.05Ejes de rueda de doble pestaña que incorporen bolas de rodamiento.
- 8708.99.99.06Elementos para el control de vibración que incorporen partes de hule.
- 8708.99.99.07Tubos preformados, para sistemas de combustibles, aceites de evaporación del tanque de gasolina y de anticontaminantes, de hierro o acero, soldado por procedimiento " brazing", con diferentes tipos de recubrimiento, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 3.175 mm pero inferior o igual a 9.525 mm con sus terminales de conexión y resortes.
- 8708.99.99.08Tubos preformados, para combustibles, aceites de evaporación del tanque de gasolina y de anticontaminantes, incluso con recubrimientos, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 3.175 mm, sin exceder de 63.500 mm, y espesor de pared igual o superior a 0.450 mm pero inferior o igual a 2.032 mm, con sus terminales de conexión y resortes.
- 8708.99.99.99Partes y accesorios de vehículos automóviles: los demás, los demás, los demás.
8709 Veículos automóveis sem dispositivo de elevação, do tipo utilizado em fábricas, armazéns, portos ou aeroportos, para transporte de mercadorias a curtas distâncias; carros-tratores do tipo utilizado nas estações ferroviárias; suas partes
8710 Tanques e outros veículos blindados de combate, armados ou não, e suas partes
8711 Motocicletas (incluindo os ciclomotores) e outros ciclos equipados com motor auxiliar, mesmo com carro lateral; carros laterais
- 8711.10.03.00Con motor de émbolo (pistón) de cilindrada inferior o igual a 50 cm³.
- 8711.20.05.01Motociclos de tres ruedas (trimotos) que no presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa.
- 8711.20.05.02Motocicletas, excepto los ciclomotores o los velocípedos.
- 8711.20.05.99Con motor de émbolo: los demás.
- 8711.30.04.01Con motor de émbolo: motocicletas.
- 8711.30.04.99Con motor de émbolo: los demás.
- 8711.40.01.00Motociclos de tres ruedas (trimotos) que no presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa.
- 8711.40.02.00Esbozo de motocicleta conteniendo conjunto formado con bastidor (cuadro) y motor de émbolo (pistón) de cilindrada superior a 500 cm³ pero inferior o igual a 550 cm³, ensamblado o sin ensamblar.
- 8711.40.99.01Motocicletas, excepto los ciclomotores o los velocípedos.
- 8711.40.99.99Con motor de émbolo: los demás, los demás.
- 8711.50.03.01Motociclos de tres ruedas (trimotos) que no presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa.
- 8711.50.03.02Motocicletas, excepto los ciclomotores o los velocípedos.
- 8711.50.03.99Con motor de émbolo: los demás.
- 8711.60.01.00Propulsados con motor eléctrico.
- 8711.90.01.00Sidecares para motociclos y velocípedos de cualquier clase, presentados aisladamente.
- 8711.90.99.00Motocicletas: los demás, los demás, los demás.
8712 Bicicletas e outros ciclos (incluindo os triciclos), sem motor
- 8712.00.05.01Bicicletas y demás velocípedos: bicicletas de carreras.
- 8712.00.05.02Bicicletas y demás velocípedos: bicicletas para niños.
- 8712.00.05.03Bicicletas, excepto lo comprendido en los números de identificación comercial 8712.00.05.01 y 8712.00.05.02.
- 8712.00.05.99Bicicletas y demás velocípedos: los demás.
8713 Cadeiras de rodas e outros veículos para pessoas com incapacidade, mesmo com motor ou outro mecanismo de propulsão
8714 Partes e acessórios dos veículos das posições 8711 a 8713
- 8714.10.01.00De motocicletas (incluidos los ciclomotores).: sillines (asientos)., sillines (asientos).
- 8714.10.02.00Reconocibles como diseñados exclusivamente para motocicletas con capacidad de cilindrada superior o igual a 550 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8714.10.01.
- 8714.10.03.00Bastidor (cuadro, armazón, chasis), excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 8714.10.02.
- 8714.10.99.00De motocicletas (incluidos los ciclomotores).: los demás, los demás.
- 8714.20.01.00De sillones de ruedas y demás vehículos para personas con discapacidad.
- 8714.91.01.01Cuadros, incluso combinados con horquilla (Tijera).
- 8714.91.01.02Cuadros y horquillas, y sus partes: partes para cuadro.
- 8714.91.01.03Horquillas (Tijera) y sus partes.
- 8714.92.01.00Partes y accesorios de vehículos de las partidas 87.11: llantas y radios, llantas y radios, llantas y radios.
- 8714.93.01.00Bujes sin frenos y piñones libres.
- 8714.94.01.00Masas de freno de contra pedal.
- 8714.94.99.00Frenos, incluidos los bujes con freno, y sus partes: los demás, los demás.
- 8714.95.01.00Partes y accesorios de vehículos de las partidas 87.11: sillines (asientos)., sillines (asientos)., sillines (asientos).
- 8714.96.01.00Pedales y mecanismos de pedal, y sus partes.
- 8714.99.99.00Partes y accesorios de vehículos de las partidas 87.11: los demás, los demás, los demás.
8715 Carrinhos e veículos semelhantes para transporte de crianças, e suas partes
8716 Reboques e semirreboques, para quaisquer veículos; outros veículos não autopropulsionados; suas partes
- 8716.10.01.00Remolques y semirremolques para vivienda o acampar, del tipo caravana.
- 8716.20.04.01Remolques o semirremolques tipo tolvas cerradas con descarga neumática para el transporte de productos a granel.
- 8716.20.04.02Abiertos de volteo con pistón hidráulico.
- 8716.20.04.99Remolques y semirremolques, autocargadores: los demás.
- 8716.31.03.01Tanques térmicos para transporte de leche.
- 8716.31.03.02Tipo tanques de acero, incluso criogénicos o tolvas.
- 8716.31.03.99Remolques y semirremolques para cualquier vehículo: cisternas, cisternas, las demás.
- 8716.39.03.00Reconocibles como diseñados exclusivamente para el transporte de lanchas, yates y veleros de más de 4.5 m de eslora.
- 8716.39.04.00Remolques tipo plataformas modulares con ejes direccionales, incluso con sección de puente transportador, acoplamientos hidráulicos y/o cuello de ganso y/o motor de accionamiento hidráulico del equipo.
- 8716.39.08.00Remolques o semirremolques de dos pisos, reconocibles como diseñados exclusivamente para transportar ganado bovino.
- 8716.39.99.01Remolques o semirremolques tipo plataforma con o sin redilas, incluso los reconocibles para el transporte de cajas o rejas de latas o botellas o portacontenedores, o camas bajas, excepto con suspensión hidráulica o neumática y cuello de ganso abatible.
- 8716.39.99.02Remolques o semirremolques tipo madrinas o nodrizas, para el transporte de vehículos.
- 8716.39.99.03Semirremolques tipo cama baja, con suspensión hidráulica o neumática y cuello de ganso abatible.
- 8716.39.99.04Remolques y semirremolques tipo cajas cerradas, incluso refrigeradas.
- 8716.39.99.05Remolques o semirremolques tipo tanques de acero, incluso criogénicos o tolvas.
- 8716.39.99.99Remolques y semirremolques para cualquier vehículo: los demás, los demás, los demás.
- 8716.40.91.00Los demás remolques y semirremolques.
- 8716.80.03.00Carretillas, reconocibles como diseñadas para ser utilizadas en la construcción o en la albañilería.
- 8716.80.99.01Carretillas y carros de mano.
- 8716.80.99.02Carretillas de accionamiento hidráulico.
- 8716.80.99.99Remolques y semirremolques para cualquier vehículo: los demás vehículos, los demás, los demás.
- 8716.90.03.00" Conchas" reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8716.80.03.
- 8716.90.99.01Ejes de remolques y semirremolques o ejes con frenos electromagnéticos (ralentizador).
- 8716.90.99.02Rodajas para carros de mano.
- 8716.90.99.99Remolques y semirremolques para cualquier vehículo: partes, los demás, los demás.